EDICTO
Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES DÉCIMO TERCERO DE LA CAPITAL
JUZGADO: SANTA CRUZ DE LA SIERRA - JUZGADO DE SENTENCIA DÉCIMO TERCERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL EDICTO CIUDAD: SANTA CRUZ DE LA SIERRA JUZGADO DE SENTENCIA 13 PENAL CAPITAL &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&
EDICTO DE PRENSA PARA :JENNY MUÑOZ NUÑEZ , SE HA ORDENADO LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO JUDICIAL DENTRO DE LA ACCIÓN PENAL QUE SIGUE EL MINISTERIO PUBLICO A INSTANCIA DE SONIA FLORES SIBILA Y DANIELA ORTIZ DE ANTELO EN CONTRA DE JENNY MUÑOZ NUÑES Y JORGUE ANTONIO CRESPO LOPEZ , POR LA SUPUESTA COMISIÓN DEL DELITO DE: ESTAFA CON AGRAVANTES DE VICTIMAS MULTIPLES , ESTELEONATOS , FALSEDAD IDEOLOGICA , FALSEDAD MATERIAL Y USO DE INSTRUMENTOS FALSIFICADO EXP; 291/22 ; NUREJ : 701102012006949; MEDIANTE RESOLUCIÓN DICTADA POR LA JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 13° DE LA CAPITAL, DRA, JENNY L. CAMARGO JALDIN, HACIÉNDOSE CONQUE SE TRANSCRIBE &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&
Exp. 291/2022
NUREJ 701102012006949
AUTO DE APERTURA DE JUICIO
Santa Cruz de la Sierra, de 30 de Julio de 2024.
VISTOS: Que, en atención al informe emitido por la auxiliar del juzgado y en cumplimiento de la etapa preparatoria de juicio conforme al Art. 340 del C.P.P., y habiéndose corrido en traslado la Acusación Formal, a la parte acusada: JENNY MUÑOZ NUÑEZ Y JORGE ANTONIO CRESPO LOPEZ corresponde proseguir con el desarrollo del proceso y en aplicación del principio de celeridad y con la finalidad de brindar una justicia pronta y oportuna conforme estipula el Art. 115 – II concordante con 178 y 180 – I de la Constitución Política del Estado y con el objeto de evitar retardación de justicia, y
CONSIDERANDO.- Que, los hechos introducidos en la Acusación Fiscal las cuales establecen la configuración del tipo penal de FALSEDAD MATERIAL E IDEOLOGICA Y USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO, ESTELIONATO Y ESTAFA CON AGRAVANTE DE VICTIMAS MULTIPLES. Por lo que se hace necesaria su comprobación, en la fase esencial del proceso; en el juicio oral y corresponde la apertura de un Juicio Oral sometido a las reglas del debido proceso, para dar la oportunidad al representante del Ministerio Público de probar su Acusación Fiscal, resguardando los derechos y garantías constitucionales, tanto del imputado como de la víctima.
Por lo cual, habiéndose cumpliendo con los plazos procesales, y en aplicación del principio de legalidad y debido proceso, corresponde pronunciarse sobre ese aspecto.
POR TANTO: De conformidad con al precepto establecido en el Art. 342 con relación al Art. 329 del Código de Procedimiento Penal, se dispone: la APERTURA DEL JUICIO ORAL dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PUBLICO a instancia de SONIA FLORES SIBILA Y DANIELA ORTIZ DE ANTELO en contra de JENNY MUÑOZ NUÑEZ Y JORGE ANTONIO CRESPO LOPEZ sobre la base de la Acusación Formal y Particular por los delitos supra mencionado.
En cumplimiento a lo previsto en el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal para la celebración del Juicio Oral, Publico y Contradictorio la misma que se llevará a cabo el día JUEVES VEINTINUEVE (29) DE AGOSTO 2024 A HORAS 11:00 A.M., de manera presencial en el Juzgado 13avo de Sentencia en lo Penal de la Capital, ubicación Piso 11 del Edificio del Palacio de Justicia.
Notifíquese a todos los sujetos procesales de conformidad a lo previsto en el Art. 160 y sgtes. de la ley 1173 y conforme lo señala el Art. 343 parágrafo 2do del CPP por secretaria tómese las previsiones necesarias para la celebración del juicio oral dispuesto, LÍBRESE LOS MANDAMIENTOS DE COMPARENDO para los testigos ofrecidos y hágase conocer a la Gestora Publica de para el agendamiento, procesamiento y registro correspondiente.
REGÍSTRESE, ARCHÍVESE Y NOTIFÍQUESE.
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FDO. LEGIBLE ABG.JENNY CAMARGO JALDIN JUEZ DE SENTENCIA PENAL 13° DE LA CAPITAL, ------------------------------ ----------------------------------- -------------------------------------------------------
FDO. LEGIBLE YOVANA VINAYA CANAVIRI AUXILIAR DEL JUZGADO 13 ° DE SENTENCIA.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ES TODO CUANTO SE HACE SABER A: JENNY MUÑOZ NUÑEZ
A LOS FINES CONSIGUIENTES DE LEY. SANTA CRUZ DE LA SIERRA, 27 DE AGOSTO DEL 2024. ------------------------ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&
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Reporte