EDICTO

Ciudad: SAN BORJA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN BORJA


E D I C T O Que, por el presente Edicto se CITA Y EMPLAZA A OTTONIEL ROCA ARDAYA y WALTER JAHDIEL ROCA ARDAYA para que se apersone por ante este despacho judicial del juzgado público de las familias e instrucción Penal 1º. De la ciudad de San Borja, Provincia Ballivián del Departamento del Beni, dentro de un proceso PENAL seguida por el Ministerio Publico en contra de OTTONIEL ROCA ARDAYA por el delito de ROBO AGRAVADO,---------------------------------------------------------- ACTA DE SUSPENSIÓN DE AUDIENCIA.---En San Borja, Provincia Ballivián del departamento del Beni a horas 11:30 A.m, del día Martes 20 de Agosto del 2024, se llevó a cabo la audiencia para considerar la situación jurídica del Imputado, dentro de la investigación seguida por el Ministerio Publico a denuncia de ROBERTO CARLOS ZABALA RIVERO en contra de OTTONIEL ROCA ARDRA YWALTER JAHDIEL ROCA ARDAYA por la probable comisión del presunto delito de ROBO AGRAVADO delitos previsto y sancionados por el Art. 332 del C.P. ---JUEZ.-Habiéndose señalado la presente audiencia a horas 11:30 am de la presente fecha, instalándose a la 11:50 AM por actuaria infórmese si el cuaderno de control jurisdiccional se encuentra corriente y si las partes están presentes en sala para la celebración de la presente audiencia.----El suscrito secretario informa que el cuaderno se encuentra corriente, las partes están legalmente notificadas, estando presentes en sala el Ministerio Publico en la persona de la Dra. Maritza Quispe, el denunciante Roberto Carlos Zabala, el abogado de los imputados, no estando presentes ninguno de los dos imputados, pese a estar legalmente notificados, es todo cuanto informo señora juez.---ENCARGADO DE AUDIENCIAS VIRTUALES DE MOCOVÍ.- Señora Juez, informar que el interno Ottoniel Roca Ardaya se rehúsa a salir de su celda, no quiere salir para poderlo conectar a la audiencia virtual.----VISTOS.- Con relación al informe del secretario, se evidencia que no se encuentra presente ambos imputados, siendo esta la tercera audiencia que se suspende, por cuanto se declara la rebeldía de ambos imputados, tanto del señor Ottoniel Roca Ardaya y Walter Jahdiel Roca Ardaya, debiéndose librar el correspondiente mandamiento de aprehensión y arraigos conforme al art. 89 y 128 del Código de Procedimiento Penal, y la notificación por edicto del presente Auto, según lo establecido por el art. 165, del mismo cuerpo legal, debiendo publicarse sus datos y señas particulares por cualquier medio de comunicación de alcance local y a nivel nacional para su búsqueda y aprehensión, así mí mismo se ordena al M.P la conservación de los elementos indiciarios para un eventual juicio, de la misma forma de le designa abogado de oficio en la persona del Dr. Jaime Bladimir Malala Quiroga a efectos de que asuma defensa inmediata y asista con todos los poderes, facultades y recursos reconocidos por ley, Publíquese y notifíquese mediante edicto el presente AUTO DE REBELDIA conforme a ley.---REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.----REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SAN BORJA-PROVINCIA Gral. José Ballivián del Departamento del BENI, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO------------------------------------------Por Orden de la Sra. Juez.------------------


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