EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES PRIMERO


EDICTO Nº 154/2024 NUREJ: 605102072300249 POR EL PRESENTE EDICTO SE LLAMA Y EMPLAZA A MARTHA MARÍA BARRIENTOS MENDOZA (MADRE DE VICTIMA) PARA QUE ASUMA CONOCIMIENTO DEL AUTO INTERLOCUTORIO Nº273/2024 DE FECHA 26 DE AGOSTO DE 2024, DENTRO DEL PROCESO PENAL POR EL DELITO DE VIOLACION NNA AGRAVADA QUE SIGUE EL MINISTERIO PÚBLICO EN CONTRA DE JUAN CARLOS CATA COPA. ----------------------------------------------------------------------------------- AUTO INTERLOCUTORIO N°273/2024 CODIGO UNICO: 605102072300249 DELITO: VIOLACION DE INFANTE, NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE AGRAVADA CONTRA: JUAN CARLOS CATA COPA TARIJA, 26 DE AGOSTO DE 2024 VISTOS: La acusación penal publica en contra de JUAN CARLOS CATA COPA por el presunto delito de VIOLACION DE INFANTE, NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE AGRAVADA tipificado y sancionado por el art. 308 Bis con relación al Art. 310 Inc. g) y m) del Código Penal.; y CONSIDERANDO I: Que el Ministerio Público cuando realiza el relato del hecho delictivo acusado, hace una descripción de la conducta penal atribuida, que sirve de base para el Juicio, no teniendo necesidad el Tribunal de precisar sobre cual hecho se realizará el mismo, obligación del Tribunal que emerge sólo cuando existan dos o más acusaciones contradictorias e irreconciliables, caso que no ocurre en autos. CONSIDERANDO II: Que el imputado estando legalmente notificado si presenta prueba de descargo en término establecido por ley, quedando así trabada la relación jurídica penal, cumplidas las formalidades establecidas por los Arts. 340 y 341 del Código de Procedimiento Penal (C.P.P), por lo que el Tribunal considera ser procedente la Apertura de Juicio Penal contra del imputado, sobre la base del hecho acusado por el Ministerio Público; y POR TANTO: El Tribunal de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Primero de la Capital, considerados y resueltos los fundamentos de la acusación de conformidad a lo establecido por el Art. 340, Art. 343 del Cdgo. de Pdto. Penal, a instancia fiscal DISPONE: La Apertura de Juicio Penal contra de: JUAN CARLOS CATA COPA con número de carnet 7231006, con fecha de nacimiento en fecha 16 de junio de 1988, con abogado defensor el Abg. Richard Maldonado Martinez. Sin perjuicio que la Audiencia de Juicio Oral se celebrare, bajo la permisión normativa del articulo 130 parte in fine del CPP en consideración a que la agenda de este despacho Judicial se encuentra totalmente saturara y siendo además el único Tribunal en Capital con sobrecarga de audiencias, señala juicio para el día miércoles 24 de septiembre del año 2025 a horas 8:30 a.m, de forma presencial en el Salón de Audiencias asignado al Tribunal, ubicado en el último piso del Palacio de Justicia, por otra parte se solicita a través de la Oficina Gestora de Procesos la habilitación de la Sala Virtual través del Sistema CISCO WEBEX, sea conforme establece en el parágrafo II del art. 113 del Código de Procedimiento Penal para que la audiencia quede video grabada y resguardada, advirtiendo a las partes adoptar las previsiones correspondientes. El día viernes 19 de septiembre del mismo año a Hrs. 11:00 a.m., a realizarse en Secretaría del Tribunal el acto de codificación de prueba, con relación a la notificación de las partes, dese observancia a las modificaciones introducidas por Ley 1173 y tómese los recaudos necesarios con la citación de los testigos y peritos ofrecidos para la celebración del juicio. Se hace notar que la presente resolución, no es recurrible de conformidad a lo establecido por el último parágrafo del Art. 342 del CPP. REGÍSTRESE. – NOTIFÍQUESE. FDO. Y SELLADO POR LOS JUECES TECNICOS DEL TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA DE LA CAPITAL ANTE MI DRA. ADRIANA SOLANO VÁSQUEZ SECRETARIA ABOGADA DEL TRIBUNAL…………….. ES CUANTO SE HACE SABER AL ACUSADO PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY…………………………………………………………. TARIJA, 26 DE AGOSTO DE 2024………………………………………………. ADRIANA SOLANO VASQUEZ SECRETARIA-ABOGADA Tribunal de Sentencia Penal Primero de capital Tarija-Bolivia


Volver |  Reporte