EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE EJECUCIÓN EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


JUZGADO DE EJECUCION PENAL Nº 1 DE LA CAPITAL SUCRE-BOLIVIA Edicto Nº 373/2024 EL DOCTOR JUAN ALBERTO YEBARA ORTEGA JUEZ DE EJECUCION PENAL DE LA CAPITAL Sucre – Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a la representante de la víctima PAULINO LLAVETA HUMARRA dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PÙBLICO en contra del sentenciado ROSENDO MITA CHIMA por la comisión del delito de CORRUPCION NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE previsto y sancionado por el Código Penal, signado con Nurej: 101102012002631, en aplicación del Art. 429 BIS del Código de Procedimiento Penal, se ha dispuesto que se notifique con ACTA DE AUDIENCIA 20/08/2024 ; a cuyo fin adjunto la siguientes piezas procesales cuyo contenido y tenor es el siguiente…………………................................................................................... ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONSIDERACIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL C.U.: 101102012002631 JUEZ Dr. Juan Alberto Yebara Ortega SECRETARIA-ABOGADA Lic. Leydi Carballo Ramírez INCIDENTE LIBERTAD CONDICIONAL BENEFICIADO ROSENDO MITA CHIMA ABOGADO Emerson Flores FISCAL Mario Duran FECHA DE AUDIENCIA Sucre, 20 de agosto de 2024 HORA DE INICIO hrs. 10:30 am. HORA DE FINALIZACIÓN hrs. 10:49 am. En Sucre, capital del Estado Plurinacional de Bolivia; a horas 10:30 a.m., del día 20 de agosto de 2024 el Dr. Juan Alberto Yebara Ortega Juez de Ejecución Penal del Departamento y la suscrita Secretaria – Abogada Lic. Leydi Carballo Ramírez, se constituyeron en audiencia pública de Incidente de Libertad Condicional, interpuesto por el condenado ROSENDO MITA CHIMA. JUEZ. - Se instala la presente audiencia para conocer la demanda incidental que ha presentado el condenado, quien está cumpliendo su condena por el delito de Corrupción de Niña, Niño o Adolescente, por secretaria pido informar si las partes fueron legalmente notificadas y si acudieron a esta sala virtual. SECRETARIA. - Se informó encontrarse corriente el expediente, debidamente notificados los sujetos procesales, presente el sentenciado, presente el abogado del privado de libertad, presente el Representante del Ministerio Público y ausente la víctima. JUEZ. - Se tiene presente el informe emitido por la Secretaria – Abogada, se concede la palabra al abogado incidentista, a efectos de que suba al sistema la prueba. ABOGADO. – Señor Juez se tiene planteado el incidente de redención a favor del señor Nelson Flores Canchari. JUEZ. – Dr. de la revisión del expediente se tiene que no existe la tercera clasificación, además que en el informe de verificación domiciliaria indica que el inmueble donde pretende habitar el sentenciado, viven niños, aspecto que hago notar a su persona teniendo en cuenta el delito al que fue sentenciado. ABOGADO. - Señor Juez vamos a solicitar que se reprograme la audiencia a efectos de presentará la documentación faltante. JUEZ. - Se tiene presente tiene la pablara el señor representante del MP. FISCAL. – Señor Juez, sin ninguna observación vamos a estar a lo que su autoridad disponga. JUEZ. - Se tiene presente, se reprograma la presente audiencia para el día miércoles 04 de septiembre de 2024 a horas 09:00 am., de manera presencial, debiendo librarse orden de salida para que el privado de libertad se constituya a este despacho judicial para asistir a la audiencia reprogramada. Quedando notificados todas las partes, debiendo notificarse a la víctima. Con lo que termino la audiencia, dando el señor Juez por concluida la misma a horas 10:49 am., firmando en conformidad y constancia, el Sr. Juez y la suscrita Secretaria que certifica. FDO. JUEZ - DOCTOR – JUAN ALBERTO YEBARA ORTEGA………........................................................................................................... FDO. SECRETARIA - ABOGADA – LEIDY CARBALLO RAMIREZ..………......................................................................................................... EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS VEINTIUN DIAS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO……..……………………………………………………. D. S. O.


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