EDICTO
Ciudad: SAN BORJA
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN BORJA
EDICTO
PROCESO: COMPROBACION DE UNION LIBRE
DEMANDANTE.- SAMUEL RAMOS MAMANI
DEMANDADO.- LEYSI CALLAU GONZALES
NUREJ Nº 8077229
LA DRA. CLAUDIA TERESA BASCOPE CHAVEZ – JUEZ PUBLICO DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE SAN BORJA - PROVINCIA GRAL. JOSE BALLIVIÁN- DEPARTAMENTO BENI, HACE SABER:
Que por el presente edicto, cita, llama y emplaza a LEYSI RAMOS GONZALES; con la demanda y auto de admisión, dentro del proceso DIVORCIO interpuesto por SAMUEL RAMOS MAMANI para que por sí o mediante apoderado legal, se apersonen a este despacho judicial dentro del plazo de ley y asumir su defensa, a cuyo fin se transcriben síntesis de los actuados procesales siguientes:- DEMANDA Y AUTO DE ADMIDION:- ---------------------------------------------------------------------------
SEÑORA JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL 1º DE SAN BORJA.---DEMANDA DIVORCIO ABSOLUTO.---OTROSÍES. - SU CONTENIDO
SAMUEL RAMOS MAMANI, con C.I. N° 4371457, mayor de edad y hábil por ley en todo derecho, de ocupación estudiante, con domicilio real en la comunidad de Villa Borjana, del municipio de San Borja, con el debido respeto ante su autoridad expongo y pido:.---I. ANTECEDENTES.---I.1. DE NUESTRO MATRIMONIO.---Por el certificado que adjunto se evidencia que en fecha 23 de Julio del 1999, mi persona contrae matrimonio civil con la Sra. LEYSI CALLAU GONZALES, el mismo que se efectuó por ante la Oficialía de Registro Civil Nº 0129, de este Distrito Judicial, anotada en el Libro N° 1-96-01, Partida N° 35, Folio N° 35, después de que conviviéramos desde aquella fecha; matrimonio al que asistí imbuido de los más sanos propósitos e intenciones de formar un hogar donde reine, el amor, la comprensión, los valores morales y humanos, así como el respeto mutuo de pareja; sin embargo, en vez de estos atributos que deben rodear el ambiente familiar, debo manifestar que mi esposa desde diciembre aproximadamente del 2015, hasta la fecha vivimos en cuerpos separados, es decir que desde hace 8 años aproximadamente ya no convivimos como marido y mujer, estando a la fecha cada quien con una vida realizada por separado. Es así que hoy he decidido poner punto final a nuestra relación de casados y sin la más mínima intención de reanudarla, por el contrario, he llegado al convencimiento que nuestra separación definitiva es necesaria para tener una vida plena respetando las buenas costumbres, ya que hace mucho que no existe más un proyecto de vida en común como el que nos unió en un inicio.---I.2. DENTRO DE NUESTRA UNIÓN CONYUGAL PROCREAMOS TRES (3) HIJOS---Señora Juez, por los certificados de nacimiento que adjunto se evidencia que producto de nuestra relacion matrimonial, procreamos tres hermosos hijos, de los cuales dos ya son adultos en las personas de EFRAIN RAMOS CALLAU DE 23 años y LICETH RAMOS CALLAU DE 19 años de edad, y la ultima de nombre LIZ YESENIA RAMOS CALLAU DE 16 años edad la cual aun se encuentra en edad escolar, documentales con las que refrendamos nuestra unión civil, documentos que tienen toda la fe probatoria del Proceso Familiar (Ley N° 603). ---II.- DE LOS BIENES EN COMÚN---Asimismo, expresar que dentro de la vigencia matrimonial no hemos adquirido bienes gananciales que merezcan registro en derechos reales, por lo que no existe materia de división alguna, toda vez que si bien adquirimos la habitabilidad de una parcela (lote agrícola), soto tenemos la posesión y hemos acordado entre partes, que dicha parcela se venderá y se dividirá el precio de la venta en un 50%.---III. PETICIÓN---Por todo lo expuesto, convencido mi persona que entre mi esposa y yo, no existe más un proyecto de vida en común, menos posibilidades de reconciliación; al amparo y de conformidad a lo establecido por los Arts. 205, 207, 210, 258, 259, 261, 434 inciso a) y 436 del Código de las Familia y del Proceso Familiar (Ley N° 603), interpongo acción de DIVORCIO ABSOLUTO O DESVINCULACIÓN JUDICIAL contra mi esposa Sra. LEYSI CALLAU GONZALES, solicitando a vuestra autoridad se digne admitir la presente demanda, se la tramite conforme a nuestras normas procedimentales y en sentencia, se la declare PROBADA, y consiguientemente declarando disuelto el vínculo matrimonial y en ejecución de sentencia se ordene al Servicio de Registro Cívico de San Borja, para que proceda a la cancelación de la partida matrimonial correspondiente.---Sea con las formalidades de Ley…..OTROSÍ I.- En el marco del Art. 261 y 325.I de la Ley N° 603, adjunto en calidad de fehaciente prueba documental, las siguientes:---1.- Certificado de Matrimonial en original.---2.- Fotocopia de mi cedula de identidad.---3.- Certificado de Nacimiento de mis tres hijos.---OTROSÍ II.- Las generales de ley de la demandada son las siguientes: responde al nombre de LEYSI CALLAU GONZALES, mayor de edad y hábil por ley en todo derecho, a quien -pido- sea CITADO mediante Edictos toda vez que desconozco el lugar donde actualmente se encuentre, por lo que pido que se oficie al Serecí a efectos de conocer el ultimo domicilio electoral.---OTROSÍ III.- Para fines que en derecho corresponda tengo a bien solicitar las siguientes Medidas Provisionales de conformidad a lo previsto por el Art. 210 parágrafo V), 271, 273 inc. a), c), d) de la Ley N° 603 se disponga lo siguiente:---1.- LA SEPARACIÓN PERSONAL, asimismo su autoridad deberá legalizar la separación personal de cuerpos a partir del mes de diciembre del 2015, como hago mención líneas arribas.---OTROSÍ IV.- Honorarios profesionales de acuerdo al arancel mínimo del Colegio de Abogados del Beni.---OTROSÍ V.- Señalo domicilio procesal, secretaria de su despacho.---San Borja, 15 de Enero de 2024.--------------
SEÑORA JUEZ PUBLICO DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL 1° DE SAN BORJA .---PIDE CITACION POR EDICTOS.---OTROSIES.- Su contenido.---N° causa 002/2024.----NUREJ: 8077229.---SAMUEL RAMOS MAMANI, mayor de edad y hábil por ley, de generales ya conocidas dentro del presente proceso de DIVORCIO instaurado por mi persona en contra de la señora LEYSI CALLAU GONZALES ante su autoridad con todo respeto expongo y pido:----Señora Juez, mediante la representación de la oficial de diligencias del juzgado de familia de Guayaramerin en la cual refiere que los vecinos de dicha zona no conocen a la demandada, por cuanto al tener desconocimiento del paradero de la demandada solicito se la cite por edictos mediante el sistema Hermes conforme al art. 308 de la ley 603.---Será Justicia.---Otrosí 1.- Domicilio procesal el señalado.---San Borja 05 de Agosto del 2.023.------------------------------------------------------------------------------
San Borja, 12 de Agosto de 2024.--- vistos.- en atención al memorial que antecede y la solicitud de notificación por edicto, conforme al art. 308 de la leu 603 procedas4 a la citación por edicto en el portal HERMNES para fines de ley y continuidad del proceso.--- Otrosí.- por señalado.---------------------------------------------REGÍSTRESE.- Firma y Sella Dra. CLAUDIA TERESA BASCOPE CHAVEZ Juez Publico de Familia e Instrucción Penal 1ro. de San Borja-Beni, ante mi Abg. Christian Jhon Rivera Guarena – Secretario del Juzgado Público de Familia e Instrucción Penal 1ro. de San Borja.--------------------------------------------------------------
EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO POR ORDEN JUDICIAL PARA SU PUBLICACIÓN, EN SAN BORJA, PROVINCIA GRAL. JOSE BALLIVIÁN DEL DEPARTAMENTO BENI, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.--------------------------------------------------------------------
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