EDICTO
Ciudad: LA PAZ
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO CUARTO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL
E D I C T O
Ciudad: La Paz
JUZGADO: PÚBLICO DE FAMILIA CATORCE DE LA CIUDAD DE LA PAZ.
Proceso: HOMOLOGACION
NUREJ: 20378877
Fecha: 17 DE NOVIEMBRE DE 2023
EL DR. MARCOS A. BEDREGAL SERRANO JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA CATORCEAVO LA PAZ – BOLIVIA. POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFÍQUESE A: ARIEL QUINO RAMOS, DENTRO NORMA ROJAS MORALES, contra ARIEL QUINO RAMOS, A CUYO FIN SE TRANSCRIBEN LOS RECAUDOS DE LEY.---
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MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 51 DE OBRADOS.---
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SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA No. 14 DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - LA PAZ- BOLIVIA ---ROJAS c/ QUINO ---NUREJ: 20378877 ---Homologación ---SOLICITA SE PONGA A LA VISTA. ---NORMA ROJAS MORALES. de generales de Ley ya expuestas y conocidas, con correo electrónico legalfirm37@gmail.com y whatsapp 70589816, dentro del proceso de HOMOLOGACIÓN incoada por mi persona en contra del Sr. ARIEL QUINO RAMOS, ante las consideraciones de su autoridad expongo y pido: ---I. ANTECEDENTES ---Señor juez, en fecha 28 de agosto del presente año me apersone a su juzgado con la finalidad de poder hacer el seguimiento correspondiente, pero con forme registro, la auxiliar de su juzgado me informo que el presente caso conforme sus registros se encuentra en pre archivo, pero no se tendría registro de libros de pre archivos en vuestro juzgado. ---II. PETITORIO ---Por todo lo arriba expuesto y, en conformidad al Artículo 24° de la C.P.E. SOLICITO a su autoridad ordene que por secretaria de su despacho SE PONGA A LA VISTA, demanda que cuenta con los siguientes datos: ---- Caratulada como: ROJAS / QUINO ---- NUREJ: 20378877. ---- Libro de pre archivos ---- Gestión 2022 ---- Homologación ---- Lista de pre archivo / No. 5. ---- Pagina 6. ---"Honeste vivere, naeminem laedere et jus sum cuique tribuere" ---La Paz, 30 de agosto de 2023 años. ---FIRMA Y SELLO: ALFREDO COARITI GUTIERREZ ---ABOGADO – U.M.S.A.---FIRMA ILEGIBLE
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PROVIDENCIA CURSANTE DE FOJAS 51 VUELTA DE OBRADOS.---
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La Paz, 4 de septiembre de 2023. ---De la solicitud que antecede, por secretaria de juzgado, PONGASE A LA VISTA, el presente proceso, siempre y cuando corresponda a las listas de PRE ARCHIVO 2022, de este despacho judicial. ---OTROSIS.- A lo principal.---FIRMA Y SELLO: DR. MARCOS A. BEDREGAL SERRANO ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14° ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA ---LA PAZ – BOLIVIA --- FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA
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PROVIDENCIA CURSANTE DE FOJAS 52 DE OBRADOS.---
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La Paz, 14 de septiembre de 2023 ---A la oficina con noticia de partes y considerando la data del proceso deberá notificarse a las partes en su domicilio real con la orden de PONGASE A LA VISTA, en observancia a la jurisprudencia constitucional, a objeto que se ponga en derecho.---FIRMA Y SELLO: DR. MARCOS A. BEDREGAL SERRANO ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14° ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA ---LA PAZ – BOLIVIA --- FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA
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MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 53 Y 53 VUELTA DE OBRADOS---
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SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA DE No. 14 DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - LA PAZ - BOLIVIA ---ROJAS c/ QUINO ---NUREJ: 20378877 ---Homologación ---DÁNDOME EXPRESAMENTE POR NOTIFICADO, HAGO CONOCER Y SOLICITO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO. ---OTROSÍ. - SU CONTENIDO. ---NORMA ROJAS MORALES, de generales de Ley ya expuestas y conocidas, con correo electrónico legalfrm37@gmail.com y whatsapp 70589816, dentro del proceso de HOMOLOGACIÓN incoada por mi persona en contra del Sr. ARIEL QUINO RAMOS, ante las consideraciones de su autoridad expongo y pido: ---Señor Juez, dándome expresamente por notificado con los decretos de fs. 50 vuelta y 52, del mismo hago conocer lo siguiente y solicito se notifique al demandado mediante la publicación de Edito Judicial, bajo los siguientes fundamentos de derecho: ---a. Se tiene de los informes de fs. 10, 11, 14, 17 que, el obligado registra con domicilios en la Localidad de Achacachi, Suricachi Sorata 38, y en la Zona Kupini, C/ cactus, No. 1017 de la Paz, este ultimo siendo el domicilio donde vivimos con ahora obligado, del cual queda claro que, actualmente ya no convivimos que el obligado, siendo que el mismo tiene otro domicilio – domicilio desconocido, que, solo mi persona y mis dos hijos vivimos en dicho domicilio. ---b. De los mismos, conforme los informes domiciliarios ya citados y emitidos por CERECI y SEGP. se tiene los informes y Representaciones de fs. 20, 37, 39, donde se pudo establecer que el ahora obligado no tiene su domicilio real en dichos domicilios señalados por SERECI y SEGIP. ---c. Así mismo, mediante memorial de fs. 43, el obligado a señalado de manera dolosa un domicilio en Achacachi, Calle Cochabamba, S/n esquina av. La Paz, Zona Masaya, Provincia Omasuyos, del cual, el informe de fs. 14 y sobre todo de las representaciones de fs. 37 y otros, establecen que es un domicilio inexistente, que solo fue señalado a efectos de dilatar el presente caso, siendo la Asistencia Familiar de Pronto y oportuno suministro, el domicilio real señalado de manera dolosa mediante memorial fs. 43 debe ser considerado como tal, no siendo valido a su consideración. ---ARTÍCULO 127°...”I. La obligación de asistencia familiar es de interés social, su oportuno suministro no puede diferirse por recurso o procedimiento alguno, bajo responsabilidad de la autoridad judicial."... ---Habiendo dispuesto mediante decreto de fs. 52, se notifique en domicilio real con la orden de PONGASE A LA VISTA, del cual, conforme los antecedentes y no teniendo domicilio real conocido del ahora obligado, como se tiene del acta de juramento de fs. 41 y representaciones de fs. 20, 37, 39, de conformidad a los Artículos 24° de la C.P.E., 127° y 309° de la Ley Nro. 603 SOLICITO a su autoridad que, la orden de PONGASE A LA VISTA, se notifique mediante la publicación de Edito Judicial en el sistema HERMES, debiendo el Secretario adjuntar las respectivas certificaciones de la publicación, conforme a Ley y a su vez sea también mediante el número de celular 73003455 señalado por el mismo obligado mediante memorial de fs. 43 (tomado en conocimiento por la oficial de diligencia - fs. 44). ---OTROSI. - Sra. juez, al amparo de los Arts. 129° de la Ley 025 y 24 de la Constitución Política del Estado, SOLICITO que por secretaría se me extienda fotocopias simples de todo el expediente, protestando cubrir el costo de lo fotocopiado, sea con las formalidades de ley, ---"Honeste vivere, naeminem laedere et jus sum cuique tribuere" ---La Paz, 25,de septiembre de 2023 años. ---FIRMA Y SELLO: ALFREDO COARITI GUTIERREZ ---ABOGADO – U.M.S.A. ---FIRMA ILEGIBLE
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PROVIDENCIA CURSANTE DE FOJAS 54 DE OBRADOS.---
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ROJAS / QUINO ---La Paz, 28 de septiembre de 2023 ---En merito a lo expuesto citase al demandado, por edictos conforme dispone los Arts. 308, 309 y 310 de la Ley Nº 603 del Código de las Familias y del Proceso Familiar Civil, asimismo en merito a la solicitud que antecede, la creación mediante Acuerdo de Sala Plena Nº 43/2018 del Tribunal Supremo de Justicia, implementa la Notificación Electrónica Hermes, a cuyo efecto y siendo el caso y bajo los principios de celeridad, acceso a la justicia y gratuidad, de conformidad a los Arts. 308, 309 y 310 de la Ley 603, expídase por secretaria el correspondiente edicto de ley, conforme al reglamento de notificaciones electrónicas HERMES. ---AL OTROSÍ 1º . – De conformidad al art. 129 de la Ley 025, por Secretaria franquéese las fotocopias simples solicitadas ---Por señalado los medios electrónicos de comunicación. ---FIRMA Y SELLO: MARCOS A. BEDREGAL SERRANO ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14°---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA
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