EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE EJECUCIÓN EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


JUZGADO DE EJECUCION PENAL Nº 1 DE LA CAPITAL SUCRE-BOLIVIA Edicto Nº 379/2024 EL DOCTOR JUAN ALBERTO YEBARA ORTEGA JUEZ DE EJECUCION PENAL DE LA CAPITAL Sucre – Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a la TERESA SAAVEDRA CASTELLONdentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PÙBLICO en contra del sentenciado ASBEL QUISPE MORA por la comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA previsto y sancionado por el Código Penal, signado con C.U.: 101102012101801, en aplicación del Art. 429 BIS del Código de Procedimiento Penal, se ha dispuesto que se notifique con el incidente, certificado de permanencia y conducta, certificación d evocación de trabajo y estudio, informe de cómputo y decreto 21/08/2024 ; a cuyo fin adjunto la siguientes piezas procesales cuyo contenido y tenor es el siguiente…………………................................................................................... SEÑOR JUEZ DE EJECUCION PENAL N°1 DE LA CAPITAL Incidente de Redención de Penas. - Otrosies. - NUREJ: 101102012101801 ASBEL QUISPE MORA, mayor de edad, con C.I. N°4115793- Ch., hábil por derecho, dentro del fenecido proceso penal seguido a instancias del Ministerio Publico en mi contra y por el cual actualmente me encuentro cumpliendo condena en el penal de San Roque al haber sido sentenciada por el delito "VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA", ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido: 1. ANTECEDENTES Señor Juez, se me condenó a 03 años y 08 meses de reclusión por el delito de "VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA", mediante Mandamiento de Condena N°13/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, emanada por la Dr. J. Martin Echeverria Céspedes Juez de Sentencia N°4 en lo Penal de la Capital Sucre-Bolivia, la misma que me encuentro cumpliendo desde la fecha de 08 de mayo de 2021 al 20 de junio de 2022 en detención domiciliaria y del 20 de junio de 2022 al 13 de febrero de 2023 en el Recinto Penitenciario de San Roque haciendo un total de 2 años, 10 meses y 19 días, tiempo durante el cual he estado trabajando y estudiando al interior del Recinto Penitenciario de San Roque. 11. BASE LEGAL Al haber cumplido las 2/5 partes de mi condena, amparo de los Arts. 138 y 139 de la Ley de Ejecución de Penas y Supervisión, Art. 432 del Código de Procedimiento Penal y el Art. 24 de la Constitución Política del Estado, INCIDENTE DE BENEFICIO DE REDENCION DE PENA, por cumplir con todos los requisitos: No estoy condenado por delito que no permita indulto. He cumplido las dos quintas partes de mi condena. He trabajado de manera regular bajo el control de la administración del control del Centro Penitenciario de San Roque. No estoy comprendido dentro de las causales de los numerales 4, 5 y 6 del Art. 138 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión. No he sido sancionado por faltas graves o muy graves en el último año PETITORIO Durante mi permanencia en el Penal de San Roque me he dedicado al trabajo y estudio, por ello que pido a su autoridad lo siguiente: . Que se ordene mediante Decreto al Director Departamental del Régimen Penitenciario remitan ante su autoridad las Tarjetas de Control Individual (TCS) ACTUALIZADOS, mismas que acrediten el tiempo de mi persona ha trabajado y estudiado al interior del Recinto Penitenciario de San roque y sea a la brevedad posible. Así mismo solicito a su autoridad que por secretaria de su digno despacho se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de San Roque a efectos de que remitan a su digno despacho mi CERTIFICADO DE PERMANENCIA Y CONDUCTA ACTUALIZADO. Por lo expuesto precedentemente Y habiendo cumplido los requisitos que establece el Art. 138 de la Ley N°2298 Ley de Ejecución Penal a efectos del beneficio de la redención tengo a bien solicitar a su AUTORIDAD PREVIA LAS FORMALIDADES DE LEY ES DECIR AL MOMENTO DE QUE SE EMITAN ANTE SU DIGNA AUTORIDAD LA DOCUMENTAL CORRESPONDIENTE SE SIRVA SEÑALAR DIA Y HORA PARA SU CONSIDERACION EN AUDIENCIA. Justicia. - Otrosí 1°. Solicito que por secretaria de su digno despacho se practique el computo de pena y se emita un informe del mismo. Otrosi 2°. - Señalo domicilio real y procesal la cárcel Publica de San Roque de esta ciudad. Sucre, 27 de marzo de 2024 DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE REGIMEN PENITENCIARIO MINISTERIO DE GOBIERNO SUCRE-BOLIVIA JUNTA DE EDUCACIÓN Sucre, 30 de abril de 2024 Abog. Juan Alberto Yebara Ortega JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Abog. Juan Carlos Saavedra DIRECTOR DEPARTAMENTAL RÉGIMEN PENITENCIARIO DE CHUQUISACA 3.0 ABR. 2024 Lic. Ferdy Marcelo Montero Severiche PSICOLOGO Y RESPONSABLE DE ESTUDIOS DE PENITENCIARIO DE CHUQUISACA RÉGIMEN REF: INFORME NEGATIVO DE ESTUDIO De mi mayor consideración: Lisseth Miranda SECRETARIA REPEN A través de la presente reciba un cordial saludo y deseos de éxito en las funciones laborales que desempeña en beneficio de los privados de libertad. Mediante la presente doy respuesta al proveído dirigido al área de Educación del privado de libertad, ASBEL QUISPE MORA que se encuentra cumpliendo detención en el recinto de San Roque Informo que dicho interno no realizó actividades en el área de Educación el año 2023, para lo que adjunto la certificación del C.E.A. San Roque como respaldo. NUREJ: 101102012101801 Sin otro motivo particular y dando cumplimiento a mis funciones, me despido con las consideraciones más distinguidas. Atentamente, RESOLUCION N? 036/2024 JUNTA DE TRABAJO Nº 02 LA JUNTA DE TRABAJO DE LA DIRECCIÓN PENITENCIARIO DE CHUQUISACA, ENDEPARTAMENTS ESPECIFICAS DE REGIMEN ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS ARTS SHE IS DE LA LEY DE EJECUCION PENAL. RESUELVE PRIMERO de san Rovado de libertad ASBEL QUISPE MORA, se encuentra en el Recinto Penitenciario de San Roque desde fecha 20 de junio de 2022, con fecha de afiliación el tro de julio, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA con sentencia ejecutoriada de TRES (03) años de privación de libertad y ABUSO SEXUAL. Con sentencia ejecutoriada de DIES (10) años de privación de libertad. SEGUNDO. Que conforme a revisión y supervisión los registros y control de trabajo realizado por la junta de trabajo, se establece que durante su permanencia dedico su tiempo a actividades que se detallan a continuación. MES JULIO (26 Jornada Completas) GESTION 2022 26 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia MES AGOSTO (26 Jornada Completas 26 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES SEPTIEMBRE (25 Jornada Completas) 25 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia. MES OCTUBRE (26 Jornada Completas) 26 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de carpintería a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia. MES NOVIEMBRE (25 Jornada Completas) 25 dia de Trabajo Desempeñándose en el rubro de carpinteria a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES DICIEMBRE (26 Jornada Completas) 26 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia. GESTION 2023 MES ENERO (24 Jornada Completas) 24 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. 22 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia, MES MARZO (27 Jornada Completas) 27 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia. MES ABRIL (24 Jornada Completas) 24 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES MAYO (25 Jornada Completas) 25 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES JUNIO (24 Jornada Completas) 24 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES JULIO (26 Jornada Completas) 26 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES AGOSTO (26 Jornada Completas) 26 dia de Trabajo: Desempeñandose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES SEPTIEMBRE (25 Jornada Completas) 2 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia. MES OCTUBRE (26 Jornada Completas) 26 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES NOVIEMBRE (25Jornada Completas) 25 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. MES DICIEMBRE (25 Jornada Completas y 9 medias jornadas) 25 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día. GESTION 2014 MES ENERO (25 Jornada Completas) 25 dia de Trabajo: Desempeñándose en el nibro de Artesanía a través de la elaboración de "Billeteras, cofies, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia MES FEBRERO (23 Jomada Completes) 23 dia de Trabaje Desempeñandose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "Billeteras, cofies, tallado y todo tipo de arreglos, trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de k horas por dia MES MARZO (25 Jornada Completas) 25 dia de Trabajo Desempeñandose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia MES ABRIL (26 Jornada Completas) 26 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la claboración de "Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", trabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia. MES MAYO (07Jornada Completas) 07 dia de trabajo Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de -Billeteras, cofres, tallado y todo tipo de arreglos", uabajos que fueron elaborados en material de cuero, cuerina y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia TERCERO. Que el Privado de Libertad Sr. ASBEL QUISPE MORA alcanzó una de las finalidades de readaptación social a través de aplicación de programas dentro del sistema progresivo, con los componentes principales que son de psicoterapia, educación, cultura, deporte y el fortalecimiento de las relaciones familiares sociales, individualizado y de grupo. Dedicando su tiempo a actividades laborales en el rubro de ARTESANIA CUARTO. Que la junta de trabajo dentro de sus atribuciones emanadas por Ley de Ejecución de Penas Privativas de libertad RECONOCE LAS HORAS de trabajo realizado por el Privado de Libertad en diferentes gestiones, tal cual cuenta con el FILE personal de control de trabajo. Es cuanto se certifica para fines consiguientes de ley. CERTIFICACIÓN N° 465/2024, EL SUSCRITO ENCARGADO DE LA DIVISIÓN FILIACIÓN DEL RECINTO PENITENCIARIO "SAN ROQUE" DE LA CIUDAD DE SUCRE, EN RESPUESTA A SOLICITUD ESCRITA DE FECHA 16 DE AGOSTO DE 2024, CON RELACIÓN A LA CONDUCTA Y PERMANENCIA DEL CIUDADANO ASBEL QUISPE MORA CERTIFICA: ? Fue recluido en el Recinto Penitenciario de San Roque de la Ciudad de Sucre, en fecha 20 de junio de 2022, en cumplimiento al Mandamiento Condena N 05/2020, emanado por los Drs. Franz Segovia Garcia, Marcelo Barrios Arancibia y Alex Rengel Patzi, Jueces Tecnicos del Tribunal de Sentencia N°1 en lo Penal de la Capital Sucre Bolivia, seguido por el Ministerio Publico, donde el PPL. ASBEL QUISPE MORA es condenado a DIEZ (10) AÑOS de privación de libertad, por la comisión del delito de "ABUSO SEXUAL", con ¡ANUS 201504214 Cursa en su expediente Mandamiento de Condena N° 013/2022, emanado por el Dr. J.Martin Echeverria Cespedes, Juez de Sentencia N° 4 en lo Penal de la Capital, Sucre Bolivia, seguido por el Ministerio Publico, donde el PPL. ASBEL QUISPE MORA es condenado a TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES de presidio, por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, con el C.U. 101102012101801. TIEMPO DE PERMANENCIA: Desde el 20 de junio de 2022 al 16 de agosto de 2024 cumplió: 02 AÑOS, 01 MES Y 17 DIAS. A la revisión del expediente personal de la interno ASBEL QUISPE MORA, se pudo evidenciar que, No registra Resolución de Sanción Disciplinaria por la comisión de faltas graves o muy graves en el tiempo de reclusión en este Recinto Penitenciario de San Roque, habiéndose observado BUENA CONDUCTA. Es cuanto certifico para fines consiguientes de Ley. Sucre, 16 de agosto de 2024. LA SUSCRITA SECRETARIA – ABOGADA DEL JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL N° 1 DE LA CAPITAL DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE CHUQUISACA SUCRE – BOLIVIA En cumplimiento al proveído de 02 de abril de 2024, tengo a bien realizar el respectivo cómputo para el incidente de REDENCIÓN, art 138 de la Ley 2298, con relación al cumplimiento de la sentencia que tiene el condenado ASBEL QUISPE MORA, C.U. 101102012101801, que: INFORME: El interno ASBEL QUISPE MORA, fue condenado por Sentencia Nº 029/2022 de 18 de julio de 2022, emitido por el Juzgado de Sentencia Penal N° 4 de la Capital, por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, previsto y sancionado por el Art. 272 Bis del Código Penal, condenándole a cumplir la pena privativa de libertad de 3 AÑOS Y 6 MESES de reclusión en el penal de San Roque. Pena que se computa desde su Detención Domiciliaria de fecha 08 DE MAYO DE 2021 (Según copia del Sistema SIREJ). AL PUNTO UNO. - El interno ASBEL QUISPE MORA, no está condenado por delito que no permita indulto. AL PUNTO DOS. - El interno ASBEL QUISPE MORA, las 2/5 partes de la Condena, de 3 AÑOS Y 6 MESES, es: 1 AÑO, 4 MESES Y 24 DIAS Desde el 08 DE MAYO DE 2021 (fecha de su Detención Domiciliaria por el delito mencionado supra) hasta el 20 de junio de 2022 (fecha de ingreso al penal según Certificación de Conducta Nº 465/2024 emitido por el Director del Penal de San Roque), tiene un tiempo de permanencia en Detención Domiciliaria: 1 AÑO, 1 MES Y 12 DIAS Desde el 25 DE AGOSTO DE 2022 (fecha de su Mandamiento de Condena) hasta la fecha del presente informe, tiene un tiempo de permanencia en el Penal de: 1 AÑO, 11 MESES Y 27 DIAS Sumados tiempos de permanencia en Detención Domiciliaria y permanencia en el Penal de San Roque, tiene un tiempo total de cumplimiento de Pena de: DETENCION DOMICILIARIA = 1 AÑO, 01 MES Y 12 DIAS PERMAMENCIA EN EL PENAL = 1 AÑO, 11 MESES Y 27 DIAS TOTAL = 3 AÑOS, 1 MES Y 9 DIAS. Por lo que CUMPLE con las 2/5 partes establecidas por el inc. 2) del art. 138 de la Ley 2298. AL PUNTO CUATRO. El interno ASBEL QUISPE MORA, no está condenado por delito de libertad sexual cuyas víctimas sean niños, niñas o adolescentes. AL PUNTO CINCO. El interno ASBEL QUISPE MORA, no está condenado por delito de terrorismo. AL PUNTO SEIS. - El interno ASBEL QUISPE MORA, no está condenado a pena privativa de libertad superior a quince años, por delitos tipificados en la Ley 1008 del Régimen de la Coca Sustancia Controladas. Es cuanto informo de acuerdo a documentación existente, para fines consiguientes de ley. Sucre, 21 de agosto de 2024 C.U: 101102012101801 SENTENCIADO: ASBEL QUISPE MORA Sucre, 21 de agosto de 2024 Se tiene presente el informe de la Secretaria del Juzgado, notifiquese al Ministerio Público y a la víctima TERESA SAAVEDRA CASTELLON conforme los datos del proceso, con el Incidente de Redención, informe de Computo realizado por la Secretaria del Juzgado de fecha 21 de agosto de 2024. certificado de conducta y permanencia, Resoluciones de trabajo y estudio emitidos por el Penal de San Roque, a efectos de que en el marco del art. 429 bis del CPP, se pronuncien en el plazo de 5 días. Asimismo, y conforme a la Demanda Incidental de Redención, articulo 138 de la Ley 2298, interpuesta por el condenado ASBEL QUISPE MORA, SE SEÑALA AUDIENCIA PRESENCIAL PARA EL DÍA VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024 A HORAS 08:30 AM, para considerar el Incidente de Redención solicitado, Notifiquese a los sujetos procesales, al Fiscal de Materia de Turno en mérito al Art. 5º- Num.6) de la Ley Orgánica del Ministerio Público. Librese Orden de Salida, a favor del Interno para su asistencia a la Audiencia programada. Notifiquese FDO. JUEZ - DOCTOR – JUAN ALBERTO YEBARA ORTEGA………........................................................................................................... FDO. SECRETARIA - ABOGADA – LEIDY CARBALLO RAMIREZ..………......................................................................................................... EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS VESTITRÉS DIAS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO……..…………………………………………………… D. S. O.


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