EDICTO
Ciudad: SUCRE
Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER SEGUNDO DE LA CAPITAL
EDICTO No. 249/2024
EL DR. JOSE EMILIO PINTO ANDIA S/L JUEZ DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER No. 2.
Sucre-Bolivia
MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: AL ACUSADO RAUL CARUCHO SANCHEZ, que se ha dictado los siguientes actuados, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO a instancia de MARIO ANTONIO CALVIMONTES FOREST, contra RAUL CARUCHO SACHEZ por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS CONDUCCION PELIGROSA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES, previsto en el código penal, signado con C.U.: 1038406, se dictó las siguientes piezas procesal, cuyo contenido literal es el siguiente.-------------------------------------------------------------------------------------------------
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
JUEZ DE SENTENCIA PENAL No. 2 DR. JOSE EMILIO PINTO
NUREJ 1038406
ACUSADOR FISCAL DR. FERNANDO ARAGON
VICTIMA MARIO ANTONIO CALVIMONTES FOREST
ABOGADO ABG. GUIDO MENDEZ ARANCIBIA
ACUSADO(S) RAUL CARUCHO SANCHEZ
ABOGADO --------------------------------------
DELITO LESIONES CULPOSAS, CONDUCCION PELIGROSA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES
SECRETARIO GERMAN HUARITA BAUTISTA
FECHA MIERCOLES 28 DE AGOSTO DE 2024
HORA DE INICIO 09:00
HORA DE FINALIZACIÓN 09:05
Constituido en el despacho Judicial del Juzgado de Sentencia Penal, Anticorrupción contra la Violencia hacia las Mujeres No. 2 de la Capital, a horas nueve con cero minutos, del día miércoles veintiocho de agosto del año dos mil veinticuatro, el señor Juez dijo:
1°. Por secretaria procédase a la verificación de la concurrencia de las partes y todo lo pertinente.
Secretaria: Por Secretaría se informó los siguientes aspectos:
1. El cuaderno procesal se encuentra corriente; están notificadas todas las partes.
2. En audiencia se encuentran presentes:
a. Ausente el representante del Ministerio Público el Dr. Fernando Aragón
b. Presente la víctima y acusador particular la Asamblea Legislativa Departamental de Potosí, a través de su abogado y representante legal el abogado Guido Méndez Arancibia.
c. Ausente el acusado Raúl Carucho Sánchez (rebelde), ausente su abogado.
A continuación, por secretaria se informó el estado de la causa.
Respecto al fondo del proceso señor juez como es delito de carácter de corrupción solo se ha realizado el auto de apertura de juicio, posterior existe un asistido del declarado ahora rebelde y se estaba llevando en juicio ya que es emergente de un proceso de corrupción por incumplimiento de deberes.
El abogado Guido Méndez Arancibia dijo: Estamos presentes para proseguir el juicio como corresponde.
El señor Juez dijo: En principio se va tener el apersonamiento de la presidencia de la Asamblea Legislativa Departamental de Potosí en favor de Guido Méndez Arancibia, se va tener por apersonado en este proceso Al no estar presente el Ministerio Público no se puede llevar a cabo la presente audiencia de juicio oral para que se pueda determinar si se va continuar adelante o bien se va aplicar la Sentencia Constitucional la cual refiere la previsión de llevar acabo los juicios de rebeldía, en consecuencia, esto se lo va dejar para el juez titular del Juzgado de Sentencia Penal, Anticorrupción contra la Violencia hacia las Mujeres Nº 2.
Seguidamente, el señor Juez emitió el siguiente decreto.
Sucre, 28 de agosto de 2024.
En atención a las ausencias referidas, se dispone la suspensión de la presente audiencia y se señala nueva audiencia de prosecución de juicio, para el día miércoles, 04 de diciembre de 2024 a horas 08:30 a.m.; señalamiento que se realiza para esa oportunidad con la permisión del Art. 130 del CPP, el cual indica que en casos de fuerza mayor se pueden suspender plazos; esa fuerza mayor, se encuentra acreditada con el rol de audiencias de juicio que permite establecer que por la carga procesal no puede señalarse audiencia para una fecha anterior, se dispone la suspensión de plazos.
Audiencia que se llevará a cabo de manera presencial.
Quedan citados y notificados los sujetos procesales en audiencia, notifíquese a los ausentes.
Con lo que terminó la presente audiencia, firmando en constancia el señor Juez y el suscrito secretario. CERTIFICA.
FDO.------------JUEZ----------------FDO.---------------SECRETARIO. -------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
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