EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO CUARTO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL


E D I C T O Ciudad: La Paz JUZGADO: PÚBLICO DE FAMILIA CATORCE DE LA CIUDAD DE LA PAZ. Proceso: ASISTENCIA FAMILIAR NUREJ: 201476184 Fecha: 30 DE AGOSTO DE 2024 EL DR. MARCOS A. BEDREGAL SERRANO JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA CATORCEAVO LA PAZ – BOLIVIA. POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFÍQUESE A: JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLO, DENTRO DEL PRESENTE PROCESO DE ASISTENCIA FAMILIAR, seguido por ADY LUZ SUARITA APAZA contra JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLO, A CUYO FIN SE TRANSCRIBEN LOS RECAUDOS DE LEY.--- ……………………………………………………………………………………………………….. MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 96 DE OBRADOS.--- ……………………………………………………………………………………………………….. JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14° ---NUREJ N°: 201476184 ---Solicita Aprobación de Liquidación ---MARY LUZ SUARITA APAZA, de generales conocidas, dentro del proceso extraordinario de Asistencia Familiar, seguido en contra del ciudadano JOSÉ LUIS SANCHEZ TRUJILLO, ante las consideraciones de su autoridad, con respeto, expongo, y pido: ---Habiendo su autoridad providenciado en fecha 24 de julio de 2024, que ajuste mi solicitud conforme a procedimiento y a derecho y se dispondrá lo que corresponda, es que tengo a bien señalar lo siguiente: De la revisión de obrados se puede verificar que se tiene la Sentencia cursante a fs. 40 - 42, por el que se determina que el demandado pase una Asistencia Familiar a favor de mi hija en la suma de SETESCIENTOS BOLIVIANOS 00/100 (Bs. 700.-). ---A fs. 45 mi persona presenta liquidación como se señala: 700 Bs. x 99 meses =69.300.- ---or lo señalado precedentemente, es que impetro a su probidad conforme a procedimiento y a derecho LA APROBACIÓN DE LA LIOUIDACIÓN mencionada. ---Solicitud que la impetro al amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado, Art. 415 p.II de la ley 603. ---Justicia. ---La Paz, 5 de Agosto de 2024 ---FIRMA Y SELLO: Dr. Ramiro Jiménez Cárdenas ---ABOGADO – U.M.S.A. ---MAT.: 2701930RJC-B ---05832 MJLP01 ---Cel.777877948 ……………………………………………………………………………………………………….. DECRETO CURSANTE A FOJAS 97 DE OBRADOS.--- ……………………………………………………………………………………………………….. PUESTO A LA VISTA POR FERIADO DE 6 DE AGOSTO DE 2024 ---SUARITA / SANCHEZ ---La Paz, 7 de agosto de 2024 --- VISTOS: De la revisión de obrados se tiene que la parte obligada ha sido legalmente notificada con el memorial de Liquidación de Fs. 45 y vta. de obrados y memorial de subsanación de Fs. 47 y vta. de obrados, conforme se puede evidenciar de las publicaciones de fs. 92 - 93 de obrados, no habiendo ninguna de las partes planteado observación alguna, no habiendo presentado ninguna de las partes observación alguna, SE ACEPTA Y APRUEBA EN TODA FORMA DE DERECHO la misma debiendo el obligado JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLO con C.I. N° 3443867 L.P., cancelar el monto de Bs. 69.300,00.- (SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) dentro del tercer día de su legal notificación con el presente Auto bajo conminatoria de expedirse Mandamiento de Apremio en caso de incumplimiento y en aplicación a lo previsto por el Art. 127 Parágrafo I de la Ley No. 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar, sea previas las formalidades de ley. ---Por señalado los medios alternativos de comunicación---FIRMA Y SELLO: MARCOS A. BEDREGAL SERRANO ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14°---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA ……………………………………………………………………………………………………….. PROVIDENCIA CURSANTE DE FOJAS 99 DE OBRADOS.--- ……………………………………………………………………………………………………….. SUARITA / SANCHEZ ---La Paz, 13 de agosto de 2024 ---En merito a lo expuesto y a los datos del proceso notifíquese a la parte demandada, por edictos conforme dispone los Arts. 308, 309 y 310 de la Ley Nº 603 del Código de las Familias y del Proceso Familiar Civil, asimismo en mérito a la solicitud que antecede, la creación mediante Acuerdo de Sala Plena Nº 43/2018 del Tribunal Supremo de Justicia, implementa la Notificación Electrónica Hermes, a cuyo efecto y siendo el caso y bajo los principios de celeridad, acceso a la justicia y gratuidad, de conformidad a los Arts. 308, 309 y 310 de la Ley 603, expídase por secretaria el correspondientes edictos de ley, conforme al reglamento de notificaciones electrónicas HERMES. ---Por señalado los medios electrónicos de comunicación.---FIRMA Y SELLO: MARCOS A. BEDREGAL SERRANO ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14°---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA


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