EDICTO

Ciudad: TRINIDAD

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


E D I C T O PARA: JORGE VACA MALUE EL DR. GREGORIO CHUNGARA CONDORI – JUEZ DE SENTENCIA EN LO PENAL N° 1 DE LA CAPITAL. P O R E L P R E S E N T E E D I C T O: NOTIFICAR A JORGE VACA MALUE. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra Jorge Vaca Malue, por la probable comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, se dispuso la notificación mediante edicto conforme al art. 165 del CPP, a publicarse en el portal electrónico de notificaciones de la página del Tribunal Supremo de Justicia, para lo cual se transcriben en sus partes más importantes para conocimiento. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Nurej.-201503487 M.P.C/ Jorge Vaca Malue, Roger Pedraza Delito.- incumplimiento de contrato A, 22 de agosto del 2024 En atención al memorial impetrado por el Fondo de Desarrollo Indígena, solicitando se señale día y hora de juicio, al respecto se señala audiencia de juicio oral y público para el jueves 26 de septiembre del 2024 a horas 10:00 AM. ( todo de conformidad al art. 130 ultima parte del C.P.P. la suspensión de plazos por razones de fuerza mayor, ya que de acuerdo a la agenda de este juzgado ya se tienen otras audiencias antes ya señaladas con anterioridad). Notifíquese al señor Jorge Vaca Malue, mediante edictos conforme al art. 165 del C.P.P. a publicarse por el Portal de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Notifíquese a las demás partes conforme a ley. --------------------------------------------------------------------------------------------- El Edicto correspondiente, deberá ser publicado a través del portal electrónico de notificaciones de la página del Tribunal Supremo de Justicia, por el cual se notifica al señor: JORGE VACA MALUE dentro del presente proceso. Es todo para los fines consiguientes de ley. El presente Edicto es librado en la ciudad de la Santísima Trinidad, capital del Departamento del Beni, a los Veintitres días del mes de Agosto del año Dos Mil Veinticuatro. . . Fdo. Y sellado por el Juez de Sentencia en lo Penal N° 1 de la Capital – Dr. Gregorio Chungara Condori. Ante mi Secretaria Abog. María Celia Teresa Zelada Parada. Doy Fe.


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