EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SÉPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL


EDICTO Nº 127/2024 JUZGADO PUBLICO SEPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL JUEZ: LIC. JUAN QUIROGA ORTIZ SECRETARIA: LIC. MARÍA DEL CARMEN FLORES ELÍAS SUCRE- BOLIVIA Por el presente EDICTO, se CITARA/NOTIFICARA a : TEOFILO CHOQUE MUÑOZ , con la planilla de liquidación de fecha 25/07/2024, providencia de fecha 29/07/2024, memorial de fecha 16/08/2024 y providencia de fecha 19/08/2024 con NUREJ:201104946, dentro del Proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido por: MARTHA SIERRA DURAN SEÑOR JUEZ PÚBLICO SEPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL. - NUREJ 201104946.- I.- DEVUELVE MANDAMIENTO DE APREMIO. - II.- PRESENTA ACTUALIZACIÓN DE PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR DEVENGADA. - OTROSÍ. - MARTHA SIERRA DURAN, de generales ya conocidas por su autoridad dentro del fenecido proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido por mi persona contra TEOFILO CHOQUE MUÑOZ; ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido: I.- DEVUELVE MANDAMIENTO DE APREMIO. - señor Juez, de la revisión del expediente se tiene que mediante auto de fecha 10 de junio de 2021 a fs. 134, del expediente se aprobó planilla de liquidación de asistencia familiar por el monto que suma de Bs. 27.300 (VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS BOLIVIANOS) la cual adeudaría el demandado, ahora bien señor juez resulta que mi persona y conforme consta en el expediente solicite mandamiento de apremio, la cual lamentablemente no se pudo ejecutar, ya que el demandado cambio de domicilio y no se pudo localizar su estadía o paradero, por la cual devuelvo mandamiento de apremio. II.-PRESENTA ACTUALIZACIÓN DE PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR DEVENGADA. - Señor juez en vista de que el obligado no cumple con su responsabilidad de padre rehusándose de su obligación haciendo que mi persona cumpla el rol de madre y padre de mi hijo y teniendo que además cubrir las necesidades de mi hijo sola, necesidades que se incrementaron por el crecimiento constante de mi hijo, ya que me es complejo cubrir las necesidades de nuestro hijo sola., por la cual presento nuevamente actualización de planilla de liquidación., La cual tiene el siguiente detalle: Del 20 de marzo de 2021 al 20 de julio 2024-------------------------------------son 40 meses a Bs. 300 x mes-----------------------------------------Bs. 12.000 Más de la última planilla de liquidación de asistencia familiar aprobado mediante auto fecha 10 de junio de 2021 a fs. 134, el demandado adeuda la suma de ---------------------------------------------------------------BS.27.300 TOTAL----------------------------------------------------------------------------Bs. 39.300 La presente planilla de liquidación de asistencia familiar asciende a un monto de Bs. 39.300 (TREINTA Y NUEVE MIL BOLIVIANOS) monto de asistencia familiar que adeuda hasta el 20 de julio del año 2024. Por todo lo expuesto señor Juez, al amparo de lo establecido por el art. 415 de la Ley 603, tengo a bien presentar PLANILLA DE LIQUIDACION ACTUALIZADA, solicitando a su probidad que corra en traslado al demandado a objeto de que en el plazo establecido por ley se pronuncie. Será Justicia &. - Otrosí. - En vista de desconocer el domicilio real del obligado y con el fin de notificar al mismo mediante edictos, pido que oficie al SEGIP Y AL SERECI, a objeto de certificar cual es el último domicilio real del obligado TEOFILO CHOQUE MUÑOZ. Otrosí. – señalo mi domicilio procesal en la calle héroes de Ñancahuasu. Sucre, 25 de julio del año 2024 Sucre, 29 de julio de 2024 Con la planilla de liquidación, TRASLADO al demandado para que se pronuncie en el plazo de 3 días computables a partir de su notificación. Al 1 y 2.- Se tiene presente. SEÑO JUEZ PÚBLICO SEPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL. – NUREJ 201104946.- I.- SOLICITA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS. - OTROSÍ. - MARTHA SIERRA DURAN, de generales ya expresadas dentro del proceso de asistencia familiar seguido por mi persona contra TEOFILO CHOQUE MUÑOZ; a su autoridad con el debido respeto expongo y pido: Señor juez, por la certificación emitida por el SERECI y la certificación emitida por el SEGIP adjunto al presente memorial se tiene que el obligado no registra domicilio real preciso, es así señor Juez que, ante el desconocimiento del domicilio del demandado, por donde corresponda previo cumplimiento de las formalidades de ley al amparo de lo establecido por el art. 308 del Código de las Familias, pido se proceda a la citación del demandado mediante edictos. Justicia &.- Otrosí. - conoceré providencias en secretaria de su digno despacho. Sucre, 15 de agosto del año 2024 Sucre, 19 de agosto de 2024 Se tiene presente, procédase a la notificación del demandado mediante Edictos en el sistema HERMES con la planilla de liquidación. Al 1.- Se tiene presente. Fdo.-Lic. JUAN QUIROGA ORTIZ.- JUEZ PÚBLICO SEPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL, SUCRE-BOLIVIA. Ante mí.-Lic. MARÍA DEL CARMEN FLORES ELÍAS.- ABOGADA.- JUZGADO PÚBLICO SEPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL, SUCRE - BOLIVIA. _____________________________________________________________________ EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, A LOS 26 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


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