EDICTO
Ciudad: SUCRE
Juzgado: JUZGADO DE EJECUCIÓN EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
JUZGADO DE EJECUCION PENAL Nº 1
DE LA CAPITAL
SUCRE-BOLIVIA
Edicto Nº 378/2024
EL DOCTOR JUAN ALBERTO YEBARA ORTEGA JUEZ DE EJECUCION PENAL DE LA CAPITAL
Sucre – Bolivia
MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a la víctima JHOSELIN MARGOTH REYNA PEÑARANDA dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PÙBLICO en contra del sentenciado ERNESTO FLORES MAMANI por la comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA previsto y sancionado por el Código Penal, signado con Nurej: 201200511, en aplicación del Art. 429 BIS del Código de Procedimiento Penal, se ha dispuesto que se notifique con el incidente, certificado de permanencia y conducta, certificado de vocación de trabajo y estudio, informe de cómputo y decreto 21/08/2024 ; a cuyo fin adjunto la siguientes piezas procesales cuyo contenido y tenor es el siguiente………………….........................................................................................
SEÑOR JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Y SUPERVISIÓN PENAL DE LA CIUDAD DE SUCRE
1.- Plantea Incidente de Redención.
Otrosies
CU 101103082100021
ERNESTO FLORES MAMANI, de generales conocidas dentro del fenecido proceso seguida a instancias ciel Ministerio Público en mi contra por el delito de Violencia Familiar ante su autoridad, expongo y pido:
1.- PLANTEA INCIDENTE DE REDENCIÓN.-
1.1.- HECHOS.-
Conforme sale de obrados que han sido remitidos por parte del Tribunal 3 de Sentencia de ésta ciudad, he sido objeto de una condena a 3 años y diez meses por el delito de Violencia Familiar o Doméstica mediante Sentencia No. 14/2024 de fecha 8 de marzo de 2024, emitida por aquel Tribunal, ante la cual inicialmente interpuse el Recurso de Apelación Restringida, empero dicho Recurso fue desistido de mi libre y espontánea voluntad y a la fecha la Sentencia se encuentra ejecutoriada.
Conforme también sale de obrados, fui detenido preventivamente en fecha 1 de abril del año 2022, fecha desde la cual me encuentro privado de mi libertad en el Recinto Penitenciario de San Roque, tiempo durante el cual me he dedicado al trabajo y al estudio.
1.2. BASE LEGAL Al haber cumplido las 2/5 partes de mi condena, amparo en los Arts. 138 y 139 de la Ley de Ejecución de Penas y Supervisión, Art. 432 de la Ley 1970 y el Art. 24 de la Constitución Política del Estado y las correspondientes modificaciones establecidas por la Ley 1173, PLANTEO ANTE SU PROBIDAD INCIDENTE DE BENEFICIO DE REDENCIÓN DE PENA, toda vez que cumplo con los exigidos por normativa especial, vale decir: No estoy condenado por delito que no permita indulto. He cumplido las dos quintas partes de mi condena. He trabajado de manera regular bajo el control de la administración del Centro Penitenciario de San Roque. No estoy comprendido dentro de las causales de los numerales 4. 5 y 6 del Art. 138 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión y tampoco me encuentro condenado por delito de carácter sexual en contra de una menor de edad y no he sido sancionado por faltas graves o muy graves en el Último año.
Como se comprenderá, a la fecha he cumplido en términos numéricos más de dos años y dos meses, situación que pido se tenga presente al momento de disponer lo que corresponda bajo el principio de favorabilidad, teniendo en cuenta el resguardo de mi sagrado derecho a la libertad personal, conforme establece lo CPE:
Articulo 22. La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarias y protegerlas es deber primordial del Estado.
Articulo 23. 1. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los limites señalados por la ley.
Como fundamento probatorio a ser demostrada oportunamente se tiene que durante mi permanencia en el Penal de San Roque me he dedicado al trabajo y estudio como terapia ocupacional y como medio de subsistencia, por ello que pido:
1.3. PETITORIO En principio, pida su Autoridad disponga que los Responsables TANTO DE LA JUNTA DE TRABAJO COMO LA DE ESTUDIO DE REGIMEN PENITENCIARIO, Remitan a su Despacho las Tarjetas de Control Individual (CIS) ACTUALIZADAS respectivo oficio consignando el Numero de NUREJ o de Causa a fin de evitar confusiones mismas que acrediten el tiempo que mi persona ha trabajado y estudiado hasta la fecha y interior del Recinto Penitenciario de San Roque y sea a la brevedad posible en el marco del N principio de celeridad que rige a la materia que nos ocupa Asimismo solicito a su autoridad que por secretaria de su digno despacho se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de San Roque a efecto de que remitan a su digno despacho un CERTIFICADO DE PERMANENCIA Y CONDUCTA actualizado mismo que me sirva para poder presentarlo como prueba oportunamente.
FINALMENTE, PREVIAS FORMALIDADES SOLICITO ADMITA EL INCIDENTE DEDUCIDO Y AL MOMENTO DE QUE SE REMITAN ANTE SU DIGNA AUTORIDAD LA DOCUMENTAL CORRESPONDIENTE SE SIRVA SEÑALAR DIA Y HORA PARA SU CONSIDERACIÓN EN AUDIENCIA.
Justicia.-
OTROSI 1.- Solicito que por secretaria de su digno despacho se emita un informe de cómputo de pena actualizado, mismo que también sirva a mi defensa los correspondiente numerales de la normativa especial
OTROSI 2.- Solicito que la providencia respecto de la admision del presente incidente sea notificado de forma personal ante las oficinas de Régimen Penitenciario y de Dirección del Penal de San Roque a efecto de que los funcionarios encargados de remitir las documentales correspondientes tomen conocimiento de mi incidente e impriman la celeridad correspondiente en la emisión y remisión de las mismas.
OTROSI 3.- A efecto de coordinación señalo el número de celular de mi abogado defensor 72865629 (WhatsApp), correo electrónico y domicilio procesal Calle Serrano 238 de ésta ciudad
Sucre. 12 de junio de 2024.
62
MINISTERIO DE GOBIERNO DIR DPTAL REGIMEN PENITENCIARIO SUCRE BOLIVIA
RESOLUCION 26/2024
JUNTA DE ESTUDIO
LA SUS ATRIBUCIONES DELA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE REGIMEN PENITENCIARIO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS ARTICULOS 196 DE LA LEY DE EJECUCIÓN PENAL Y SUPERVISIÓN RECONOCE LAS HORAS DE ACTIVIDADES DE ESTUDIO QUE EL PRIVADO DE LIBERTAD: ERNESTO FLORES MAMANI REALIZÓ DURANTE SU PERMANENCIA DENTRO DEL RECINTO PENITENCIARIO DE "SAN ROQUE
DELITO: DELITO: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMÉSTICA
SENTENCIA: 3 AÑOS Y 10 MESES
GESTIÓN 11/2023
Mes de Julio
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "CEA." "San Roque Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E.T.A." En la Especialidad de Carpintería Industrial.
6 días hábiles con una carga horaria de 3:20 horas.
Mes de Agosto
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "C.E.A." "San Roque" Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E.T.A." En la Especialidad de Carpintería Industrial.
22 días hábiles con una carga horaria de 3:20 horas.
Mes de Septiembre
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "C.E.A." "San Roque" Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E.T.A." En la Especialidad de Carpintería Industrial.
21 días hábiles con una carga horaria de 3:20 horas.
Mes de Octubre
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "C.E.A." "San Roque" Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E.T.A." En la Especialidad de Carpintería Industrial.
22 días hábiles con una carga horaria de 3:20 horas.
Mes de Noviembre
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "C.E.A." "San Roque"
Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E.T.A." En la Especialidad de Carpintería Industrial.
21 días hábiles con una carga horaria de 3:20 horas.
Mes de Diciembre
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "C.E.A." "San Roque" Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E.T.A." En la Especialidad de Carpintería Industrial.
6 días hábiles con una carga horaria de 3:20 horas.
RESOLUCION N° 56/2024
JUNTA DE TRABAJO Nº 5, de fecha 26 de julio de 2024
Que lavel privadalo de libertad ERNESTO FLORES MAMANI solicita la cuantificación de sus jornadas laborales en el rubro de ARTESANIA, al interior CONSIDERANDO: del Recinto Penitenciario "San Roque" de la ciudad de Sucre, desde su ingreso en fecha 1 de abril de 2022, por la comisión de los delitos de violencia familiar o domestica con sentencia ejecutoriada de TRES (03) AÑOS de privación de libertad.
Que, conforme establece y acredita question de los registros de trabajo realizado por la Junta de productivas tel pre durante suresión, dedke sealizado Junta la'el de libertad ERNESTO FLORES MAMANI. continua con las finalidades de la Readaptacion Social a través de la aplicación de los económicamente dentiucacionstrabajo, netivi con los piterapia, educas relaciones o actividades culturales, recreativa deponivasa Portalecimiento de ladades claves familiares, sociales, individualizado y de grupo, dedicando for tiempo a actividades laborales en el rebro de ARTESANIA, de grupo, dedicando demostrando responsabilidad y habilidad en la actividad laboral que desempeña, trahujer que es apoyado por Chaquisade Trabajo Social y la Dirección Departamen Penitenciario de
Asi mismo la ley 2298 de Ejecución Penal y Supervisión en su art. 181 señala: "El trabajo penitenciario, tendrá como finalidad crear en el condenado, hábitos regulares de trabajo, promover su capacitación y creatividad con el fin de obtener un oficio o perfeccionar el que luviere, para cubrir sus necesidades y las de su familia Ley 2298 que en sus arts. 139 v 182, establece la jornada laboral en ocho (8) horas de trabajo diurias las mismas que estân concatenadas con lo establecido en el art. 46 de la ley General del Trabajo, de igual forma en su art. 184 señala: "En cada establecimiento penitenciario, funcionará uma junta de trabajo encargada de la planificación, organización y ejecución del trabajo asi como de la comercialización de los productos... La Junta de Trabajo, se reunirá por lo menos una vez al mes y toda vez que deba resolver un asunto de su competencia. Las decisiones de la Junta de Trabajo se adoptarán por simple mayoria, otorgándose al presidente lo facultad de dirimir en caso de empate
CONSIDERANDO 11.- Que el trabajo digno es un derecho garantizado de toda persona por el art. 46 de la Constitución Politica del Estado bajo condiciones de estabilidad. equidad y satisfacción; siendo obligación del estado su protección en todas sus formas.
Que la misma Constitución Política del Estado en su art. 74 II señala que "II. Las personas privadas de libertad tendrán la oportunidad de trabajar y estudiar en los centros penitenciarios".
In relación con ello es que el art. 185 de la misma norma señala entre otras como función la descrita en el núm. 4 "4. Supervisar el desarrollo de la actividad laboral realizada por lus condenados: ello concordante con los arts. 65. 66 y 68 núm. 1 del D.S. 26715 los cuales refieren las funciones de control de las actividades laborales de los internos, la obligación de sesionar ordinaria y extraordinariamente: asi como emitir resoluciones de cuantificación del trabajo entre otros.
En el presente caso, de los antecedentes que se cuentan en el file personal de la el privadaro de libertad, se establece que ERNESTO FLORES MAMANI. ha venido realizando actividad laboral con fines de su reinserción social, cumpliendo de esta manera con el vencimiento del sistema progresivo y logrando paulatinamente estar apto para su reinserción a la sociedad. Cumpliendo al efecto con dicha actividad laboral dentro de los margenes horarios que establece la norma Siendo que la de wabajo Junta de Trato deniro de cada para pe Pesal rossos bus horas de trabajo realizadas por la porone prosala de liberad on stones, tal cual cuenta en of FILE personal de control diferentes gestions coder a de entre sin funciones Las de supervisors cuantificar la actividad laboral ellu confonne a b en atención y beneficio de un privado de Trabajo ter
POR TANTO La Junta de Trabajo del Recinto Penitenciario San Roquend opsificas ambuciones conferidas por Ls and Dass de la ley de cucucut pents del DS 26715 RESUELVE CUANTIFICAR LA ACTIVIDAD LABORAL REALIZADA POR ERNESTO gen 65 v am 68 núm. FLORES MAMANI en el rubro de ARTESANIAS al interior del RECINTO PENITENCIARIO "San Roque de ela ciudad de Sucre, desde t la comision del de los delitos de VIOLENCIA FAMILIAR O por la conjecutoriada de TRES (03) A sentencia ejeevisión efectuada económicamente productivas bajo el siguiente detalle fecha 04 de abril de 2022 DOMESTICA C
GESTION 2022
(23 Jornada Completas)
MES ABRubajo. Desempeñandose en el rubro de Artesania a través de la claboración de 23 las corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñede 8 hrabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia
MES MAYO (24 Jornada Completas)
24 dia de Trabajo Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia
MES JUNIO (24 Jornada Completas) 24 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de
"cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron claborados en material de irupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES JULIO (27 Jornada Completas) 27 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas, trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES AGOSTO (26 Jornada Completas)
26 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a traves de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas trabajos que fueron claborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES SEPTIEMBRE (25 Jornada Completas)
25 dia de Trabajo. Desempeñandose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES OCTUBRE (26 Jornada Completas)
26 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES NOVIEMBRE (25 Jornada Completas) 25 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 4 horas por dia
MES SEPTIEMBRE (5 Jornada Completas y 21 medias jornadas) 5 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas, trabajos que fueron claborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
21 medias jornadas de Trabajo. Desempeñandose en el rubro de Artesania a traves de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de mufiecas". trabajos que fueron claborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 4 horas por dia
MES OCTUBRE (4 Jornada Completas y 22 medias jornadas)
a dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron claborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
22 medias fornodas de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joycros y muebles de muñecas". trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 4 horas por dia.
MES NOVIEMBRE (4 Jornada Completas y 21 medias jornadas) dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
21 medias jornadas de Trabajo: Desempeñandose en el rubro de Artesania a través de la elabor ción de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas, trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 4 horas por dia.
MES DICIEMBRE (4 Jornada Completas y 21 medias jornadas) 4 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron claborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
21 medias jornadas de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas". trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 4 horas por dia.
GESTION 2024
MES ENERO (25 Jornada Completas)
25 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas, trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES FEBRERO (4 Jornada Completas y 19 medias jornadas)
4 diu de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres. joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
19 medias jornadas de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la claboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas".
cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas, trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES DICIEMBRE (26 Jornada Completas)
26 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, coires, joyeros y muebles de muñecas, trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
GESTION 2023
MES ENERO (24 Jornada Completas)
24 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES FEBRERO (22 Jornada Completas)
24 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas, trabajos que fueron claborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES MARZO (27 Jornada Completas)
27 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas, trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES ABRIL (24 Jornada Completas)
24 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de, "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES MAYO (25 Jornada Completas)
25 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día.
MES JUNIO (24 Jornada Completas)
24 diu de Trabajo: Desempeñandose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
MES JULIO (19 Jornada Completas y 7 medias jornadas)
19 dia de Trabajo. Desempeñándose en el rubro de Artesania a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por dia.
7 medias jornadas de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 4 horas por dia.
MES AGOSTO (4 Jornada Completas y 22 medias jornadas)
4 dia de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas", trabajos que fueron elaborados en material de trupan y madera. Con una carga horaria de 8 horas por día.
22 medias jornadas de Trabajo: Desempeñándose en el rubro de Artesanía a través de la elaboración de. "cajitas corazones, camiones, cofres, joyeros y muebles de muñecas".
REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE TRABAJO QUIEN HA EMITIDO VOTO DISIDENTE EN CONTRARIO A LOS DEMÁS MIEMBROS Y HA HECHO MANIFIESTO SU OPOSICIÓN Y LOS MOTIVOS DEL MISMO, LA INSPECTORA DE TRABAJO ESTA FIRMANDO CON VOTO DISIDENTE EN VIRTUD DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL, Nº 1102/2022 DE FECHA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022 emitida por el Ministro de Trabajo del listado Plurinacional de Bolivia, en su Articulo Quinto se establece gote en los interes de supervision addreces ou mes regularizaciones, por lo que el mspector de trabajo designado, está prohibido de validar mediante firma la documentación respecta de crificaciones en las que no hava porticipodo sean antiguais o actuales por lo que, solo se reconoce lo verificado en la gestión 2024, sin embargo esta oposición no es un obice para emitir la presente resolución, toda vez que los demás miembros presentes de la Junta, han determinado sesionar validamente, validar, regularizar y cuantificar la actividad laboral del privado de libertad asi como emitir la presente resolución, conforme dispone y en amparo al art. 66-III v IV del D.S. 26715 Reglamento de Ejecución Penal.
Registrese –
MINISTERIO DE GOBIERN DIR. DETAL REGIMEN PENITENCIARIO
SUCHE BOLIVIA
RESOLUCIÓN 36/2024
JUNTA ESTUDIO
DE SUS ATRIBUCIONES DELA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DRUGIMIEN PENITENCIARIO EN USO CONFTRIDAS POR LOS ARTICULOS 19 DE LA LEY DE EJECUCIÓN PENAL Y SUPERVISION RECONOCE LAS HORAS DE ACTIVIDADES DE ESTUDIO QUE EL PRIVADO DE RECINTO PENITENCIARIO MAMANI REALIZÓ DURANTE SU PERMANENCIA DENTRO DEL ODE "SAN ROQUE
DELITO: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMÉSTICA
SENTENCIA: 3 AÑOS Y 10 MESES
GESTIÓN 1/2024
Mes de Febrero
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "CEA" "San Roque" Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E.T.A." En la Especialidad CARPINTERIA INDUSTRIAL
17 dias hábiles con una carga horaria de 3:20 horas.
Mes de Marz
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "CEA" "San Roque" Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "ET.A." En la Especialidad de CARPINTERÍA INDUSTRIAL
20 días hábiles con una carga horaria de 3:20 horas
Mes de Abril
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "CEA." "San Roque" Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "? ?.?." En la Especialidad de CARPINTERÍA INDUSTRIAL.
22 dias hábiles con una carga horaria de 3-20 horas. Mes de Mayo
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "C.EA." "San Roque" Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E.T.A." En la Especialidad de
CARPINTERÍA INDUSTRIAL 21 días hábiles con una carga horaria de 3:20 hora
Mes de Junio
Estudios realizados en el CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA "CE.A." "San Roque"
Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultas "E LA" En la Especialidad de
CARPINTERÍA INDUSTRIAL 19 dias hábiles con una carga horaria de 3/20 horas.
INFORME DE ESTUDIOS
El que suscribe en representación del C.E.A. "San Roque", informa que Ei estudiante, ERNESTO FLORES MAMANI con C.I. 12456284, cursó la Educación Técnica de Personas Jóvenes y Adultos "E.T.A." en la Especialidad de Carpinteria Industrial en el Nivel Técnico Auxiliar Segundo Semestre Gestión 01/2024; comenzando sus actividades académicas el 05 de Febrero de 2024, concluyendo el 28 de junio de 2024. De los cuales el mencionado estudiante concluyó y aprobó el Semestre.
Con el siguiente horario:
Hora 08.30 09:10
Lunes
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
Viernes
CARPINTERIA
INDUSTRIAL
CARPINTERÍA
Martes
Miércoles
CARPINTERÍA
Jueves
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
CARPINTERÍA
09:10-09:50
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
CARPINTERIA
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
09:50-10:30
CARPINTERÍA
CARPINTERÍA
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
CARPINTERÍA
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
10:30-11:10
CARPINTERÍ
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
CARPINTERÍA
CARPINTERÍA
CARPINTERIA
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
11-10-11-50
CARPINTERÍA
CARPINTERÍA
CARPINTERÍA
CARPINTERÍA
INDUSTRIAL
CARPINTERIA
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
INDUSTRIAL
Con el siguiente promedio general:
CARPINTERÍA INDUSTRIAL
72 puntos PROMOVIDO
Es cuanto puedo informar, en honor a la verdad para fines que convengan al interesado.
Sucre, 29 de julio de 2024
CERTIFICACIÓN N°341/2024, EL SUSCRITO ENCARGADO DE LA DIVISIÓN FILIACIÓN DEL RECINTO PENITENCIARIO "SAN ROQUE" DE LA CIUDAD DE SUCRE, EN RESPUESTA A SOLICITUD ESCRITA DE FECHA 28 DE JUNIO DE 2024, CON RELACIÓN A LA CONDUCTA Y PERMANENCIA DEL CIUDADANO:
ERNESTO FLORES MAMANI
CERTIFICA:
? Fue recluido en el Recinto Penitenciario de San Roque de la Ciudad de Sucre, en fecha 01 de abril de 2022, en cumplimiento a Mandamiento de Detencion Preventiva N° 15/2022, emanado por el Dr. Emilio Colque Bautista, Juez de Juzgado de Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer N° 2 de la Capital, Sucre Bolivia, seguido por el Ministerio Publico, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, con CU. 101103082100021
? Cursa en su expediente Mandcamiento de Condena N° 22/2024, de fecha 16 de mayo de 2024, emanado por los Drs. Christian Clever Arancibia Valencia y Crisostomo Mancilla Paco, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia N° 3 en lo Penal de la Capital, Sucre Bolivia, donde el PPL. ERNESTO FLORES MAMANI se condenado a TRES (03) AÑOS y DIEZ (10) MESES de privación de libertad, por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA.
TIEMPO DE PERMANENCIA: Desde fecha 01 de abril de 2022 al 02 de julio de 2024, cumplió: 02 AÑO, 03 MESES Y 01 DIAS.
A la revisión del expediente personal del interno ERNESTO FLORES MAMANI, se pudo evidenciar que, No registra Resolución de Sanción Disciplinaria previsto en la Ley 2298, por la comisión de faltas graves o muy graves, en el último año de reclusión en este Recinto Penitenciario de San Roque, habiéndose observado BUENA CONDUCTA.
Es cuanto certifico para fines consiguientes de ley.
LA SUSCRITA SECRETARIA – ABOGADA DEL JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL N° 1 DE LA CAPITAL DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE CHUQUISACA
SUCRE – BOLIVIA
En cumplimiento al proveído de 14 de junio de 2024, tengo a bien realizar el respectivo cómputo para el incidente de REDENCIÓN, art 138 de la Ley 2298, con relación al cumplimiento de la sentencia que tiene el condenado ERNESTO FLORES MAMANI, C.U. 101103082100021, que:
INFORME:
El interno ERNESTO FLORES MAMANI, fue condenado por Sentencia Nº 14/2024 de 08 de marzo de 2024, emitido por el Tribunal de Sentencia Penal N° 3 de la Capital, por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, previsto y sancionado por el Art. 272 Bis del Código Penal, condenándole a cumplir la pena privativa de libertad de 3 AÑOS Y 10 MESES de reclusión en el penal de San Roque.
Pena que se computa desde su Mandamiento Detención Preventiva de fecha 01 DE ABRIL DE 2022.
AL PUNTO UNO. - El interno ERNESTO FLORES MAMANI, no está condenado por delito que no permita indulto.
AL PUNTO DOS. - El interno ERNESTO FLORES MAMANI, las 2/5 partes de la Condena, de 3 AÑOS Y 10 MESES, es:
1 AÑO, 6 MESES Y 12 DIAS
Desde el 01 DE ABRIL DE 2022 (fecha de su Mandamiento Detención Preventiva por el delito mencionado supra) hasta la fecha del presente informe, tiene un tiempo de permanencia en el Penal de:
2 AÑOS, 4 MESES Y 20 DIAS
Por lo que CUMPLE con las 2/5 partes establecidas por el inc. 2) del art. 138 de la Ley 2298.
AL PUNTO CUATRO. El interno ERNESTO FLORES MAMANI, no está condenado por delito de libertad sexual cuyas víctimas sean niños, niñas o adolescentes.
AL PUNTO CINCO. El interno ERNESTO FLORES MAMANI, no está condenado por delito de terrorismo.
AL PUNTO SEIS. - El interno ERNESTO FLORES MAMANI, no está condenado a pena privativa de libertad superior a quince años, por delitos tipificados en la Ley 1008 del Régimen de la Coca Sustancia Controladas.
Es cuanto informo de acuerdo a documentación existente, para fines consiguientes de ley.
Sucre, 21 de agosto de 2024
C.U: 101103082100021
SENTENCIADO: ERNESTO FLORES MAMANI
Sucre, 21 de agosto de 2024
Se tiene presente el informe de la Secretaria del Juzgado, notifiquese al Ministerio Público y a la víctima JHOSELIN MARGOTH REYNA PEÑARANDA conforme los datos del proceso, con el Incidente de Redención, informe de Computo realizado por la Secretaria del Juzgado de fecha 21 de agosto de 2024, certificado de conducta y permanencia, Resoluciones de trabajo y estudio emitidos por el Penal de San Roque, a efectos de que en el marco del art. 429 bis del CPP, se pronuncien en el plazo de 5 días.
Asimismo, y conforme a la Demanda Incidental de Redención, articulo 138 de la Ley 2298, interpuesta por el condenado ERNESTO FLORES MAMANI, SE SEÑALA AUDIENCIA PRESENCIAL PARA EL DÍA JUEVES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2024 A HORAS 09:30 AM, para considerar el Incidente de Redención solicitado, Notifiquese a los sujetos procesales, al Fiscal de Materia de Turno en mérito al Art. 5º- Num.6) de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
Librese Orden de Salida, a favor del Interno para su asistencia a la Audiencia programada.
Notifiquese
FDO. JUEZ - DOCTOR – JUAN ALBERTO YEBARA ORTEGA………...........................................................................................................
FDO. SECRETARIA - ABOGADA – LEIDY CARBALLO RAMIREZ..……….........................................................................................................
EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS VEINTITRES DIAS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO……..…………………………………………………
D.
S.
O.
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Reporte