EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER OCTAVO DE LA CAPITAL


JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES N.º 8 DE LA CAPITAL SUCRE-BOLIVIA EDICTO Nº64/2024 LA DOCTORA MIRIAN FLORES BALTAZAR, JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES N.º 8 DE LA CAPITAL, SUCRE –BOLIVIA Sucre – Bolivia POR EL PRESENTE EDICTO HACE SABER AL IMPUTADO: GUALBERTO PEDRAZAS TORRES, dentro del proceso penal seguido por MINISTERIO PÚBLICO a instancia de JUANA BALDERRAMA BARRIGA en contra de GUALBERTO PEDRAZAS TORRES, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, previsto y sancionado por el Art. 272 BIS del Código Penal, con C.U: 101102012304117; SE HA DISPUESTO QUE SE NOTIFIQUE CON: ACTA DE REPROGRAMACION DE AUDIENCIA; CUYO TENOR LITERAL ES COMO A CONTINUACION SE TRANSCRIBE -------------------------------------------------------------------------------------------- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA CHUQUISACA - JUZGADO J. INST. PENAL ANT. C/ LA VIOLENCIA 08. PROCEDIMIENTO: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA EXPEDIENTE: 101102012400375 ACTA DE AUDIENCIA DE SUSPENCION CONDICIONAL DEL PROCESO En TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA CHUQUISACA - JUZGADO J. INST. PENAL ANT. C/ LA VIOLENCIA 08., en fecha 19-08-2024 08:47 Ante su autoridad,MRIAN FLORES BALTAZAR, con mi asistencia como Secretario/a Judicial, comparecen: JUEZ: MRIAN FLORES BALTAZAR FISCAL: CRISTINA RISSIOTTI BORJA DE VARGAS DOC.: 1144978 DENUNCIANTE: JUANA BALDERRAMA BARRIGA DOC.: 5634797 DENUNCIADO: GUALBERTO PEDRAZAS TORRES DOC.: 10335674 DENUNCIANTE: MINISTERIO PUBLICO DOC.: 00 Los comparecientes lo hacen al objeto de celebrar la Audiencia de SUSPENCION CONDICIONAL DEL PROCESO que viene convocada para el día de hoy. En primer lugar, su autoridad declara instalada la audiencia previo informe de Secretaría manifestando que el cuaderno se encuentra corriente estando presentes las partes. Abierto el acto por el juez se concede la palabra a la defensa para que fundamente su solicitud. En ejercicio de su autoridad se consulta a las partes y se acuerda que se proceda a accionar los mecanismos de grabación de la imagen y el sonido, y en concreto, los sistemas de grabación digital, del que dispone este órgano jurisdiccional. Acto seguido se concede la palabra a las partes. INCIDENCIAS JUEZ: MIRIAN FLORES BALTAZAR.- Se instala la audiencia de consideración de suspensión condicional del proceso dentro del proceso que sigue el Ministerio Publico a instancias de Juana Balderrama Barriga en contra de Gualberto Pedrazas Torres, por secretaria informe si el cuaderno de control jurisdiccional se encuentra corriente, la legalidad de las notificaciones y la presencia de las partes. SECRETARIA.- Con la palabra Señora Juez, informar a su autoridad que el cuaderno de control jurisdiccional se encuentra corriente se encuentra notificados a todas las partes, haciendo constar que se notificó el día viernes 16 de agosto por vía edictos, estando en sala presente el representante del Ministerio Publico, es cuanto informó a su autoridad. JUEZ: Con el informe vamos a conceder la palabra a la representante del Ministerio Público para que se pronuncie con respecto a la ausencia de las partes, por falta de notificación. 08:59:07(00:00:44) FISCAL: CRISTINA RISSIOTTI BORJA DE VARGAS: voy a solicitar que la notificación de Gualberto Pedraza y de la Sra. Juana Balderrama sea mediante edictos. 08:59:39(00:01:15) JUEZ: MIRIAN FLORES BALTAZAR: Se tiene presente, evidenciando que no se ha cumplido con la notificación mediante la publicación de edictos, se dispone que SE REPROGRAMA LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA LUNES 16 DE SEPTIEMBRE A HORAS 08:30, debiendo de efectuarse el acta y la publicación de edictos en el día a objeto de que se computen los plazos correspondientes para que comparezca a dicha audiencia el imputado ALBERTO PEDRAZAS TORRES, Asimismo se dispone designar a defensor de oficio para dicha audiencia al Abg. ALEJANDRO SANABRIA con domicilio en Tarapacá N° 162, CEL. 74450303, quien deberá ser notificado para que asuma la defensa del imputado, con ello no existiendo otra consideración, CONMINANDO al personal de apoyo que se cumpla con las publicaciones de edictos, sin nada más que considerar se suspende la presente audiencia. LA AUDIENCIA FINALIZO EN FECHA 19-08-2024 A HRS. 09:01 Con lo cual, se da por terminada la presente, firmando en constancia el juez y el secretario que suscriben. FIRMA Y SELLO------ La Lic. MIRIAN FLORES BALTAZAR------Juez de Instrucción Penal Anticorrupción y de Materia contra la Violencia hacia las Mujeres N°8 de la Capital -------Sucre – Bolivia.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ANTE MÍ: FIRMA Y SELLO--------- Lic. Carolina Cabezas Soliz- Secretaria – Abogada de Instrucción Penal Anticorrupción y de materia contra la violencia hacia las mujeres N°8 de la Capital------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El presente edicto es librado, en la ciudad de Sucre, capital del Estado Plurinacional de Bolivia a los 21 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& D. S. O.


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