EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER CUARTO DE LA CAPITAL


E D I C T O D E L E Y EL DR. ALIPIO VELIZ VELIZ, JUEZ de INSTRUCCIÓN PENAL ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES N° 4 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA: Por el presente EDICTO DE LEY, que tiene carácter notificación se emplaza a la víctima: 1.- Patricia Ayma Rios, que dentro del plazo previsto por Ley de la publicación del presente edicto, comparezca ante éste Despacho Judicial y asuman defensa en el caso seguido por el Ministerio Público contra Luis Ventura Roque Roque y Otro, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, a cuyo efecto se trascriben los siguientes actuados de Ley.----------------------------------------------------------------------------- SEÑOR (A) JUEZ DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE TURNO ORURO-BOLIVIA Comunico Inicio de Investigación. - CUD: 401503022400315 Abg. F. GONZALO ÁLVAREZ CONDORI, Fiscal de materia al amparo de lo previsto por el art. 225 de la Constitución Política del Estado de conformidad con lo establecido por la última parte de los Arts 289 y 298 del Código de Procedimiento Penal, comunico a su autoridad: A denuncia de: PATRICIA AYMA RIOS Domicilio Real: Calle Villazon y Velasco N° 19. Zona sud de esta ciudad. Domicilio Procesal: No se menciona. En contra de: LUIS VENTURA ROQUE Domicilio Real: No se menciona. Domicilio Procesal: No se menciona Se han iniciado mvestigaciones preliminares por la presunta comisión, Del Delito de: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA Tipificado y sancionado por el Art. 272 bis. núm. 1 del Código Penal: en relación al Art. 7 núm. 1 (Violencia Fisica) de la ley N°348, Y en contra de: LUIS ALBERTO VENTURA AYMA Domicilio Real: No se menciona Domicilio Procesal: No se menciona. Del Delito de: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA Tipificado y sancionado por el Art. 272 bis, núm. 3 del Código Penal, en relación al Art. 7 núm. I (Violencia Física) de la Ley Nº348 Resultando Victima del hecho: PATRICIA AYMA RIOS Sírvase asumir las medidas pertinentes a efecto del control jurisdiccional. Otrosi 1° El Ministerio Público asume las siguientes Medidas de Protección (para mujeres) establecidas en el art. 389 bis. parágrafo 1, núm. 5 y 14, del Código de Procedimiento Penal, solicitando sean ratificadas. Otrosí 2. Se adjunta el croquis domiciliario. Otrosi 3. Domicilio procesal, calle Camacho esquina Junín, oficinas del Ministerio Público, siendo que el caso fue derivado a la Fiscalía Especializada correspondiente. Oruro, 9 de agosto de 2024 LLEVA FIRMAS Y SELLOS Dr. F. Gonzalo Alvarez Condori FISCAL DE MATERIA ORURO – BOLIVIA Decreto Oruro, 13 de agosto de 2024 Se tiene presente el inicio de investigaciones para fines de control jurisdiccional, alternativamente notifíquese a las partes procesales en sus domicilios señalados para su conocimiento a objeto de que si asi creyeren conveniente den aplicación a los establecido por el art. 308 y 314 del Código de Procedimiento Penal, modificado por la Ley Nº 1173 y estén a derecho. Debiendo la autoridad fiscal cumplir con los plazos establecidos en el art. 94 de la Ley 348, bajo su entera responsabilidad. Asimismo, NOTIFIQUESE con carácter de CONMINATORIA al Fiscal de Materia y alternativamente a la Oficina Gestora de Procesos, a objeto de que en el plazo de 24 horas remitan a este despacho jurisdiccional el croquis domiciliario y el Formulario SEGIP de los sindicados: LUIS VENTURA ROQUE y LUIS ALBERTO VENTURA AYMA y de la víctima PATRICIA AYMA RIOS con C.I.: 3087705, sea el mismo para fines consiguientes de Ley. Al Otrosí 1. Se ratifican las medidas de protección para mujeres en favor de la víctima establecidas en el art. 389 Bis de la Ley 1173, que debe ser cumplido a cabalidad por el sindicado entre ellas: Núm. 1). Ordenar la salida, desocupación, restricción al agresor del domicilio conyugal o donde habite la mujer en situación de violencia, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, y ordenar que el agresor se someta a una terapia psicológica en un servicio de rehabilitación; Núm. 5) Prohibir al agresor comunicarse intimidar o molestar por cualquier medio o atreves de terceras personas a la mujer que se encuentra en situación de violencia. Num. 14) Prohibición de transitar por los lugares de recorrido frecuente de la victima. Al Otrosi 2. Por adjunto. Al Otrosí 3. Por señalado el domicilio procesal. LLEVA FIRMAS Y SELLOS Dr. Alipio Veliz Veliz JUEZ ORURO - BOLIVIA Dr. Walter Boris Villarroel Rojas SECRETARIO JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES N° 4 TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL. ANTICORRUPCION.Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 4 N°401503022400315'3 El suscrito Gestor de la Oficina Gestora de Procesos N°1, tiene a bien informar a su autoridad lo siguiente: Que, la Oficina Gestora de Procesos N°1, recibió la orden de notificar a: PATRICIA AYMA RIOS, con dirección: VILLAZON Y VELASCO N°19 Z/SUD OR. Según los datos proporcionados por su digno juzgado, la prenombrada notificación consigna su domicilio real en la calle VILLAZON Y VELASCO N°19, dirección a la que nos constituimos, empero sin encontrar el bien inmueble signado con el N°19, esto debido que en la dirección mencionada no existe esa numeración o no se encuentra visible, razón por la que indagamos en la zona por la persona a notificarse, no lográndose tener mayores resultados; y es en razón de lo señalado que no fue posible efectuar dicha notificación. Adjunta placa fotográfica. Es cuanto informo para fines consiguientes de ley. Oruro, 15 de agosto de 2024 LLEVA FIRMAS Y SELLOS Jose flores miranda Gestor Oficina gestora de procesos N°1 Decreto Oruro, 21 de agosto de 2024 A lo principal, por adjunto y se tiene presente para fines de control jurisdiccional, en ese merito, notifíquese de forma personal en sus domicilios señalados a los sindicados: LUIS VENTURA ROQUE y LUIS ALBERTO VENTURA AYMA; alternativamente, al no tener datos precisos de ubicación para poder notificar a la victima, conforme a lo establecido por el Art. 165 del Código de Procedimiento Penal, se dispone la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS en el sistema Hermes del Órgano Judicial a PATRICIA AYMA RIOS, con la imputación formal y demás antecedentes pertinentes. LLEVA FIRMAS Y SELLOS Dr. Alipio Veliz Veliz JUEZ Dr. Walter Boris Villarroel Rojas SECRETARIO JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES N° 4 EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.


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