EDICTO
Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES DÉCIMO TERCERO DE LA CAPITAL
EDICTO
Ciudad: Santa Cruz de la Sierra
Juzgado: Juzgado de Sentencia Penal , Anticorrupción y contra la violencia hacia la mujer 13 de la Capital.
&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EDICTO DE PRENSA PARA: (ACUSADO) MIGUEL ANGEL ALVARADO FLORES, SE HA ORDENADO LA NOTIFICACION POR EDICTO JUDICIAL DENTRO DEL PROCESO PENAL, que sigue EL MINISTERIO PUBLICO a instancia de FABIOLA SARA VERA ALANES, en contra de: MIGUEL ANGEL ALVARADO por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO, LESIONES GRAVES Y GRAVÍSIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, MEDIANTE RESOLUCION DICTADA POR LA JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÒN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 13° DE LA CAPITAL , DRA. JENNY L. CAMARGO JALDIN, HACIENDOSE CONOCER LO QUE SE TRANSCRIBE---------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
INFORME DE SUSPENCION DE AUDIENCIA DE JUICIOS
(PRESENCIAL)
NUREJ: 701102042200879
EXP: 224/2022
En Santa Cruz de la Sierra a 14:00 PM, del día Miércoles 21 de Agosto de 2024, se reunió el Juzgado Décimo Tercero de Sentencia en lo Penal de la Capital, conformado por la Abg. Jenny L. Camargo Jaldin - Juez del Juzgado 13 de Sentencia Penal de la Capital, Con Auxiliar Habilitada Dra. Yovana Vinaya con el objeto de llevar acabo la audiencia de forma presencial AUDIENCIA DE JUICIO dentro del proceso que sigue el MINISTERIO PUBLICO a instancias de FABIOLA SARA VERA ALANES contra MIGUEL ÁNGEL ALVARADO FLORES por el delito de LESIONES GRAVES Y GRAVÍSIMAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO.
JUEZ: Informe la auxiliar habilitada para este acto sobre las notificaciones y presencia de las partes, toda vez que la secretaria en suplencia ha manifestado estar en audiencia en su juzgado titular.
AUXILIAR HABILITADA: Informo a su autoridad que sea notificado al Ministerio Público cursante de Fs. 100, y que debido a la abundante recarga laboral que existe en el juzgado y que la suscrita auxiliar es única funcionaria titular desde la fecha 24 de junio de 2024 hasta la fecha no se ha realizado las notificaciones hacia los demás sujetos procesales.
Se encuentran presentes en sala:
Ministerio Publico: (AUSENTE).
Parte Civil: (AUSENTE).
Parte Acusada: (AUSENTE).
Es todo en cuanto informe a su autoridad.
JUEZ: Habiendo escuchado el informe establecido por parte de la auxiliar habilitada para este acto, y es que se conmina a los funcionarios de este despacho judicial a cumplir con las notificaciones a cabalidad a todos los sujetos a efectos de evitar dilaciones en el trámite de la presente causa. En ese sentido, se procede a la reprogramación de esta audiencia de juicio conforme a la agenda de este despacho judicial para el día VIERNES 30 DE AGOSTO DEL 2024 A HORAS 14:30 PM, en este despacho judicial ubicado en el piso 11 del Palacio de Justicia. Cúmplase con las notificaciones a los sujetos procesales.
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FDO. ILEGIBLE ABG.JENNY CAMARGO JALDIN JUEZ DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJERE13° DE LA CAPITAL, -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FDO. ILEGIBLE YOVANA VINAYA CANAVIRI, AUXILIAR HABILITADA DEL JUZGADO 13 DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 13 DE LA CAPITAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
MISMO CONFORME AL ART. 165 DEL CPP. SE EMPLAZA AL ACUSADO PARA QUE COMPAREZCA A ASUMIR DEFENSA, DENTRO DEL PLAZO DE DIEZ (10) DIAZ COMPUTABLES A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN DEL EDICTO, CON LA ADVERTENCIA DE SER DECLARADO REBELDE.-----------------------------------------------------------------------------------
ES TODO CUANTO SE HACE SABER A: (ACUSADO ) MIGUEL ANGEL ALVARADO FLORES; A LOS FINES CONSIGUIENTES DE LEY. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SANTA CRUZ DE LA SIERRA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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