EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO VIGÉSIMO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


E D I C T O LA DRA. XIMENA GUTIERREZ GONZALES, JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 20°. --- POR EL PRESENTE EDICTO CITA, EMPLAZA Y NOTIFICA A: co-demandada ROSA MARTINEZ BRACAMONTE, con C.I. No. 4882090 L.P., DENTRO DEL PROCESO CIVIL CON NUREJ: 204115950, SEGUIDO POR JUAN GABRIEL ACUÑA PAUCARA y PAOLA ANDREA MICHAGA COYO contra JUAN FAUSTO QUINO FLORES, GUMERCINDA LUZ HAYBAR DE QUINO y ROSA MARTINEZ BRACAMONTE, sobre COBRO DE DINERO, CUYO TENOR DE LAS PIEZAS PRINCIPALES ES COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE.------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FS. 75 DE OBRADOS. ---------------------------------------------------SEÑOR JUEZ PÚBLICO N°20 DE LO CIVIL COMERCIAL DE LA CIUDAD DE LA PAZ.---NUREJ: 204115950 Whatsapp:78914212 – Correo E.: gabrielaihp@outlook.com---Cumple con Decreto de 16 de abril de 2024.---JUAN GABRIEL ACUÑA PAUCARA y PAOLA ANDREA MICHAGA COYO, ambos de generales conocidas, ante su autoridad con todo respeto exponemos y pedimos:----Mediante memorial de fecha 12 de abril de 2024 se solicitó a su autoridad se declare el inicio de la fase de ejecución del presente proceso, observando el trámite establecido por el art.397 y siguientes del CPC, solicitud a la que se emitió el Decreto de 16 de abril de 2024 por el que instruyó que “a efectos de ingresar a la fase de ejecución de la Sentencia Inicial (Resolución No. 409/2023, de 13 de octubre de 2023, previamente adjunte la inscripción de embargo del inmueble (…)”.---En cumplimiento de lo antes expuesto, adjunto al presente (EN ORIGINAL) el Folio Real correspondiente al inmueble de matrícula N°2.01.3.01.0065414 emitido con fecha 24 de junio de 2024, en el cual consta en el asiento 2B la existencia del gravamen de embargo registrado por $us45000.- en favor nuestro. Por lo que, cumplida la instrucción emitida por su autoridad, reiteramos la solicitud a fin de que se decrete el ingreso a la fase de ejecución de la Sentencia Inicial (Resolución No. 409/2023, de 13 de octubre de 2023.----“Obrar así será forjar justicia”---La Paz, 02 de julio de 2024.---FIRMA Y SELLA: GABRIELA I. HURTADO PACHECO.--- ABOGADO.--- FIRMA Y SELLA: JUAN GABRIEL ACUÑA PAUCARA.---6150022 L.P.----- FIRMA: PAOLA ANDREA MICHAGA COYO.----5989542 L.P.----- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO CURSANTE A FS. 77 DE OBRADOS. ------------------------------------------------------ ACUÑA C/ QUINO.---Lunes, a 08 de julio de 2024---VISTOS: En atención a los antecedentes del proceso, SE INGRESA A LA FASE DE EJECUCIÓN de la Sentencia Inicial (Resolución No. 409/2023, de fecha 13 de octubre de 2023, de fs. 17 a 18), de conformidad a lo dispuesto por el art. 397 y siguientes del Código Procesal Civil.---Asimismo, OFÍCIESE a Derechos Reales y al Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla, a efectos de que INFORMEN sobre las hipotecas y gravámenes así como los impuestos cancelados, respectivamente, que correspondan al bien inmueble (LOTE DE TERRENO), ubicado en CAÑUHUMA, LOTE 5, con una superficie de 5672.78 metros cuadrados, derecho propietario de MARTINEZ BRACAMONTE ROSA, con Matrícula Nº 2.01.3.01.0065414.---Por otro lado, se designa como perito de la lista de peritos del Sistema Odín, previo sorteo automático que realiza el citado Sistema a la Arq. MARÍA GABRIELA JIMÉNEZ ESPINOZA, a efectos de que proceda con el avaluó pericial del inmueble detallado en el presente auto, con todos los elementos necesarios para la subasta del mismo, a cuyo efecto se concede un PLAZO DE QUINCE (15) DÍAS, sea previa notificación a las partes, aceptación y juramento de ley del perito, el mismo que será recepcionado en cualquier día y hora hábil de este juzgado, con las formalidades de ley. ---Sea todo previa las formalidades de ley.----Del INICIO DE EJECUCIÓN NOTIFÍQUESE a la parte demandada en su domicilio real, toda vez que se ingresa a la fase de ejecución de Sentencia con el remate de los bienes de su propiedad.---- FIRMA Y SELLA: MSc. XIMENA GUTIÉRREZ GONZALES.--- JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 20º.---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.---- LA PAZ – BOLIVIA.----- FIRMA Y SELLA: REYNER M. LIMA PAYLLO.--- SECRETARIO.--- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 20º.---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.--- LA PAZ – BOLIVIA.------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 87 DE OBRADOS. -------------------------------------------------- SEÑOR JUEZ CIVIL COMERCIAL N°20 DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PAZ.---NUREJ: 204115950.----Whatsapp:78914212 – Corre E.: gabrielaihp@outlook.com---Solicita citación por edictos a la codemandada ---ROSA MARTINEZ BRACAMONTE.---JUAN GABRIEL ACUÑA PAUCARA con Cédula de Identidad No. 6150022(qr) y PAOLA ANDREA MICHAGA COYO con Cédula de Identidad No. 5989542 (qr), ambos de generales conocidas, ante su autoridad con todo respeto exponemos y pedimos: Con fecha 09 de julio de 2024, fuimos notificados con el Decreto cursante a fs. 77 de obrados, mediante el cual se ingresa a la fase de ejecución en el presente proceso, del cual su autoridad ha instruido se notifique a la parte demandada en domicilio real.---A este extremo, es importante señalar que la codemandada ha sido notificada con la sentencia inicial mediante edictos, al no haber sido hallada en su último domicilio registrado conforme el informe cursante a fs. 39 de obrados. ----En razón a este extremo, puesto que la codemandada no ha sido hallada en su último domicilio conocido, así como tampoco en el domicilio cuya dirección se contiene en los informes emitidos por el SEGIP y el SERECI, a fin de cumplir con lo dispuesto por su autoridad, solicito se sirva disponer, en aplicación del art. 78 del CPC, que mediante secretaría de su despacho SE CITE POR EDICTOS a la co demandada ROSA MARTINEZ BRACAMONTE con C.I. N°4882090 L.P., con el Decreto de 08 de julio de 2024 cursante a fs. 77 de obrados.----“Obrar así será forjar justicia”.---La Paz, 17 de julio de 2024.--- FIRMA Y SELLA: GABRIELA I. HURTADO PACHECO.--- ABOGADO.--- FIRMA Y SELLA: JUAN GABRIEL ACUÑA PAUCARA.---6150022 L.P.----- FIRMA: PAOLA ANDREA MICHAGA COYO.----5989542 L.P.----------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FS. 88 DE OBRADOS. --------------------------------------------------- ACUÑA C/ QUINO.----La Paz, a 24 de julio de 2024.---En mérito a los antecedentes del proceso, procédase a la NOTIFICACIÓN con el auto de ingreso a la fase de ejecución, de fecha 08 de julio de 2024, cursante a fs. 77, respectivamente, mediante EDICTOS a la co-demandada ROSA MARTINEZ BRACAMONTE, con C.I. No. 4882090 L.P., que deberán ser publicados en:--- Un periódico de circulación nacional autorizado por el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, sea de conformidad a lo dispuesto por el art. 78 parágrafo II de la Ley 439. ---- Asimismo, efectúese por Secretaria la publicación de los edictos ordenados por dos veces con un intervalo no menor a cinco días mediante el Sistema HERMES - SERVICIO DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DE BOLIVIA.----Sea con las formalidades de ley. ----FIRMA Y SELLA: MSc. XIMENA GUTIÉRREZ GONZALES.--- JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 20º.---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.---- LA PAZ – BOLIVIA.----- FIRMA Y SELLA: REYNER M. LIMA PAYLLO.--- SECRETARIO.--- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 20º.---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.--- LA PAZ – BOLIVIA.------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.-----------------------------------------------------


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