EDICTO
Ciudad: COCHABAMBA
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
EDICTO
Para: CESAR ANTONIO MARTINEZ MORA
Dr.: José Luis Cáceres Orozco
Juez de Sentencia Penal N° 1
Del Tribunal Departamental de Cochabamba
Proceso: Acción Penal Pública
Delito: Robo Agravado previsto y sancionado por el Art. 332 del Código Penal.
Seguido por: Ministerio Público
Contra: Cesar Antonio Martínez Mora
Por el presente edicto se notifica a CESAR ANTONIO MARTINEZ MORA, con auto de apertura de fecha 26 de septiembre de 2023, a fin de que asista a la audiencia de juicio oral de manera presencial, el día 27 de noviembre de 2023 a horas 10:00 am.; a cuyo efecto se transcribe el actuado pertinente en el siguiente tenor:------------
---------AUTO DE APERTURA DE FECHA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2023-----
AUTO DE APERTURA DE JUICIO ------------------------------------------------------
A, 26 de septiembre de 2023 --------------------------------------------------------------
VISTOS: La acusación formal presentada por la Dra. Ana María Balderrama Torrico Fiscal de Materia Asignada a la Fiscalía Especializada en Delito Patrimoniales contra Cesar Antonio Martinez Mora por la comisión del delito de Robo Agravado previsto y sancionado por el Art. 332 num. 2) del Código Penal, las pruebas de cargo, los antecedentes del caso, y; ---------------------------------------------
CONSIDERANDO I: Por escrito de fecha 28 de marzo de 2022, la Dra. Ana María Balderrama Torrico Fiscal de Materia Asignada a la Fiscalía Especializada en Delito Patrimoniales presenta acusación contra Cesar Antonio Martinez Mora por la comisión del delito Robo Agravado previsto y sancionado por el Art. 332 del Código Penal, argumentando que en fecha 06 de Noviembre de 2021 a horas 09:00 p.m. en inmediaciones de la calle Agustín López entre Tarata y Punata cuando funcionarios policiales se encontraban realizando patrullajes preventivo y motorizado, por inmediaciones de la terminal de buses Av. Ayacucho, pudo divisar a dos sujetos de sexo masculino, quienes lograron arrebatar de manera violenta una cartera del hombro de una persona de sexo femenino, para después darse a la fuga con dirección al este, es así que el funcionario policial se baja rápidamente del vehiculo policial y lo persigue por unas cuadras y ya encontrándose en la Calle Punata entre Calles Agustin López y Tarata logra interceptarlo y aprehenderlo a uno de los sujetos quien llevaba la cartera que habría sido sustraida a una cuadra distante del lugar del hecho, observándose que el sujeto había escondido dicha cartera entre sus partes genitales dicha persona se habría identificado con el nombre de CESAR ANTONIO MARTÍNEZ MORA, de 24 años de edad, quien habria manifestado conocer al co-autor solo con el apodo de Pipocas, pero desconoceria su paradero como su domicilio, para posteriormente remitirlo a dependencias de la FELCC, donde también se presentó la victima quien inmediatamente reconoció e identificó plenamente al aprehendido como una de las personas que le arrebataron su cartera que contenía sus objetos, así mismo reconoció su cartera y sus pertenencias. Como respaldo probatorio de esa acusación ofrece prueba documental y testifical de carg Esta acusación constituye la base del juicio oral. ----------------------------------------
CONSIDERANDO II: En función del Art. 340 parágrafo III del Código de Procedimiento Penal, modificado por el Art. 8 de la Ley N° 586 de 30 de octubre de 2014 LEY DE DESCONGESTIONAMIENTO Y EFECTIVIZACIÓN DEL SISTEMA PROCESAL PENAL, por providencia de fecha 09 de febrero de 2023, se dispuso que la acusación fiscal, y las pruebas ofrecidas de cargo, se pongan en conocimiento del procesado, para que dentro los diez días siguientes a su notificación ofrezca y presente físicamente sus pruebas de descargo. Dentro el plazo legal establecido el procesado no ofreció prueba de descargo; en consecuencia, estando cumplidas las formalidades legales previstas, corresponde dictar Auto de Apertura de Juicio y señalar fecha de audiencia de Juicio Oral, conforme establece el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal. -----------------------------------------------
POR TANTO: El Juez de Sentencia Penal N° 1 del Tribunal Departamental de Justicia, en función de los Arts. 342 y 343 del Código de Procedimiento Penal, determina Apertura de Juicio penal en contra de CESAR ANTONIO MARTINEZ MORA, mayor de edad, hábil por ley, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado previsto y sancionado por el Art. 332 num. 2) del Código Penal; en consecuencia, se señala audiencia de juicio oral, de manera presencial, para el día 27 de noviembre de 2023 a horas 10:00 am., señalamiento que se efectúa tomando en cuenta la imposibilidad humana y material de realizar un señalamiento más próximo, por la saturada agenda con la que cuenta el Juzgado con audiencias de juicio oral, juicios inmediatos, medidas cautelares, salidas alternativas, objeciones a la querella, conciliaciones y otros, que imposibilita un señalamiento más próximo, que imposibilita a dar cabal cumplimiento al plazo estipulado por el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal, lo que obliga a suspender plazos conforme el Art. 130 parte in fine del mismo cuerpo legal, debiendo las partes recabar los recaudos necesarios para la audiencia señalada. Asimismo se dispone que por secretaria se notifique de inmediato a las partes de manera personal y al procesado sea mediante edictos por Sistema Hermes, se cite a los testigos para lo cual la parte acusadora deberá apersonarse con la debida anticipación a Secretaria a recabar los mandamientos de comparendo, cuyo incumplimiento no será admitido como causal de suspensión del juicio señalado. Asimismo notifíquese al responsable de la Oficina Gestora de Procesos, debiendo habilitar un ambiente con las medidas de bioseguridad necesarios para la participación de las partes, el desarrollo de la audiencia de conformidad a lo previsto por el Art. 343 de la norma Procesal aplicada. Finalmente se exhorta a las partes que deben asistir a la audiencia programada con la debida antelación de 10 minutos a la audiencia señalada bajo su responsabilidad. ----------------------------------------------------------------------------
REGÍSTRESE. - Notifique funcionario.---------------------------------------------------
Fdo. Dr. José Luis Cáceres Orozco, Juez de Juzgado de Sentencia Nº 1-------------Fdo. Dra. Leidy Veliz Quispe, secretaria Abogada Juzgado de Sentencia Nº 1. -------
Cochabamba, 17 de noviembre de 2023
D.
S.
O.
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