EDICTO

Ciudad: TRINIDAD

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER SEGUNDO DE LA CAPITAL


POR EL PRESENTE EDICTO: Cita y emplaza a: WILFREDO MELGAR CAMPOS, a objeto de que SEA DE SU CONOCIMIENTO: INFORME DEL 03/07/2024 Y ACTA DE SUSPENSIÓN DE AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA DEL 21/08/2024, dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PÚBLICO y ELIEZER BARBA VACA contra WILFREDO MELGAR CAMPOS Y OTROS por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO; a cuyo fin se transcriben los actuados pertinentes: Código Único: 801102012201063 LA SUSCRITA SECRETARIA – DEL JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL DE LA CAPITAL I N F O R M A: # 24/2024 WILFREDO MELGAR CAMPOS, habiéndose beneficiado con la SUSPENCIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, dentro del proceso seguido por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, caso con NUREJ 801102012201063, mediante Resolución de fecha 18 de Agosto del año 2023, con la obligación que tiene que cumplir con todas las condiciones impuestas por el tiempo de 02 años y 06 meses. 1. Presentación ante el JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL a firmar el libro de control respectivo una vez cada 20 días. 2. Prohibición de incurrir en otro ilícito penal es decir Robo, Hurto, Robo Agravado u otro, prohibición de portar armas de fuego y objetos punzocortante, 3. Prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio. 4. Realizar trabajo comunitario en el Asilo de Ancianos “Sagrado Corazón de Jesús” de esta ciudad de Trinidad, en el cual debe hacerse presente una vez al mes, sea en la jornada del día sábado por 4 horas a efectos de brindar el apoyo o limpieza que requiera este lugar o la función que le asigne el Encargado de dicho asilo de ancianos. En la cual de revisión del cuadernillo habría incumplido, al punto 1 y 4, en adjuntar certificado de trabajo. Santísima trinidad 03 de Julio del año 2024 ACTA DE SUSPENSIÓN DE AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA CODIGO ÚNICO: 801102012201063 En esta ciudad de Trinidad-Beni, a horas 10:00 am. del día miércoles 21 de agosto del año Dos Mil Veinticuatro (2024) se reunió el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 2° DE LA CAPITAL, compuesto por la JUEZ DRA. CELINA MOROCHI MAMANI y el SECRETARIO ABOGADO ALEXIS FERNANDEZ RUIZ, a objeto de celebrar la AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PÚBLICO a denuncia de ELIEZER BARBA VACA contra WILFREDO MELGAR CAMPOS por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO. JUEZ.- Buenos días a todos los presentes, vamos a dar inicio a la presente audiencia, a tal efecto por secretaría infórmese sobre las notificaciones realizadas a los sujetos procesales y la presencia de los mismos. SECRETARIO.- La palabra señora Juez, informar a su autoridad que no está legalmente notificado el condenado WILFREDO MELGAR CAMPOS como se evidencia en la REPRESENTACIÓN realizada por la OGP cursante en obrados, se constata la legal notificación y presencia en sala de: la representante del Ministerio Público Dra. Nathalie Vega Vega, no está presente la parte víctima. JUEZ.- Se tiene presente lo informado y toda vez que el condenado WILFREDO MELGAR CAMPOS tuviera un domicilio genérico e impreciso donde pueda ser legalmente notificado como se ha indicado por parte del funcionario de la Oficina Gestora de Procesos, lo cual nos lleva a remitirnos a lo establecido por el art. 165 del CPP por lo que se ordena la notificación al ciudadano WILFREDO MELGAR CAMPOS vía EDICTO a través del sistema Hermes, en consecuencia vamos a suspender este acto y convocar a las partes a una fecha de AUDIENCIA DE REVOCATORIA DEL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA y sea para el día JUEVES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2024 A HORAS 10:00 AM, quedando notificada en audiencia la representante del Ministerio Público, debiendo notificarse a la víctima y al abogado defensor del imputado; con lo que concluye este acto. Fdo. y sellado Abg.. Celina Morochi Mamani - Juez de Instrucción Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia las Mujeres 2°; Ante Mi Fdo. Y Sellado Abg. Alexis Fernández Ruiz– Secretario Del Juzgado de Instrucción Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia las Mujeres 2°. -


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