EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO SEXTO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO LA PAZ – JUZGADO DE PARTIDO SEXTO EN MATERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL. LA DOCTORA ALEIDA BETTY SANABRIA SORIA, JUEZ SEXTO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CIUDAD DE LA PAZ-BOLIVIA. POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA AL COACTIVADO AUGUSTO SANDY VILLARROEL Y SUS GARANTES; FERNANDO ACOSTA IDIAQUEZ Y JOSE LUIS FLORES GONZALES, PARA QUE SUS INTERPOSITA PERSONAS, HAGAN VALER SUS DERECHOS DENTRO DEL PRESENTE PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR EL FONDO COMPLEMENTARIO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA AERONAUTICA NACIONAL Y R.A. – FOCSSAN, POR CONCEPTO DE PRESTAMO CON GARANTIA DE HABERES Y OTROS. --&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& RESOLUCIÓN N° 42/2008, cursante a fs. 16 de obrados. JUZGADO SEXTO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CIUDAD DE LA PAZ DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR EL FONDO COMPLEMENTARIO DE SEGURIDAD SOCIAL DE AERONÁUTICA NACIONAL Y RAMAS ANEXAS "FOCSSAN" EN LIQUIDACIÓN CONTRA SANDY VILLARROEL AUGUSTO POR CONCEPTO DE PRESTAMO CON GARANTIA DE HABERES Y OTROS. La Paz, 01 de octubre de 2008. VISTOS: Subsanado lo observado, téngase por apersonada a FABIOLA CONSUELO SALAZAR CALLE, en mérito al Testimonio No. 944/2008 de fecha 02 de julio de 2008 adjunto en fotocopias legalizadas mediante la cual es nombrada Liquidadora de los 27 Fondos Complementarios de Seguridad Social a Largo Plazo entre los cuales se encuentra el Fondo Complementario de Seguridad Social de Aeronáutica Nacional y Ramas Anexas "FOCSSAN" en liquidación y entiéndase con ella ulteriores diligencias en la tramitación de la presente causa. La competencia del Juzgado, la personería de las partes, plazo vencido, liquidez y exigibilidad de la Nota de Cargo No. 012/2008 de fecha 11 de julio de 2008 cursante a fs. 4 de obrados. Cítese y Emplácese a: AUGUSTO SANDY VILLARROEL y sus garantes José Luis Flores Gonzáles y Fernando Acosta Idiaguez, para que al tercer día de su legal notificación, dé y pague al Fondo Complementario de Seguridad Social de Aeronáutica Nacional y Ramas Anexas - FOCSSAN en Liquidación, el monto adeudado cuya suma es de Bs. 1.425,72 (UN MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO 72/100 BOLIVIANOS) por concepto de Préstamo con Garantía de Haberes y otros. Al otrosi.- Oficiese al fin impetrado sea con las formalidades de rigor. Al otrosi 1ro.- En su oportunidad. Al otrosi 2do.- Téngase por adjuntada las literales a las que se hace referencia. Al otrosi 3ro.- Téngase presente. Decretando al memorial que antecede tengase por señalado el domicilio procesal, en cuanto a los otrosies estése a lo decretado.-------------------Firma y Sella.- Dra. Rosario D. Sanchez Sanchez. Juez 8vo de partido en lo civil y comercial La Paz-Bolivia. EN SUPLENCIA LEGAL DEL JUEZ TITULAR. Firma y Sella.- Janeth Cuellar Chavez. Secretaria-Abogada, Juzgado 6to de Trabajo y Seguridad Social La Paz-Bolivia.--------------------------------------------------- ----------------------------Memorial cursante fs. 17 de obrados. SEÑORA JUEZ SEXTO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.- SOLICITA SE SUBSANE AUTO DE SOLVENDO RESOLUCION N° 42/08 EN LOS TERMINOS QUE INDICA.- Otrosi.------- Dra. FABIOLA CONSUELO SALAZAR CALLE, Liquidadora de los ex Entes Gestores de Seguridad Social de largo plazo, dentro la demanda coactiva social por concepto de préstamos devengados, interpuesta por el Fondo Complementario de Seguridad Social de Aeronáutica Nacional y Ramas Anexas "FOCSSAN" en liquidación contra AUGUSTO SANDY VILLARROEL y Otros, ante las consideraciones de su autoridad con respeto digo y pido: Señora Juez, dándome expresamente por notificada con el Auto de Solvendo Resolución N° 42/08 de 01-10-08 que fuere pronunciada a fojas 16 en obrados, al respecto tengo a bien aclarar y señalar lo siguiente: De conformidad a la Nota de Cargo N° 012/2008 de 11-07-08 y la demanda coactiva social interpuesta el 08-08-08, debidamente ratificados in extenso mediante memorial presentado en fecha 30-09-08, claramente se estable el monto y el tipo de moneda adeudado por los coactivados al Fondo Complementario de Aeronáutica en liquidación, esto es, la suma de $us. 1.425,72 (Un Mil Cuatrocientos Veinticinco 72/100 Dólares Americanos). Sin embargo de lo señalado, en el Auto Solvendo Resolución N° 42/08 de 01- 10-08, se conmina a los coactivados al pago de Bs. 1.425,72 (Un Mil Cuatrocientos Veinticinco 72/100 Bolivianos), cuando lo correcto es que el monto adeudado esta demandado en Dólares Americanos y no en Bolivianos. PETITORIO. En mérito a los antecedentes señalados, muy respetuosamente SOLICITO a su probidad se sirva SUBSANAR en el Auto de Solvendo Resolución N° 42/08 de 01-10-08, el tipo de moneda de la suma adeudada y que deben cancelar los coactivados al Fondo Complementario de Aeronáutica en liquidación, conforme se establece en la Nota de Cargo N° 012/08 de 11-07- 08 y la demanda coactiva social, es decir, la suma de $us. 1.425,72 (Un Mil Cuatrocientos Veinticinco 72/100 Dólares Americanos). Otrosí.- Se tenga presente que de conformidad al artículo 8vo de la Ley 1602 de 15-12-94, las entidades públicas estamos exentas del pago de tasas y valores judiciales. SERA JUSTICIA, ETC. La Paz, 21 de octubre de 2008.-------------------------------------------------------Firma y Sella.- Jorge Di Meglio E. Abogado Interno, M.C.A. 001929-NIT: 2344129018, Servicio Nacional de Patrimonio del Estado. Firma y Sella.- Dra. Fabiola C. Salazar Calle, Directora de Liquidacion de ex Entes Gestores de la Seguridad Social. Servicio Nal. De Patrimonio del Estado.--------------------------------------------------- AUTO DE SOLVENDO cursante a fs. 18 de OBRADOS. La Paz, 29 de octubre de 2008. VISTOS: La revisión de obrados lo expuesto en el memorial que antecede se tiene que la nota de Cargo de Fs. 4 y 5 hacen referencia de montos en moneda extranjera y toda vez que por un error involuntario en el auto de solvento de Fs. 16 se consigno en bolivianos por lo que con las facultades conferidas por ley SE SUBSANA el auto de solvendo de Fs. 16 debiendo citarse y emplazarse a la parte coactivada al pago de $us.- 1.425,72.- (UN MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO,72/100 DÓLARES AMERICANOS) quedando firmes y subsistentes los demás extremos expuestos en el referido auto Al otrosi.- Téngase presente---------Firma y Sella.- Dra. Miryam Aguilar Rodriguez JUEZ 6to. DE TRABAJO Y S.S. LA PAZ BOLIVIA. Firma y Sella.- Janeth Cuellar Chavez, SECRETARIA-ABOGADA, Juzgado Sexto de Trabajo y Seguridad Social. La Paz-Bolivia.----------------------------------- Memorial a fs. 158 de OBRADOS. SEÑORA JUEZ DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SEXTO LA CIUDAD DE LA PAZ. NUREJ: 203964150 (6°). SOLICITA EJECUTORIA. OTROSIES. Su contenido. EL FONDO COMPLEMENTARIO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA AERONAUTICA NACIONAL Y R.A. (FOCSSAN), a cargo de la DIRECCION DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL DLEGSS representada por GIULIANA MARTÍNEZ LAURA, dentro del proceso COACTIVO SOCIAL, contra AUGUSTO SANDY VILLARROEL y otros, ante las consideraciones de su autoridad, expongo y pido: Señora Juez, en merito a la notificación por Edicto mediante el Sistema Hermes de fecha 29 de abril de 2024, cursante en fs. 147 a fs. 149, se puede evidenciar que los coactivados JOSE LUIS FLORES GONZALES Y FERNANDO ACOSTA IDIAQUEZ, fueron legalmente notificados con los actuados del presente proceso, asimismo existe una notificación por Edicto al coactivado AUGUSTO SANDY VILLARROEL, que se realizó el Edicto por el Sistema Hermes en fecha 13 de octubre de 2023, habiendo sido notificados todos los coactivados sin que hayan opuesto Excepciones en el término establecido por ley, por lo cual, SOLICITO a su Autoridad se sirva disponer la EJECUTORIA del Auto de Solvendo Resolución N° 42/2008 de fecha 01 de octubre de 2008 y su Auto Complementario de fecha 29 de octubre de 2008, conforme a procedimiento establecido. OTROSI 1.- Se adjunta fotocopia simple de la publicación de Edicto por el Sistema Hermes de fecha 13 de octubre de 2023, en la que se notifica al coactivado AUGUSTO SANDY VILLARROEL. OTROSÍ 2. - Domicilio procesal Calle Colon esq. Mariscal Santa Cruz N° 150, Ed. Litoral P. 4. Correo electrónico tavopv93@gmail.com, whatsapp 78937537. Sera Justicia...La Paz, 20 de mayo de 2024.----------------------------------Firma y Sella.- Abg. Gustavo Armando Perez Vallejo, ABOGADO 1-DLEGSS R.P.A. No. 4751257 GAPV, Servicio Nal. De Patrimonio del Estado. Firma y Sella.- Alwyn F. Choquehuanca Troche, coordinador judicial-DLEGSS, MCA 7141-R.P.A. No. 3447699, Sevicio Nal. De Patrimonio del Estado. Firma y Sella.- Dr. Wilson Vasquez C. Jefe de Unidad Recuperacion Legal-Matricula ICALP No. 12….., Servicio Nal. De Patrimonio del Estado. Firma y Sello.- Abog. Giuliana Ayme Martinez Laura, Directora de Liquidacion de los Ex Entes Gestores del S.S., Servicio Nal. De Patrimonio del Estado.-&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& LA EJECUTORIA A FS. 159 DE OBRADOS. RESOLUCIÓN No. 169/2024. JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SEXTO DE LA CAPITAL, DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR FONDO SEGURIDAD COMPLEMENTARIO SOCIAL AERONAUTICA NACIONAL DE Y DE LA R.A. "FOCSSAN" CONTRA AUGUSTO SANDY VILLAROEL Y OTROS, POR CONCEPTO DE PRESTAMO CON GARANTIA DE HABERES Y OTROS. La Paz, 03 de junio de 2024. VISTOS: De la revisión de obrados se establece que con la Resolución N° 42/2008 de fecha 01 de octubre de 2008 cursante a fs. 16. de obrados, y auto complementario a Fs. 18, fue legalmente notificada la parte ejecutada en fecha 29 de abril del año en curso, conforme se tiene de fs. 147-149 de obrados; de igual forma la parte ejecutante ha sido legalmente notificada con la mencionada Resolución en fecha 23 de mayo del año 2012, conforme se tiene diligencia a Fs. 49. Sin embargo, a la fecha ninguna de las partes ha interpuesto recurso alguno dentro del plazo establecido por ley, toda vez que los plazos son perentorios y se computan a partir del momento de la notificación, asi lo prevé el Art. 205 del Código de Procesal del Trabajo. Por consiguiente, se declara la EJECUTORIA en toda forma de derecho de la Resolución No. 42/2008 de fecha 01 de octubre de 2008 cursante a fs. 16 de obrados, a los fines consiguientes de ley y sea con todas las formalidades de ley. AL OTROSI 1. se tiene por adjuntada. AL OTROSI 2. - Por señalados correos electrónicos y número de celular. "REGISTRESE".-----------------------------------------------------------------------Firma y Sella.- Aleida B. Sanabria Soria JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO JRIDAD SOCIAL 6 CAPITAL La Paz-Bolivia. Firma y Sella.- Ronald Fabian machi Calla, SECRETARIO-ABOGADO, Juzgado de Partido de Trabajo y S.S. 7mo, Tribunal Departamental de Justicia, La Paz-Bolivia.--------------------------------------------------------------------- MEMORIAL CURSANTE a FS. 170 DE OBRADOS. SEÑORA JUEZ DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SEXTO (6°) DE LA CIUDAD DE LA PAZ. 203964150. SOLICITAMOS PUBLICACION EN EL SISTEMA HERMES. OTROSÍES. Su contenido. EL FONDO COMPLEMENTARIO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA AERONÁUTICA NACIONAL Y R.A. (FOCSSAN), a cargo de la DIRECCION DE LIQUIDACIÓN DE LOS EX ENTES GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL DLEGSS representado por MARTIN RONALD ZEBALLOS MENA Y JORGE DIONICIO MAMANI MAMANI, dentro del proceso COACTIVO SOCIAL, contra AUGUSTO SANDY VILLARROEL y otros, ante las consideraciones de su autoridad, exponemos y pedimos: Señora Juez, habiendo su autoridad emitido Resolución N° 169/2024, de fecha 03 de junio de 2024, mediante la cual se declara la EJECUTORIA de la Resolución N° 42/2008, de fecha 01 de octubre de 2008, cursante a fs. 16, y Auto Complementario que cursa a fs. 18, en ese sentido SOLICITAMOS SE DISPONGA QUE POR SECRETARIA DE VUESTRO DESPACHO SE REALICE PUBLICACION DE EDICTOS MEDIANTE SISTEMA HERMES notificándose con la Resolución N° 169/2024, de fecha 03 de junio de 2024, a los coactivados AUGUSTO SANDY VILLARROEL, FERNANDO ACOSTA IDIAQUEZ Y JOSE LUIS FLORES GONZALES solicitud que la realizo en amparo del art. 24 de la Constitución Política del Estado. OTROSI.- Solicito se me franquee Fotocopias Simples de todo lo obrado. Sera Justicia... La Paz, 31 de julio de 2024.----------------------------------------------------- Firma y Sella.- Abg. Gustavo Armando Perez Vallejo, ABOGADO 1-DLEGSS R.P.A. No. 4751257 GAPV, Servicio Nal. De Patrimonio del Estado. Firma y Sella.- Martin Ronald Zeballos Mena, apoyo en las labores de director de liquidación de ex entes gestores de la seguridad social, Servicio Nal. De Patrimonio del Estado. Firma y Sella.- Dr. Wilson Vasquez C. Jefe de Unidad de Analisis y Recuperacion Legal-Matricula ICALP No. 12….., Servicio Nal. De Patrimonio del Estado. Firma y Sello.- Jorge D. Mamani Mamani, Jefe de Unidad de Recuperacion de Cartera-DLEGSS, Servicio Nal. De Patrimonio del Estado.---------------------------------------------------Decreto cursante a FS. 171 De Obrados.--- La Paz, 06 de agosto de 2024. EN LO PRINCIPAL. De la revisión del proceso habiéndose realizado el acta de juramento de desconocimiento de domicilio, por secretaria de juzgado extiéndase Edicto solicitado con las piezas procesales correspondientes y sea mediante Sistema Hermes. AL OTROSI. Por secretaria extiéndase fotocopias simples de lo solicitado previa nota de constancia.----------------------------------------------------------------Firma y Sella.- Aleida B. Sanabria Soria, Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social 6to de la Capital La Paz-Bolivia. Firma y Sella.- Helen Gutierrez Pinaya, SECRETARIA-ABOGADA, Juzgado de Partido de Trabajo y S.S. 6to de la Capital La Paz-Bolivia.----------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, A LOS 26 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2024. DEL JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SEXTO DE LA CAPITAL LA PAZ- BOLIVIA.---------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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