EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES PRIMERO


JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL SUCRE-BOLIVIA Edicto Nº 432/2024 EL DOCTOR LUIS BENJAMIN ROJAS LATORRE JUEZ DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL Sucre – Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: A LOS ACUSADOS JHONNY MIRANDA CARO Y JUAN CARLOS ORTIZ que dentro del proceso penal que sigue EL MINISTERIO PUBLICO a denuncia de XIMENA CAMACHO GOYZUETA EN REPRESENTACION DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEPARTAMENTAL, COMO VICTIMA RONALD ROCA GANTIER EN REPRESENTACION DE SERECI en contra JHONNY MIRANDA CARO, JUAN CARLOS ORTIZ Y OTROS por la comisión del delito de DESTRUCCION O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO, INCENDIO Y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado por el Código Penal, signado con NUREJ: 101102011900256 en aplicación del Art.165 del C.P.P, se ha dispuesto que se notifique con ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA DE 23 DE AGOSTO DE 2024. a cuyo fin adjunto la siguiente pieza procesal cuyo contenido y tenor es el siguiente -------------------------------------------------------------------------------- ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA DE 23 DE AGOSTO DE 2024. JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL Sucre – Bolivia ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO NUREJ 101102011900256 JUEZ Dr. Luis Benjamín Rojas Latorre SECRETARIA-ABOGADA Lic. María Silvana Gorena Camacho ACUSACION FISCAL FERNANDO ARAGON ACUSACION PARTICULAR TRIBUNAL ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA T.E.D.CH DUNNAR VARGAS (PRESIDENTE) ABOGADO JESSICA SIVILA (ASESORA LEGAL) ACUSACION PARTICULAR SERECI RONALD ROCA (REPRESENTANTE LEGAL) ABOGADO MILTON MARIO TUDELA (ASESOR LEGAL) PROCURADORIA GENERAL DEL ESTADO ALDO CHUNGARA (DIRECTOR) ABOGADO EDWIN ROMERO JUAN CARLOS ZAPANA ACUSADOS RODRIGO MARCO LOPEZ LOPEZ EULOGIO ANTONIO MOSCOSO DORIA MEDINA ABOGADO SIMAR CAMPOS ACUSADOS JHONNY MIRANDA CARO (RBD) JUAN CARLOS ORTIZ LOMAR (RBD) DEFENSOR DE OFICIO JOSE FERNANDO BARCAYA CONDO FECHA DE AUDIENCIA Sucre, 23 de agosto de 2024 HORA DE INICIO Hrs. 09.15 OBJETO Continuación de Juicio Oral (presencial) En la ciudad de Sucre, Capital del Estado Plurinacional de Bolivia, a nueve con quince minutos del día veintitrés de agosto del dos mil veinticuatro, el señor Juez de Sentencia N° 1 en lo Penal de la Capital, Dr. Luis Benjamín Rojas Latorre y la suscrita secretaria legal Lic. María Silvana Gorena Camacho, quedó instalada la presente audiencia de continuación de juicio oral dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PUBLICO A DENUNCIA DE TRIBUNAL ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA y otros en contra de JHONNY MIRANDA CARO y otros, por la presunta comisión del delito de DESTRUCCION O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO, INCENDIO Y ROBO AGRAVADO, por secretaría pido informar si las partes están legalmente notificadas y si acudieron a esta audiencia. SECRETARIA: Con la palabra señor Juez, informarle que las partes fueron legalmente notificadas, se encuentra presente la representación fiscal Fernando Aragón, presente por la institución acusadora particular Tribunal Electoral departamental de Chuquisaca la asesora legal Dra. Jessica Sivila ausente el acusador particular SERECI, ausente por parte de la Procuraduría General del Estado el director Aldo Chungara, presentes los acusados Rodrigo Marco López Lopez, Eulogio Antonio Moscoso Doria Medina asistidos de su abogado Dr. Simar Campos, ausentes los de acusados declarados rebeldes Jhonny Miranda Caro, Juan Carlos Ortiz Lomar ausente el defensor de oficio designado Dr. José Fernando Barcaya JUEZ: Se tiene presente, se concede la palabra a la autoridad fiscal para que se manifieste sobre la inconcurrencia del SERECÍ. FISCAL: Tengo entendido que el SERECÍ se ha constituido como acusador particular en ese sentido, caeríamos dentro de una de las causales de suspensión de la audiencia, que justifique su inasistencia y en caso de no hacerlo declarar el abandono de la acusación particular JUEZ: Se tiene presente, la abogada del Tribunal Electoral T.E.D.CH: Me allano a lo señalado por el Ministerio Fiscal DEFENSA: La inconcurrencia de la parte querellante y además injustificada, se ha señalado con la debida anticipación esta audiencia, conforme establece el Art. 292 corresponde declarar el abandono de querella de esta entidad señor Juez. JUEZ: Se tiene presente, es posible que se haya presentado alguna situación de fuerza mayor en esta institución considerando que depende del Tribunal Supremo Electoral y el Tribunal ya ha dado inicio a un cronograma de proceso electoral, entonces posiblemente se deba a una razón de ese tipo la inconcurrencia de esta institución por ello correspondería conferirle un plazo a objeto de que justifique, bajo sanción de proceder conforme ha solicitado el abogado de la defensa. Entonces vamos a fijar una nueva audiencia de juicio, esta audiencia se va a verificar a partir de horas 09:00 del día martes 15 de octubre del año en curso de manera presencial. ABG. SIMAR CAMPOS: Ambos acusados trabajan y fue difícil pedir permiso para toda la mañana de hoy, si pudiera ser algún día en la tarde por favor. JUEZ: Entonces esta audiencia se va a verificar a partir de horas 15:00 del día lunes 14 de octubre del año en curso de manera presencial , con suspensión de plazos procesales de acuerdo al artículo 130 del Código de procedimiento penal y debiendo librarse mandamientos de comparendo para que se hagan presentes testigos y peritos que hubiesen sido ofrecidos por las partes y quedando notificadas las que se encuentran en esta audiencia al acto anteriormente señalado; como se ha manifestado se va otorgar un plazo de 48 horas al Servicio de Registro Cívico para que dé cuenta de los motivos que impidieron su presencia en esta audiencia de juicio bajo sanción de declararse el abandono de su acusación, entiendo que el Ministerio Público en la próxima audiencia va a producir prueba de videograbación. FISCAL: Sí Dr. traje los equipos JUEZ: No habiendo nada más que tratar vamos a dar por concluido este acto. Con lo que concluyó la presente audiencia, firmando en constancia el señor Juez y la suscrita Secretaria, que certifican. LUIS BENJAMÍN ROJAS LATORRE……………………..……........................... FDO. SECRETARIA - ABOGADA – MARIA S. GORENA CAMACHO…...………. EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS 23 DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO…………………………………………………………………………… D. S. O.


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