EDICTO
Ciudad: SUCRE
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES PRIMERO
JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1
EN LO PENAL DE LA CAPITAL
SUCRE-BOLIVIA
Edicto Nº 441/2024
EL DOCTOR LUIS BENJAMIN ROJAS LATORRE JUEZ DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL
Sucre – Bolivia
MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: A LA VICITMA MARTHA ROJA LOPEZ dentro del proceso penal que sigue EL MINISTERIO PUBLICO a denuncia de MARTHA ROJAS LOPEZ en contra MARCO ANTONIO VILLAGOMEZ Y HUBER CARLOS PAZ CHUQUIMIA que por la comisión del delito de ESTELIONATO previsto y sancionado por el Código Penal, signado con NUREJ: 201602395 en aplicación del Art.165 del C.P.P, se ha dispuesto que se notifique con MEMORIAL DE FECHA DE 27 DE AGOSTO DE 2024 Y DECRETO DE FECHA DE 27 DE AGOSTO DE 2024.
a cuyo fin adjunto la siguiente pieza procesal cuyo contenido y tenor es el siguiente --------------------------------------------------------------------------------
MEMORIAL DE FECHA DE 27 DE AGOSTO DE 2024 Y DECRETO DE FECHA DE 27 DE AGOSTO DE 2024.
SEÑOR JUEZ DE SENTENCIA PRIMERO EN LO PENAL DE LA CAPITAL DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA
HACE CONOCER FORMA DE NOTIFICAR FIS1601812 NUREJ201602395
Otrosies.
El suscrito Fiscal de Materia adscrito a la Fiscalia de Delitos Anticorrupción, Legitimación de Ganancias licitas, Aduaneros y Tributarios de la Fiscalia Departamental de Chuquisaca, dentro de la investigación seguida por el MINISTERIO PÚBLICO DE OFICIO, teniendo como victima a la ciudadana MARTHA ROJAS LÓPEZ en contra de HUBER CARLOS PAZ CHUQUIMIA Y MARCO ANTONIO VILLAGOMEZ OROZCO, por la presunta comisión del delito de USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS. previsto y sancionado por el Art. 146 del Código Penal, ante vuestra autoridad con respeto expongo
Señor Juez, habiendo sido notificado con decreto emitido por su autoridad, en el cual solicita forma de notificar del acusado HUBER CARLOS PAZ CHUQUIMIA, en merito a ello, de la revision del cuaderno de investigacion, se tiene que el acusado señalo como domicilio real en la Av. Destacamento Chuquisaca S/N, Zona San Roque y numero de celular 72845639, que según representación de fecha 13 de agosto de 2024 emitida por la Oficina Gestora de Procesos, se tiene que la misma se constituyo a dicho dirección donde el acusado no fue habido, por lo que, la oficina gestora se comunico al numero de celular 72845639, mismo que fue atendido por el prenombrado, empero el mismo no quiso coadyuvar para dar con el domicilio exacto, ya que el mismo no cuenta con numeración, pero el acusado indico que nadie se encontraba en su domicilio, manifestando que trabajaba en Villa Armonía, sin embargo indico que no estaría ahi, no respondiendo las llamadas, ni mensajes, debido a lo cual, no fue posible su notificación; en virtud a lo manifestado por la oficina gestora y siendo solo esos los datos contenidos en el cuaderno de investigación, solicito a su probidad se notifique a Huber Carlos Paz Chuquimia en conformidad al Art. 165 del Código de Procedimiento Penal, sea por el portal electrónico de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia.
Pide Justicia en Representación de la Sociedad.
Otrosí 1.- Señalo domicilio procesal en la Calle Kilometro 7 N° 282, oficina de la Fiscalía de Delitos Anticorrupción, Legitimación de Ganancias llicitas, Aduaneros y Tributarios y Buzón de ciudadanía digital 5697335.
Sucre, 26-de-agosto de 2024
A,27 de agosto de 2024
En merito a lo solicitado por la autoridad fiscal en memorial que antecede procédase a la notificación del coacusado Huber Carlos Paz Chuquimia de conformidad con lo establecido en el art. 165 del CPP mediante edictos a ser publicados en el sistema HERMES.
Al otrosí 1.- Estese a ciudadanía digital establecida en normativa vigente.
FDO. JUEZ LUIS BENJAMÍN ROJAS LATORRE……………………..……...
FDO. SECRETARIA - ABOGADA – MARIA S. GORENA CAMACHO…...…
EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS 28 DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO……………………………………………………………………………
D.
S.
O.
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Reporte