EDICTO

Ciudad: VILLAMONTES

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y JUEZ TÉCNICO 1RO VILLAMONTES


E D I C T O JUZGADO: De Sentencia Penal, Partido de Trabajo y Seguridad Social de Villa Montes JUEZ: Dra. Ana Rosa Mancilla Chaile SECRETARIO: Dr. Franz Freddy Tola Tancara PROCESO: ESTUPRO SIGUE: Ministerio Público. CONTRA: FRANCISCO TELLEZ ZARATE VICTIMA: M.R.M. _______________________________________________________________________________ SE NOTIFIQUE AL ACUSADO FRANCISCO TELLEZ ZARATE CON AUTO INTERLOCUTORIO Y SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL.- Villa Montes, jueves 16 de noviembre de 2023 VISTOS: El informe de secretaria, la acusación fiscal, las pruebas presentadas y demás actuaciones procesales. CONSIDERANDO: Que, habiéndose remitido la acusación penal, acción que sigue el Ministerio Publico en contra de FRANCISCO TELLEZ ZARATE por la presunta comisión del delito de ESTUPRO previsto y sancionado por los Arts. 309 del Código Penal, en grado de autor, se Radica la misma. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a la Ley 586 Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, una vez corridos los actos procedimentales de notificaciones al Ministerio Publico, Victima o querellante e imputado, conforme señala el Art. 340- I-II y III, del Código de Procedimiento Penal, por lo que conforme al Art 340-IV, corresponde dar secuencia legal. POR TANTO: El Juzgado de Sentencia Penal, Partido de Trabajo y Seguridad Social, de Villa Montes, en aplicación del Art. 343 del Código de Procedimiento Penal, pronuncia AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL señalándose audiencia para su celebración, el día MIERCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023 A HORAS 8:30 AM en contra de FRANCISCO TELLEZ ZARATE por la presunta comisión del delito de ESTUPRO previsto y sancionado por los Arts. 309 del Código Penal, en grado de autor En aplicación a la previsión de la 2º parte del Art. 56 del Código de Procedimiento Penal, el secretario procederá: 1.- A notificar a las partes, testigos ofrecidos, librándose los mandamientos respectivos y tomara las medidas necesarias para la celebración del juicio. 2.- A este efecto se dispone que por secretaria se proceda al ensobramiento y codificación de las pruebas ofrecidas. Asimismo la publicación de EDICTOS para su notificación por el sistema HERMES y remita formato de edictos al Ministerio Publico. Se nombra abogado defensor de oficio para la acusada, al Dr. Dany Mamani a quien se notificara para el efecto. Se hace saber que la presente resolución no es recurrible conforme al Art. 342 del C.P.P. FDO. Y SELLADO DRA. ANA ROSA MANCILLA CHAILE JUEZ DE SENTENCIA PENAL, PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y JUEZ TECNICO 1RO DE VILLA MONTES, ANTE MÍ DR. FRANZ FREDDY TOLA TANCARA SECRETARIO DE SENTENCIA PENAL, PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE VILLA MONTES. EL PRESENTE EDICTO ES FRACCIONADO A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES AÑOS POR ORDEN JUDICIAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------


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