EDICTO

Ciudad: GUAYARAMERIN

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYARAMERIN


EDICTO LA Dra. ALGEBRA R. SILES ALVAREZ, JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 2º DE GUAYARAMERÍN MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE CONOCER: Que, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público a denuncia JULIO CESAR GARANDILLAS MENDOZA POR AIR BP BOLIVIA S.A. Y YACIMIENTO YACIMIENTOS PETROLIFEROS FOSCALES BOLIVIANOS contra MICHAEL CUELLAR SUAREZ por la supuesta comisión del delito de ALMACENAJE COMERCIALIZACIÓN Y COMPRA ILEGAL DE DIÉSEL OIL, GASOLINA Y GAS LICUADO DE PETRÓLEO Y FALCEDAD IDEOLOGICA, previsto y sancionado por el Art. 226 Bis y 199 con rel. 14 y 20 C.P., al desconocerse el domicilio del acusado MICHAEL CUELLAR SUAREZ, se dispuso mediante providencia de fecha 22/08/2024, la notificación mediante edictos de prensa conforme lo prevé el Art 165 del C.P.P,a objeto de que tengan conocimiento providencia de fecha 22/08/2024 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- A los efectos legales se adjunta las piezas pertinentes -------------------------------------------------------------------------------------------------------- Firmado y Sellado.- Dra. Algebra Regina Siles Álvarez, JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 2º DE GUAYARAMERÍN ----------------------------------------------------------------------------------------------------------- Ante Mí; Firmado y Sellado.- Abog. Mishela Menacho Lopez, SECRETARIA DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 2º DE GUAYARAMERÍN ---------------------------------------------------------------------------------------------- PROVIDENCIA DE FECHA 22/08/2024.- PROCESO N° 09/2024 NUREJ 8G057881 Guayaramerín, 22 de agosto de 2024 Téngase presente la devolución del exhorto suplicatorio que antecede, debiendo ponerse a conocimiento el informe cursante a Fs. 26 de dicho exhorto, a objeto de que en un plazo no mayor a tres días proporcione a este juzgado los datos precisos y actualizados del domicilio de AIR BP BOLIVIA S.A. ABBSA (parte víctima), para su legal notificación con las actuaciones del proceso. Por secretaría deberá ingresar nuevamente la causa a despacho vencido que sea el plazo otorgado al Ministerio Público a los fines de Ley. ES LO QUE SE TRANSCRIBE PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. Guayaramerín, 22 de agosto de 2024.- es todo en cuanto se le hace conocer al interesado para fines consiguientes de ley. POR ORDEN DE LA SEÑORA JUEZ-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


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