EDICTO
Ciudad: EL ALTO
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO QUINTO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE EL ALTO
E D I C T O
EL DR. LUCIO RENAN CELIS QUINT JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE INSTRUCCIÓN PENAL DEL DISTRITO 4º
HACE SABER: Que, por el presente EDICTO cita, llama, emplaza al DEMANDADO RUFINO TITIRICO MAMANI con CI:5990538 L.P., para que por sí o mediante apoderado, se apersone al JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE INSTRUCCIÓN PENAL DEL DISTRITO 4º, a objeto de asumir defensa dentro del Proceso seguido por MAGUE QUISPE CONDORI contra de RUFINO TITIRICO MAMANI DENTRO DEL PROCESO DE ASISTENCIA FAMILIAR cuyo tenor es como se transcribe a continuación:-
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MEMRIAL DE LA DEMANDA A FOJAS 8. DE OBRADOS. ---------------------
SEÑORA JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, NINEZ Y
ADOLESCENCIA Y DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DEL DISTRITO "4" DE LA
CIUDAD DE EL ALTO-------------------------------------------------
INTERPONE ASISTENCIA FAMILIAR EN LA VIA EXTRAORDINARIA QUE REFIERE.
OTROSIES. --------------------------------------------------------
MAGUE QUISPE CONDORI, ciudadana boliviana, mayor de edad, hábil por ley de ocupación artesana, con CI. 6011762 L.P., vecina del Distrito 4 de la Ciudad del Alto, con domicilio real en Calle Willcakuti N° 670 Zona Barrio Municipal, con el debido respeto me presento a su autoridad ante quien expongo y pido:-------------------------------
I. -RELACIÓN DE LOS HECHOS.---------------------------------------
Señor Juez, en principio debo hacer conocer su autoridad, que contraje nupcias el año 2000 con RUFINO TITIRICO MAMANI fruto de esta relación conyugal procreamos cinco hijos de los cuales una es menor de edad de nombre Lurdes Titirico Quispe de 10 años de edad, como se evidencia en el certificado de nacimiento que se adjunta. Señor juez a la fecha por motivos de violencia física como psicológica, es que tomó la decisión de separarme toda vez que mi hija es prioridad y no tiene culpa alguna de las acciones de los padres, actualmente vivo con mis cinco hijos en una casa de mi propiedad, el padre de mi hija ha demostrado conducta totalmente irresponsable, para la manutención de mi hija por lo que solicito lo siguiente. ---------------------------------------------------
II.- SITUACIÓN DE NECESIDAD DEL BENEFICIARIO----------------------
Señora Juez el instituto jurídico de la asistencia familiar es un derecho consagrado por la Ley y una obligación que garantiza los derechos necesarios para el acceso a la salud, educación a la vivienda, recreación y vestimenta en el presente caso pongo a conocimiento la situación de necesidad de mi hija, propias a su edad.-------------------------------------------------------------
III FUNDAMENTO JURÍDICO PETITORIO.--------------------------------
Por todo lo señalado y en virtud a lo dispuesto por los Arts. 258, 259 Nral. 1 del Art. 109,112 Art. 116, 117, 434, 435, 437, de Código de las Familias y el Proceso Familiar, Interpongo la presente demanda de Asistencia Familiar en contra de RUFINO TIRICO MAMANI, mayor de edad. hábil por derecho con C.I. 5990538 L.P., de Ocupación artesano. Solicitando que previos los trámites de ley, su autoridad, se sirva dictar Sentencia declarando PROBADA LA PRESENTE DEMANDA DE ASISTENCIA FAMILIAR, fijando una Asistencia Familiar mensual de Bs.- 500 (QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) total a favor de mi hija, suma de dinero que será para cubrir sus necesidades básicas de alimentación, vestido, educación, salud y recreación que todo niño, niña tiene derecho.---------------------
OTROSÍ 1°, - En cuanto a la diligencia de la citación, ha RUFINO TITIRICO MAMANI mayor de edad, hábil por derecho con C.I. 5990538 L.P., de ocupación artesano, solicitó oficios a SERECI y SEGIP.---
OTROSÍ 2° Adjunta en calidad de prueba pre constituido: ---------
-Certificado de Nacimiento de mi hija original. -----------------
-Fotocopia simple de mi Cedula de Identidad de la madre y de la niña.
-Croquis de domicilio real del demandante------------------------
-Factura de luz y agua en fotocopia del domicilio del demandante---
OTROSI 3°,- El patrocinio del presente proceso será gratuita, siendo que el presente proceso podrá ser patrocinado por cualesquiera de los abogados de los Servicios Integrados de Justicia Plurinacional (SIJPLU). ----------------------------------------------------
OTROSI 4°,- Para conocer providencias señalo domicilio procesal la Oficina de los------------------------------------------------
Servicios Integrados de Justicia Plurinacional (SIJPLU), ubicado en el Distrito 4 de la Ciudad de El Alto, calle Av. Carabobo lado de la Sub Alcaldía del distrito. ---------------------------------
Señalo número de celular WhatsApp 73025298, número de celular del demandante 64238498--------------------------------------------
"Por una justicia digna ..." -----------------------------------
El Alto 29 de mayo de 2024. ------------------------------------
FIRMA MAGUE QUISPE MAMANI -----------------------------------------
FIRMA Y SELLA ABG. WILLIAMS ROGELIO ILLANES SEGALES----------------
ABOGADO – SIJPLU---------------------------------------------------
UNIDAD DE SERVICIOS INTEGRALES DE JUSTICIA PLURINACIONAL ----------
DIRECCION GENERAL EJECUTIVA GESTORA SAJ-RPA------------------------
MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL---------------
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AUTO DE ADMISION A FOJAS 10 DE OBRADOS. --------------------------
JUEGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL N°5 DEL DISTRITO 4° DE LA CIUDAD DE EL ALTO.-------------------------------------------------------Quispe C/ Titirico------------------------------------------------PROCESO ESTRAORDINARIO SISTENCIA FAMILIAR--------------------------
El Alto, 31 de mayo de 2024---------------------------------------
VISTOS. - Se ADMITE la demanda que antecede, de "FIJACIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR" que antecede en favor de la beneficiaria: LOURDES TITIRICO QUISPE, en vía de EXTRAORDINARIA y en cuanto hubiere lugar en derecho se corre en TRASLADO a RUFINO TITIRICO MAMANI, en calidad de progenitor, para que responda a la demanda, en el plazo de cinco días que correrán a partir de su legal citación y emplazamiento con la demanda de conformidad a los dispuesto, con el Art. 436 parágrafo I de la Ley 603 "Código de las Familias y del Proceso Familiar". A cuyo efecto el demandado deberá acompañar toda prueba que obre en su poder y ofrecer todos los medios de prueba que crean pertinente, sea con las formalidades de ley.-----------------
Se deja constancia que en el caso de no haber respuesta por parte del demandado se les designará abogado de oficio, conforme establece el Art. 266 de la Ley 603 "Código de las Familias y del Proceso Familiar" --------------------------------------------------------
Se deja constancia que en el transcurso del proceso se podrán aplicar a pedido de parte o de oficio las MEDIDAS CAUTELARES señaladas en el Art.275,281 y 284 de la Ley No.603 ya señalada.
En aplicación de los Art. 241 y 242 de la Ley 603 y los Art. 5,6,7, 8 y 188 del Código Niño, Niña v Adolescente, cítese con la demanda , y el presente auto y 1as piezas pertinentes a La Defensoría de la Niñez y Adolescencia. ---------------------------------------------
En cumplimiento del Art. 117 de la ley 603 en concordancia con el instructivo N°17/2016 emitido Tribunal por el Supremo de Justicia- Presidencia, se recomienda a la parte demandante tener ÚNICA y aperturar una Cuenta bancaria EXCLUSIVA para el cumplimiento de Asistencia Familiar, debiendo hacer conocer al juzgado a la brevedad posible..." -------------------------------------------------------
Asi mismo se INTIMA A LAS PARTES que deben INFORMAR sobre, "cualquier modificación o cambio de domicilio, traslado de domicilio por cualquier motivo, cualquier acción que modifiquen los derechos y obligaciones producto del presente trámite. Además, deben acudir a la Defensoría de la Niñez y por domicilio hacer constar "cualquier modificación de la guarda" debiendo tener documentación y antecedentes mediante fotocopias legalizadas a efectos de presentarse en el juzgado. ----------------------------------------
Sin perjuicio de lo anterior Ofíciese al SEGIP y SERECI para que informe a este despacho judicial el último domicilio de CI:5990538 L.P., hecho lo cual procédase a la citación correspondiente y sea con las formalidades de rigor. -----------------------------------
Debiendo gestionar la citación dentro del plazo de treinta legal notificación bajo alternativa de treinta (30) días de su legal notificación bajo alternativa de aplicarse el art.247 parágrafo I, numeral 1) de la ley N°439. --------------------------------------
Al otrosí 1. - Al principal. -------------------------------------
Al otrosí 2. - De las literales adjuntas en calidad de prueba documental de cargo en conocimiento de parte contraria y se considerarán en la etapa procesal correspondiente. ---------------
Al otrosí 3.- Se tiene presente. ---------------------------------
Al otrosí 4. - Por señalado domicilio procesal, debiendo la parte estar a lo dispuesto por el Art. 314 parágrafo I) de La Ley 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar” todas las notificaciones juzgado, excepto aquellos que la autoridad judicial disponga lo contrario, respecto al número de celular que indica se tiene presente por la oficial de diligencias de este Juzgado------FIRMA Y SELLA: DR. LUCIO RENAN CELIS QUINT. --------------------JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE INSTRUCCIÓN PENAL DEL DISTRITO 4. ----------------------------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. -----------------------------LA PAZ – BOLIVIA. ------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: LUIS FERNANDO GAMEZ BANDEIRA. ----------------SECRETARIO – ABOGADO. - JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE INSTRUCCIÓN PENAL DEL DISTRITO 2º).-LA PAZ – BOLIVIA.-------------------------------------------------??????????????????????????????????????? MEMORIAL A FOJAS 21. DE OBRADOS. --------------------------------SEÑOR JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, NINEZ Y ADOLESCENCIA Y DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DEL DISTRITO "4" DE LA CIUDAD DE EL ALTO--------------------------------------------------
SOLICITA SE NOTIFIQUE POR EDICTO. ------------------------------OTROSIES, ----------------------------------------------------
MAGUE QUISPE CONDORI, Con CI. 6011762 L.P. de generales de ley conocidas dentro de la demanda sobre ASISTENCIA FAMILIAR que sigo en contra de RUFINO TITIRICO MAMANI, ante las consideraciones de su autoridad digo y pido: ----------------------------------------
Señora Juez, de la revisión de obrados se puede verificar que su autoridad dispuso oficios a SEGIP y SERECI, para conocer el último domicilio de demandado RUFINO TITIRICO MAMANI siendo que estas dos instituciones refieren domicilio real C/ WILLKATUTI # 670 - BARRIO MUNICIPAL D-4, toda vez que esta dirección es la dirección de mi domicilio actual, como podrá verificar por la factura de luz que adjunto, solicito las notificaciones futuras se realice por Edictos por el sistema Hermes al demandado, sea conforme dispone el Art. 38 de la Ley 603, sea con las formalidades de Ley. -----------------
OTROSI 1°,- Adjunto factura de luz en original-------------------
OTROSI 2°.- Solicita día y hora para juramento de desconocimiento de domicilio del demandado.-------------------------------------------
Justicia, etc. -----------------------------------------------
El Alto 22 de julio de 2024. ----------------------------------
FIRMA MAGUE QUISPE MAMANI-----------------------------------------
FIRMA Y SELA ABG. WILLIAMS ROGELIO ILLANES SEGALES----------------
ABOGADO – SIJPLU---------------------------------------------
UNIDAD DE SERVICIOS INTEGRALES DE JUSTICIA PLURINACIONAL ---------
DIRECCION GENERAL EJECUTIVA GESTORA SAJ-RPA-----------------------
MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL---------????????????????????????????????????
JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NINEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL N°5 DET. DISTRITO 4° DE LA
CIUDAD DE EL ALTO. -------------------------------------------
Quispe c/ Titirico--------------------------------------------
PROCESO EXTRAORDINARIO ASISTENCIA FAMILIAR ---------------------
El Alto, 24 de julio de 2024-----------------------------------
En mérito al informe SEGIP Y SERECI que cursa en obrados en original, que señala que el demandado Rufino Titirico Manani tiene en informes domicilio señalado por la actora, acreditando por ende que el demandado no tiene un domicilio real específico y actualizado con la facultad prevista en el art.232-A), del mismo cuerpo legal a efecto de evitar vicios de nulidad y encausando la causa conforme al procedimiento previsto ley 603, previamente debe cumplirse a cabalidad lo dispuesto en La en 603 del "Código de las Familias y del Proceso Familiar" el Art. 308 parágrafo I "..La citación por edicto procede por el desconocimiento del domicilio del demandado expresado en la demanda con calidad de declaración jurada.. " Por lo que la demandante previamente debe realizar en declaración jurada de su desconocimiento del domicilio del demandado a cualquier día y hora hábil de la semana ante secretaria del juzgado. -------------
Cumplido que fuera en cumplimiento del Art. 309 de la ley N°603 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, SE DISPONE CITACIÔN MEDIANTE EDICTO A PUBLICARSE POR SISTEMA HERMES, CONFORME PROCEDIMIENTO, el primer día HÁBIL siguiente al demandado RUFINO TITIRICO MAMANI con memorial de demanda, auto de admision, el memorial que antecede y el presente proveído, debiendo coadyuvar la parte interesada a publicar el edicto solicitado, previas formalidades de ley. ------------------------------------------
Al otrosí 1.- Se tiene presente . ------------------------------Al otrosí 2.- Al principal . -----------------------------------
Téngase domicilio procesal a la secretaria del juzgado; debiendo la parte estar a lo dispuesto por el Art. 314 parágrafo I) de la Ley 603 “Código de las Familias y del Proceso Familiar”, todas las notificaciones se practicarán en secretaria del juzgado, excepto aquellos que la autoridad judicial disponga lo contrario. ¬--------
FIRMA Y SELLA: DR. LUCIO RENAN CELIS QUINT. ----------------------JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE INSTRUCCIÓN PENAL DEL DISTRITO 4. ----------------------------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. ------------------------------LA PAZ – BOLIVIA. ------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: LUIS FERNANDO GAMEZ BANDEIRA. ---------------------SECRETARIO – ABOGADO. - JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE INSTRUCCIÓN PENAL DEL DISTRITO 2º LA PAZ – BOLIVIA.-------------------------------------------------????????????????????????????????????????????????
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