EDICTO
Ciudad: EL ALTO
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEXTO EN MATERIA FAMILIAR DE EL ALTO
EDICTO
EL DOCTOR JOSE LUIS HIDALGO GUARACHI JUEZ PUBLICO DE FAMILIA SEXTO DE LA CIUDAD DE EL ALTO-LA PAZ-BOLIVIA. --- HACE SABER: Por el presente edicto se hace conocer a RENE ROBERTO YANA CHIPANA, dentro del proceso de HOMOLOGACION DE ASISTENCIA FAMILIAR seguido a instancias de REGINA VIRGINIA LOAYZA CRUZ, en contra de RENE ROBERTO YANA CHIPANA, sobre HOMOLOGACION DE ASISTENCIA FAMILIAR, cuyo tenor literal es como a continuación se transcribe. --- MEMORIAL DE DESARCHIVO CURSANTE A FS. 17 DE OBRADOS. --- SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA #6 DE LA CIUDAD DE EL ALTO.--- NUREJ: 201003254 --- PIDO DESARCHIVO Y PUESTA A LA VISTA --- OTROSI.- REGINA VIRGINIA LOAYZA CRUZ, mayor de edad hábil por derecho, soltera, con C.I. 4376526, con domicilio en la zona Alto Villa Victoria Calle “H”, N° 479 de ocupación asistente técnico, dentro el proceso de HOMOLOGACION DE ASISTENCIA FAMILAR POR ACUERDO TRANSACCIONAL, en contra de RENE ROBERTO YANA CHIPANA, expongo y pido: --- ANTECEDENTES --- Digna Autoridad el 1 de marzo de 2010 fue ingresada como demanda nueva, en lo que fue EL JUZGADO 2do DE INSTRUCCIÓN DE FAMILIA, bajo el tenor de HOMOLOGACION DE DOCUMENTO, un Acuerdo Transaccional, donde se disponía el monto de 300 Bs. Trecientos Bolivianos 00/100, en calidad de Asistencia Familiar en favor de nuestro dos hijos de nombre DANIEL YANA LOAYZA DE 7 AÑOS DE EDAD Y ERICK RICARDO YANA LOAYZA DE 3 AÑOS DE EDAD, suscrito en el CENTRO DE PROMOCION DE LA MUJER “GREOGIRA APAZA” Unidad de Fortalecimiento personal y familiar, que por razones laborales no pude proseguir. --- PETITORIO --- En apego al Art. 24 de la C.P.E. DERECHO A LA PETICION, pido que el proceso registrado en el SISTEMA SIJPLU, bajo NUREJ: 201003254E, que haciendo revisión del cuaderno de PROCESOS ARCHIVADOS DE LA GESTION 2012, catalogada en orden alfabético con la letra “L”, numero de proceso 14, estado del proceso en NOTIFICACION, CON NUMERO DE FOJAS 6, y que erróneamente estoy como demandante bajo el nombre de LIMACHI LOAYZA CRUZ REGINA (OSEA 3 APELLIDOS Y OBVIANDO MI SEGUNDO NOMBRE), siendo lo correcto REGINA VIRGINIA LOAYZA CRUZ y como demandado YANA CHIPANNA RENE, (SIENDON SU SEGUNDO APELLIDO CHIPANA, CON UNA SOLA “N”), PIDO RESPETUOSAMENTE EL CORRESPONDIENTE DESARCHIVO Y PUESTA A LA VISTA DEL PROCESO DETALLADO. --- OTROSI 1.- Fotocopia de carnet de identidad de mi persona como demandante y parte interesada. --- OTROSI 2.- Para acreditar adjunto como prueba documental, fotocopias simples en número de Fojas 9: CARATULA EXPEDIENTE JUDICIAL, FOTOCOPIAS DE CERTIFICADO DE NACIMIENTO DE MIS 2 HIJOS, ACUERDO TRANSACCIONAL DE ASISTENCIA FAMILIAR, PRESENTACION DE SOLICITUD DE HOMOLOGACION DE DOCUMENTO, FOTOCOPIAS DE MI PERSONA Y DE MIS DOS HIJOS 3. --- DETALLE DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES.- Podrá evidenciar que en las fotocopias adjuntas en la FOJA #1 consta de un sello difuso, pero que a primero vista se observa “CONSEJO DE LA JUDICATURA DEPARTAMENTAL” de fecha 02 DE MARZO DE 2010 y que de forma incompleta se muestra ECHEVERRIA TOLEDO quien de seguro fue el que lo admitió. --- FOJA#2 Y 3 los certificados de nacimiento de mis hijos. --- FOJA #4 el acuerdo transaccional que fue realizado en el CENTRO DE PROMOCION DE LA MIJER GREGORIA APAZA, en la UNIDAD DE FORTALECIMIENTO PERSONAL Y FAMILIAR--- FOJA #5 bajo el sello de la PROFESIONAL ABOGADO MAGALI MARIA CHAVEZ VEGA con matricula del Colegio de Abogados MCA 4069 ---FOJA #6 un sello de CORTE SUPERIOR DEL DISTRITO DE LA PAZ, el ALTO BOLIVIA” de fecha 1 de marzo de 2010. --- ACREDITANDO LO QUE TENGO COMO PRUEBA DOCUMENTAL DE LO PRESENTADO EL AÑO 2010” --- OTROSI 3.- Señalo domicilio procesal la secretaria de su digno despacho y para notificaciones electrónicas el número de teléfono 69593410 y Correo Electrónico: manolo_fila@hotmail.com --- --- El Alto, 20 de febrero de 2024 --- FIRMA: ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE ---FIRMA ILEGIBLE: REGINA VIRGINIA LOAYZA CRUZ – IMPETRANTE --- DECRETO CURSANTE A FS. 18 DE OBRADOS --- A, 21 de febrero de 2024 --- Por archivo central procédase al desarchivo del expediente que solicita, siempre y cuando corresponda a este despacho judicial, debiendo notificarse a la parte contraria en domicilio real. --- Asimismo ofíciese al SEGIP y SERECI para que informe sobre el último domicilio de la parte demandada RENE ROBERTO YANA CHIPANA. --- Debiendo verificarse por archivo central si el presente proceso es el mismo en el cual se adjunta antecedentes. --- AL OTROSI 1 y 2.- Por adjunto. --- AL OTROSI 3.- Por lo señalado domicilio procesal, numero de celular y correo electrónico sin perjuicio de practicarse las notificaciones conforme lo dispone el Art. 314 de la Ley 603, Se tiene presente el correo electrónico y el número de celular. --- FIRMA Y SELLA: DR. JOSE LUIS HIDALGO GUARACHI – JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA 6º TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA DRA. JESSICA JENNY MARTINEZ AGUIRRE – SECRETARIA – ABOGADA – JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 6º DE FAMILIA DE EL ALTO. --- MEMORIAL CURSANTE A FS. 51 DE OBRADOS. --- SEÑOR (A) JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEXTO DE LA CIUDAD DE EL ALTO. --- NUREJ: 201003254E --- SOLICITA: PREVIO JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO--- OTROSI. SU CONTENIDO --- YERALD DANUEL YANA LOAYZA (22 AÑOS) y ERICK RICARDO YANA LOAYZA (18 AÑOS) mayores de edad, ambos dentro del proceso de HOMOLOGACION DE ASISTENCIA FAMILIAR POR ACUERDO TRANSACCIONAL caso caratulado LOAYZA/YANA en contra del señor: RENE ROBERTO YANA CHIPANA C.I. 4948771 presentándonos ante su autoridad, solicitamos exponemos y pedimos, Señora juez, tengo a bien informar a su digna autoridad que en fecha 08 de julio de la presente gestión junto al oficial de diligencias nos trasladamos al domicilio real que indica, no habiendo sido encontrado al demandado en la Dirección señalada por (SEGIP Y SERECI) la misma corroboro por el oficial de diligencias de su juzgado, informe que cursa a fs. 46 y 50 de obrados, por lo que, conforme lo establece el Art. 78 del Código Procesal Civil, solicitamos se cite mediante edictos, protestando de nuestra parte cumplir con el juramento correspondiente y demás recaudos de rigor. Por qué desconocemos algún otro domicilio o punto de encuentro del demandado. --- OTROSI 1ro.- solicito se señale día y hora para juramento de desconocimiento de domicilio del demandado. Para la notificación vía edicto a través de la publicación judicial (SISTEMA HERMES) --- OTROSI 2do.- Para fines de notificación; domicilio procesal: Edif. “TORREZ AZUL” 1er piso, of. No. 22 A/ Franco Valle No. N° 531, z/ 12 de octubre. --- Correo Electrónico: torrezrene34@gmail.com --- Celular: 71995267 --- “MANDATUM AD IUDICIA” EL ALTO 31 DE JULIO DE 2024 --- FIRMA: ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE ---FIRMA ILEGIBLE DEL IMPETRANTE --- AUTO CURSANTE A FS. 52 DE OBRADOS --- El Alto, 01 de agosto de 2024 ---VISTOS: Se tiene presente lo manifestado, evidenciándose por representación de la oficial de diligencias cursantes a fs. 50 que no pudo ser habido el domicilio del demandado, en la dirección que certifica SERECI a fs. 32 y SEGIP a fs. 27, se dispone que por secretaria de juzgado se proceda al juramento de desconocimiento de domicilio previo a la publicación por edictos. --- AL OTROSI 1.- A lo principal. --- AL OTROSI 2do.- Se tiene presente y por señalado domicilio procesal, número de celular y correo electrónico sin perjuicio de cumplirse a lo dispuesto en el Art. 314 de la Ley 603 con referencia a las notificaciones en secretaria.--- FIRMA Y SELLA: DR. JOSE LUIS HIDALGO GUARACHI – JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA 6º TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA DRA. JESSICA JENNY MARTINEZ AGUIRRE – SECRETARIA – ABOGADA – JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 6º DE FAMILIA DE EL ALTO --- ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO CURSANTE A FS. 56 DE OBRADOS--- En la ciudad de El Alto, a horas 14:25 p.m. del día 15 de agosto de 2024 el personal del JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEXTO DE LA CIUDAD DE EL ALTO compuesto por el Dr. Juez JOSE LUIS HIDALGO GUARACHI y la suscrita Secretaria – Abogada Dra. JESSICA JENNY MARTINEZ AGUIRRE, se hizo la persona que responde al nombre de ERICK RICARDO YANA LOAYZA C. I. 9234091 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, con domicilio RESD. EN CAJIJATA – PROV. INQUISIVI y se hizo la persona que responde al nombre de YERAL DANIEL YANA LOAYZA C. I. 9234092 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, con domicilio CALLE “H” N° 479, Z. ALTO VILLA VICTORIA, quien previo juramento de ley manifiestan: “JURO DESCONOCER EL DOMICILIO DE LA PARTE DEMANDADA RENE ROBERTO YANA CHIPANA”, con el que termino el acto, leída que le fue persistió en su tenor, firmando en constancia: FIRMA ILEGIBLE: ERICK RICARDO YANA LOAYZA Y YERAL DANIEL YANA LOAYZA - IMPETRANTES--- FIRMA Y SELLA DRA. JESSICA JENNY MARTINEZ AGUIRRE – SECRETARIA – ABOGADA – JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 6º DE FAMILIA DE EL ALTO.
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