EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO JUZGADO: Publico Civil y Comercial 2° de la Capital JUEZ: Dr. Jesús Altamirano Cruz SECRETARIA: Abog. Karla Andrea Roca Castellanos.- PROCESO: Ordinario -Usucapión Decenal.- NUREJ: 60114276.- DEMANDANTE(S): LIDIA GALEAN DE MIRANDA DEMANDADO(S): CARMEN BUSTOS GUERRERO VDA DE CASTRO Y OTROS Por el presente edicto se cita aJUSTINA BUSTOS, BENITO GARECA, ANÍBAL COLQUE, HÉCTOR M. BLACUT, JULIO CHAMBI, JUAN RUEDA, CANDELARIO CASTRO; así también a presuntos herederos de CANDELARIO CASTRO MAMANI, presuntos herederos de EMIGDIO PAULINO CASTRO BUSTOS y PRESUNTOS PROPIETARIOS; dentro del proceso Ordinario de Usucapión Decenal seguido por LIDIA GALEAN DE MIRANDA en contra de CARMEN BUSTOS VDA DE CASTRO Y OTROS, para que por sí o mediante apoderado legal asuman defensa en el plazo de 30 días a partir de la primera publicación con el presente edicto caso contrario el proceso continuará con el defensor de oficio a nombrar, para cuyo efecto se hace saber lo siguiente: ----------------------- RESUMEN DE LA DEMANDA DE FS. 97 A 101 DE OBRADOS DE FECHA 12 DE JUNIO DE 2023.------------- LIDIA GALEAN DE MIRANDA, mayor de edad, hábil por ley, casada, labores de casa, con C.I.N° 1833103 Tja, con domicilio Pasaje Sachapera esq. Capirenda B/ Pedro Antonio Flores de esta ciudad de Tarija, expone y pide: OBJETO: Habiendo vivido por mas de 20 años de forma libre, en posesión continua, pasifica, sin oposición es que amparada en el arts. 110, 111, 138 y siguientes de la Ley N° 439 en la vía ordinaria vengo a demandar USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA en contra de Carmen Bustos Vda de Castro y sus hijos Santiago Antonio, Felicindo Victor, Hilaria Maria, Carmen Eugenia, Victoria Wilma, Emigda Paulino, Edith Fanny y Juan Pablo Castro Bustos sobre el bien inmueble ubicado en la Av. Itau y la calle Sachapera entre la Calle Capirenda y Santra Rosa actualmente Barrio Pedro Antonio Flores, zona Palmarcito, provincia Cecado designado como lote N°7 manzano D superficie 289,44 registrado en DDRRR 6.01.1.27.0000607 asiento A-1 de fecha 09/08/2002, adquirido por compra venta mismo que no se llega a regularizar por falta de económica, debiendo ser citados conforme el art. 78-II del CPC.- DERECHO: La suscrita demanda se encuentra jurídicamente sustentada por el art. 13 – I; 19 inc. I, 56 inc. I-II, de la CPE, 87-I, 106, 110, 138, 105 –I, 106; 138, 1283, 1286, 1296 y 1334 del CC y arts. 110 y 111;362 del CPC.------------------------------. PETICION: Pide admita su demanda, dicte Sentencia declarando probada la demanda en todas sus partes y en ejecución de sentencia otorgue la ejecutorial de ley para su inscripción ante Derechos Reales.Ofreco Prueba documental citada, testifical, Inspeccion Judicial.-------- RESOLUCION DE FS. 102 DE OBRADOS DE FECHA 13 DE JUNIO DE 2023.---------------------------------- Previamente a admitirse la demanda, y como Juez Director del proceso la parte deberá subsanar la siguiente observación: 1.- Verificado el documento de venta de fs. 1/2 se hace mención al lote N° 7 del manzano 9, situación que es muy diferente al manzano D expuesto en su levantamiento de fs. 4, y en su propia demanda. Situación que debe ser aclarada. 2.- Consta el plano de fs. 3 a favor de Lidia Galean Miranda y Silvestre Miranda Cardozo que hace mención al lote 7 del manzano D, empero resulta muy diferente en denominación de las calles frente a lo contenido en la demanda e informe técnico presentado, es decir constituye otra propiedad 3.- No existe ningún pronunciamiento sobre Silvestre Miranda Cardozo que forma parte del plano de lote aprobado adjunto. 4.- De acuerdo al informe técnico municipal, se extrae que aparentemente el lote objeto de proceso emerge del loteamiento Candelario Castro, Justina Bustos, Benito Gareca y otros en consecuencia su ampliación resulta necesaria e inclusive debe determinar quiénes serían los otros propietarios que realizaron el loteamiento. 5.- Debe adherir matricula actualizada del registro 6011270000607, con la finalidad de determinar su actual saldo, y restricciones que podrían existir para su eventual ampliación de la demanda. Para este efecto se le otorga TRES DÍAS, bajo apercibimiento de tenerla como no presentada, en aplicación del artículo 113-I de la Ley 439 Hágase saber en el correo electrónico precisado. Fdo: Dr. Jesús Altamirano Cruz, Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital.- Ante Mi, Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo MEMORIAL DE FS. 105 DE OBRADOS DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2023.----- LIDIA GALEAN DE MIRANDA, de generales conocidas cumple lo extrañado y solicita admisión de la demanda.------------ MEMORIAL DE FS. 109 DE OBRADOS DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2023.----- SILVESTRE MIRANDA CARDOZO, mayor de edad, hábil por ley, casado, chofer con C.I.N° 4145333 Tja me presento dentro del proceso instaurado por mi esposa LIDIA GALEAN DE MIRANDA en contra de CARMEN BUSTOS VDA DE CASTRO Y OTROS para indicar que estoy de acuerdo toda vez que ese inmueble fue adquirido por mi esposa cuando ella era soltera.------ RESOLUCION DE FS. 110 DE OBRADOS DE FECHA 22 DE JUNIO DE 2023.--- Ante los antecedentes, y 1.- Al memorial de Lidia Galean de Miranda: 1.1.- Cúrsese oficio a Derechos Reales para que nos informe si de la matricula madre 6.01.1.27.000607 consta las siguientes transferencias ? Del lote N° 7 del manzano D, con precisión de superficie, limites y colindancias con identificación de beneficiario ? Del lote N° 7 del manzano 9 con precisión de superficie, limites y colindancias con identificación de beneficiario (Adjuntar copia de matricula donde se advierte varias matriculas hijas) 1.2.- Cúrsese oficio a la Dirección de la Ordenamiento Territorial para que nos precise el nombre y apellido de cada uno de los titulares del loteamiento Candelario Castro, Justina Bustos, Benito Gareca “y otros” (adjuntar informe de fs. 5) 2.- Al memorial de Silvestre Miranda Cardozo: Se tendrá presente al momento de admitir la pretensión Hágase saber en sus correos que fueron precisados. 3.- En lo demás, la parte deberá ampliar la demanda tomando en cuenta el informe que será agregado, más la observación realizada sobre este puntual 4.- También deberá ampliar la demanda sobre el acreedor registral existente. Fdo: Dr. Jesús Altamirano Cruz, Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital.- Ante Mi, Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo MEMORIAL DE FS. 136 DE OBRADOS DE FECHA 23 DE AGOSTO DE 2023.--- LIDIA GALEAN DE MIRANDA, de generales conocidas cumple lo extrañado, adjunta informes de DDRR, plano legalizado de loteamiento, aclara y solicita admisión de la demanda.--- RESOLUCION DE FS. 138 DE OBRADOS DE FECHA 24 DE AGOSTO DE 2023.---- Ante los antecedentes, y 1.- La parte deberá ampliar la demanda en contra del Banco Mercantil S.A., toda vez que no consta la cancelación de todas las restricciones. 2.- Cúrsese oficio al Sereci para que nos haga llegar el siguiente informe: ? Un certificación de descendencia de Candelario Castro Mamani, se ignora otros datos a excepción que su cónyuge es Carmen Bustos Guerrero de Castro con C.I. N° 1782100, así también el ultimo domicilio real de cada uno de sus herederos forzosos. ? Un certificado de descendencia de Emigdio Paulino Castro Bustos con C.I. N° 1874953 con nacimiento 05/08/1963, así también si el mismo era casado y/o unión libre se adhiera el nombre del cónyuge. Más un certificado de descendencia, y últimos domicilio reales de estos. ? Una certificación del último domicilio real de Justina Bustos, Benito Gareca, Aníbal Colque, Héctor H. Blacut, Julio Chambi y Juan Rueda (se ignora otros datos) La parte también, deberá ampliar la demanda en contra de estos sujetos, y por Secretaria adhiera su informe por aproximación del Segip. 3.- Cúrsese oficio al a Dirección de Ordenamiento Territorial para que nos determine si existe un levantamiento y/o plano aprobado a favor Lidia Galean de Miranda con C.I. N° 1833103 y/o Silvestre Miranda Cardozo con C.I. N° 4145333, que sea diferente al plano de lote 7 del manzano D de la zona Lourdes (adjuntar copia de fs. 3) Fdo: Dr. Jesús Altamirano Cruz, Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital.- Ante Mi, Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo MEMORIAL DE FS. 159 A 160 DE OBRADOS DE FECHA 08 DE SEPTIEMBRE DE 2023.- LIDIA GALEAN DE MIRANDA, de generales conocidas se pronucnia respecto al informe del SERECI y modifica la demanda en contra de CARMEN BUSTOS GUERRERO VDA DE CASTRO, SANTIAGO ANTONIO CASTRO BUSTOS, FELICINDO VICTOR CASTRO BUSTOS, HILARIA MARIA CASTRO BUSTOS DE VALENCIA , JUAN PABLO CASTRO BUSTOS, EDITH FANY CASTRO BUSTOS, HEREDEROS DE EMIGDIO PAULINO CASTRO BUSTOS: CRISITIAN GERMAN CASTRO FLORES y DANIELA CASTRO FLORES con relación a ANA MARIA FLORES ROMERO no a sido espsa o conubina de Emigdio Paulino Castro Bustos.--- RESOLUCION DE FS. 161 DE OBRADOS DE FECHA 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023.— Se tiene presente lo expuesto; sin embargo, deberá dar cumplimiento a lo ya ordenado. Con relación a Ana María Flores Romero, no consta prueba del extremo precisado, en su mérito deberá formar parte del proceso, en consecuencia queda ratificada la solicitud de informe al Sereci que se encuentra en procesamiento. Fdo: Dr. Jesús Altamirano Cruz, Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital.- Ante Mi, Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo.-- AUTO INTERLOCUTORIO N° 338/2023 DE FS. 177/177 VTA DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2023.— Vistos: Los antecedentes, y Considerando: Se apersona Lidia Galean de Miranda de demandando en la vía ordinaria proceso de usucapión decenal, y estando cumplido los requisitos extrínsecos del artículo 110 de la Ley 439, corresponde admitirla para su tramitación como proceso ordinario conforme a las reglas fijadas en el artículo 362 y Sgts. de la Ley 439, aclarando que al existir varios sujetos derivados del causante inicial, inclusive sobre una superficie exigua registral impide llevar adelante una conciliación, además que la usucapión decenal en sus presupuestos resulta materialmente no viable la exigencia procesal fijada en el artículo 292 de la Ley 439. Por tanto: Se admite la demanda ordinaria de usucapión decenal formulada por LIDIA GALEAN DE MIRANDA sostenida a fs. 97/101, y su complemento de fs. 105/106, 109, 136/137, 159/160 en contra de CARMEN BUSTOS GUERRERO VDA. DE CASTRO, SANTIAGO ANTONIO CASTRO BUSTOS, FELICINDO VÍCTOR CASTRO BUSTOS, HILARIA MARÍA CASTRO BUSTOS DE VALENCIA, CARMEN EUGENIA CASTRO BUSTOS DE GUERRERO, VICTORIA WILMA CASTRO BUSTOS, JUAN PABLO CASTRO BUSTOS, EDITH FANY CASTRO BUSTOS, CRISTIAN GERMÁN CASTRO FLORES y DANIELA CASTRO FLORES y ANA MARÍA FLORES ROMERO para que en el plazo de treinta días desde su legal citación se apersone y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, en estricta sujeción a los artículo 74 y 75 de la Ley 439, quedando autorizada la comisión. También procédase a la citación de JUSTINA BUSTOS, BENITO GARECA, ANÍBAL COLQUE, HÉCTOR M. BLACUT, JULIO CHAMBI, JUAN RUEDA, CANDELARIO CASTRO; así también a presuntos herederos de CANDELARIO CASTRO MAMANI, presuntos herederos de EMIGDIO PAULINO CASTRO BUSTOS y PRESUNTOS PROPIETARIOS, a quienes se desconoce e ignora su domicilio real, disponiéndose su CITACIÓN y EMPLAZAMIENTO para que se apersone al presente proceso en el plazo de treinta días desde la primera publicación, bajo apercibimiento de nombrárseles defensor oficial Como TERCEROS hágase saber a SILVESTRE MIRANDA CARDOZO que tiene la calidad de cónyuge la parte demandante, y al representante del BANCO SANTA CRUZ S.A., ante la existencia de un gravamen sobre el bien inmueble. Se tiene por propuesta la prueba documental, testifical, inspección judicial y pericial con noticia contraria. Cítese y emplácese al Lic. Johnny Torres Terzo en su calidad del Alcalde electo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de Tarija en su calidad de tercero. Colóquese el letrero indicativo del presente proceso a ser verificado por secretaria. Al memorial de fs. 97: Al otrosí 1° Deferido. Al otrosí 2° Por declarado. Al otrosí 3° Por señalado. Al otrosí 4° Se tiene presente. Regístrese. Fdo: Dr. Jesús Altamirano Cruz, Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital.- Ante Mi, Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo.------- QUEDAN UDS. CITADOS.-Certifico--------------------------------------------------------------------------------------------------- Tarija, 15 de NOVIEMBRE de 2023


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