EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO SEGUNDO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE EL ALTO


EDICTO EL DR. WILBER RUDDY BLANCO VARGAS JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DECIMO SEGUNDO DE LA CIUDAD DE EL ALTO. --------------------------- NUREJ: 204090545. -------------------------------------------------------HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE CITA A LA DEMANDADA: ROSE MERY MONTAÑO VILLAZOL, DENTRO DEL PROCESO CIVIL PRELIMINAR SEGUIDO POR JOAQUIN KANTUTA SIÑANI CONTRA ROSE MERY MONTAÑO VILLAZOL SOBRE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS, QUE MEDIANTE AUTO DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 CURSANTE A FOJAS 29 DE OBRADOS, SE HA DISPUESTO LO QUE A CONTINUACION SE TRANSCRIBE:--------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 4 – 5 DE OBRADOS.------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑOR JUEZ PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO.------Es la vía preliminar pide RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS en documento privado.---------------------------------------------------------------Otrosies.- Domicilio.---------------------------------------------------- JOAQUIN KANTUTA SIÑANI, mayor de edad, hábil por derecho, soltero, de ocupación Abogado, con domicilio en la zona dan Martin de Porres, c/ Jaime Mendoza, N 2985, de la ciudad de El Alto, con C.1. N° 2049916 exp. L.F., presentándonos ante su autoridad respetuosamente expongo y pido:---------Señor Juez, ocurre que en fecha 12 de octubre del 2020 he otorgado en calidad de contrato de alquiler por el tiempo de 6 meses una tienda y trastienda de 4x5 eta., cada uno para uso de vivienda y por el canon libremente convenido entre partes en la suma de Be.- 220.00 (DOSCIENTOS VEINTE 00/100). habiendo cancelado por adelantado por 3 meses y luego debería de pagar mes cumplido: ambientes que corresponden a l Inmueble que se encuentra ubicado en la zona, San Martin de Porres, calle Jaime Mendoza, N 2985, en el Distrito 12, de la ciudad de El Alto, contrato que he suscrito con la señora ROSSE MERY MONTAÑO VILLAZOL, con C.I. N° 2378872 exp. L.P., conforme se evidencia del documento privado que se adjunta al presente, empero pese haberse cumplido el término de los 6 meses del contrato de alquiler, la inquilina no me ha entregado los ambientes hasta la fecha, ya que sigue ocupando y lo utiliza como depósito, inquilina que ya no se aparece, habiendo abandonado los ambientes alquilados y habiendo transcurrido más de 14 meses hasta la fecha que no paga incluso los alquileres, a quien le busque por todas partes, sin ningún resultado e incluso fui a su anterior domicilio de la zona Villa Fátima, avenida de las Américas, s/n. de la ciudad de La Paz, empero no pude ubicar dicho domicilio, por lo que a la fecha desconozco su domicilio y paradero, entonces una vez ubicada y citada formalmente pido a s autoridad se conmine a la nombrada a fin de que reconozca = firma y rúbrica, para realizar posteriores trámites judiciales extraordinario de desalojo y asimismo para que dicho documento privado se convierta en un instrumento público.------Asimismo hago notar que por un error involuntario se consignado en el contrato de alquiler sus generales de ley de la inquilina en su apellido materno "VILLASOL", siendo lo correcto "VILLAZOL", conforme la cedula de identidad que s adjunta al presente de la demandada ROSSE MERY MONTANO VILLAZOL, con c.1. N° 2378872 exp. L.P.----------------------------------Por lo expuesto señor Juez, en la VIA PREPARATORIA DE DEMANDA y al amparo del art. 305, 306, num. 2, inc. a y b) y sgts. de la Ley 439 y art. 1300 del C.C., impetro a su autoridad citar y emplazar a ROSSE MERY MONTAÑO VILLAZOL, quien es mayor de edad, hábil por derecho, divorciada, de ocupación labores de casa, con domicilio desconozco a la fecha: a efectos de que al cumplimiento de su legal citación y emplazamiento comparezca ante su Despacho a objeto de reconocer sus firmas y rúbricas estampadas en documento privado, sea bajo conminatoria de darse por legalmente reconocido.--------------------------------------------------------------Otrosí 1.- Como se desconoce el domicilio y paradero de la demandada, pido se cite con la demanda mediante la publicación de Edictos y sea a través de un periódico de circulación nacional, de conformidad a los arts. 78 del Código de Procesal Civil y sea previa juramento de desconocimiento de domicilio.---------------------------------------------------------------Otrosi 2.- Asimismo solicito se oficie al SEGIP Y SERECI, à efectos de que me extiendan un informe sobre el registro del último domicilio de la demandada ROSSE MERY MONTAÑO VILLAZOL, con C.1. N 2378872 exp. a efectos de la citación, conforme a derecho.--------------------------------------Otrosi 3.- Adjunta el documento privado de fecha 12 de octubre del año 2020 en original y la fotocopia de mi cedula de identidad.--------------------Otrosi 4.- Copatrocinio al abogado Ricardo Jiménez C. correo electrónico, jimenez9259020@gmail.com, cel. 69790515.---------------------------------Otrosi 5.- Domicilio Av. Raúl Salmón, N 18, of. 14 frente a la FELCC, correo electrónico, jimenez,abogs@hotmail.com, cel. 76532221.-------------------Será justicia, etc.------------------------------------------------------El Alto, 6 de junio de 2023----------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Jose E, Jimenez V.----------------------------------------ABOGADO------------------------------------------------------------------M.C.A. 004001 NIT: 2336365019--------------------------------------------MRPA 2636365JEV-A-------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: Dr. Ricardo J. Jimenez.-----------------------------------ABOGADO------------------------------------------------------------------MRPA 9258020------------------------------------------------------------- FIRMA IMPETRANTE: Joaquin Kantuta Siñani---------------------------------C.I. 2049918 L.P.--------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 9 - 10 DE OBRADOS.-----------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SEÑOR JUEE PÚBLICO IN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 12 DE LA CIUDAD DE EL ALTO.-NUREJ: 204090545---------------------------------------------------------INT:---------------------------------------------------------------------Subsana lo observado y pide admisión de demanda.-------------------------Otrosies.- Domicilio.----------------------------------------------------JOAQUIN KANTUTA SIÑANI, de generales de ley ya conocidos, dentro del trámite preliminar de reconocimiento de firmas y rubricas. seguida contra ROSSE MERY MONTARIO VILLAZOL presentándome ante su autoridad respetuosamente expango y pido: --------------------------------------------------------Señor Juez, tengo a bien en subsanar lo observado por su autoridad, bajo les siguientes fundamentos de hecho y de derecho: -----------------------En cuanto al numeral 4) del art. 110 del C.P.C.--------------------------Digo, que la demandada es: ROSSE MERY MONTAÑO VILLAZOL, quien es mayor de edad, habil por derecho, divorciada, de ocupación labores de casa, con domicilio desconozco, con C.I. 2378672 exp. L.P. ------------------------cuanto al numeral 5) del art. 110 del C.P.C.-----------------------------En Digo, que el bien demandado es recuperar mis dos ambientes que entregue en calidad de alquiler a través del trámite de desahucio, bien inmueble que lo tengo registrado en derechos reales de la ciudad de El Alto, bajo la matricula N 2.12.2.01.0007097 vigente.-----------------------------------En cuanto al numeral 6) del art. 110 del C.P.C.--------------------------Digo, que a la señora ROSSE MERY MONTARO VILLAZOL, le he entregado 2 ambientes en calidad de contrato de alquiler por el tiempo de 6 meses, de mi bien inmueble que está ubicado en la zona, San Martin de Porres, calle Jaime Mendoza, N° 2985, en el Distrito 12, de la ciudad de El Alto, y que la Inquilina pese haberse cumplido los 6 meses del arriendo, sique ocupando como depósito por el tiempo de 2 años, 2 meses y 11 dias a la fecha y no me ha entregado los ambientes, menos me pagó alquileres durante ese tiempo, perdiéndose hasta la fecha y desconozco su paradero y domicilio.---------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 13 – 13 VTA. DE OBRADOS.-----------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SEÑOR JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 12 DE LA CIUDAD DE EL ALTO.-NUREJ: 204090545---------------------------------------------------------INT:---------------------------------------------------------------------Subsana le observado y pide admisión de demanda.-------------------------Otrosies.- Domiclio.-----------------------------------------------------JOAQUIN KANTUTA SIÑANI, de generales de ley ya conocidos, dentro del trámite preliminar de reconocimiento de firma y rubricas, seguida contra ROSSE MERY MONTAÑO VILLAZOL presentando ante su autoridad respetuosamente expongo Y pido:--------------------------------------------------------------------Señor Juez, tengo a bien en subsanar lo observado por su autoridad, bajo los siguientes fundamentos: En cuanto al numeral 7) parágrafo I) del art. 110 del C.P.C.-----------------------------------------------------------Digo que una vez que adquiera la calidad de instrumento público el documento privado en cuestión, iniciare demanda extraordinaria de desalojo de vivienda, conforme dispone el art. 369 y concordante con el art. 392, numeral romano 1111 del Código Procesal Civil, por falta del pago de alquileres por más de 3 meses y cuya trascendencia y necesidad es la de obtener la restitución de sus dos ambientes que fue otorgado en calidad de contrato de alquiler, además que preciso esos ambientes para ocuparlo yo, come dueño de casa que soy.----------------------------------------------Por lo expuesto señor Juez, habiendo subsanado lo observado por su autoridad, es que pido se digne et admitir mi demanda de reconocimiento de firmas y rubricas, petición que la hago al amparo del art. 24 de la C.F.E. y sea previa los recaudos de ley.----------------------------------------Otrosí 1.- Me ratifico en mi demanda principal y los otrosíes, así como me ratifico en la prueba literal adjuntada y cursante en obrados.-----------Otrosi 2.- Copatrocinio al abogado Ricardo Jiménez C. correo electrónico, jimenez9259020@gmail.com, cel. 69790515.---------------------------------Otrosí 4.- Domicilio Av. Raúl Salmón, N° 18, of. 14 frente a la FELCC, correo electrónico, jimenez.abogs@hotmail.com, cel. 76532221------------- Será justicia, etc.------------------------------------------------------El Alto, 30 de junio de 2023---------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Jose E, Jimenez V.----------------------------------------ABOGADO------------------------------------------------------------------M.C.A. 004001 NIT: 2336365019--------------------------------------------MRPA 2636365JEV-A-------------------------------------------------------- FIRMA IMPETRANTE:--------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AUTO CURSANTE A FOJAS 14 – 14 VTA. DE OBRADOS.----------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA---------------------------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA-------------------------------- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 12----------------------------EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA---------------------------------------El Alto, 03 de julio de 2023--------------------------------------VISTOS: Siendo que el proceso preliminar se enmarca en el Libro Segundo, Título I Capítulo Tercero del Código Procesal Civil; bajo el principio general enmarcado en el Art. 305 de la Ley Nº 439, cual establece: “que en todo proceso podrá sustanciarse una etapa preliminar por iniciativa de quien pretendiere demandar o por quien supusiere fundadamente que será demandado…”; en ese entendido si bien el Art. 306 enuncia las diligencias preparatorias, no se limita solamente a ellas sino a todas aquellas que tengan la misma naturaleza, por consiguiente corresponde al suscrito juez calificar la pretensión de la parte demandante y disponer conforme a derecho y la sana critica.------------------------------------------------Asimismo, se debe tener presente que el procedimiento establecido en el Art. 307 del cuerpo legal precitado debe ser observado y cumplido correctamente, observando lo dispuesto por los Arts. 110 y 111 de la Ley Nº 439 a fin de acreditar el interés legal y la legitimación correspondiente.--------------------------------------------------CONSIDERANDO: Que, mediante memorial presentada en fecha 07 de junio de 2023 de fs. 4-5 Vta. y subsanada mediante memorial de fecha 30 de junio de 2023, previa a su admisión, Joaquin Kantuta Siñani, solicita diligencia preliminar de reconocimiento de firmas y rubricas del documento de “DOCUMENTO PRIVADO DE CONTRATO EN ALQUILER DE TIENDA Y TRASTIENDA” de fecha 12 D EOCTUBRE DE 2020, cursante a fojas 1 de obrados, solicitando se cite, notifique y emplace a la señora: Rosse Mary Montaño Villazol con C.I. 2378872 L.P., que previos los tramites de ley se declare por reconocidas, declarándose la categoría de instrumento público para fines consiguientes; aclarando que la demanda que se pretende formalizar en un proceso Extraordinario de desalojo; amparando su pretensión en los Arts. 306 núm. 2; 307 parag. I del Código Procesal Civil.------------------- En ese contexto, la parte solicitante acredita su legitimación activa, presentado documentos que respaldan la diligencia preparatoria interpuesta.------------------------------------------ ? A fs. 1 cursa documento privado de contrato en alquiler de tienda y trastienda----------------------------------------- ? A fs. 2 – 3 cursa cedula de identidad fots. Simple.---------- ? A fs. 8 cursa boletas de servicio de Agua “EPSAS”------------ De la revisión de antecedentes procesales, valoración de la prueba y lo expuesto en el memorial que antecede; se establece que la parte demandante ha cumplido con lo dispuesto por el parágrafo I del Art. 307 de la Ley Nº 439; por consiguiente, el suscrito juez, en aplicación del parágrafo II. Del citado artículo, ADMITE la DILIGENCIA PREPARATORIA interpuesta mediante memorial presentada en fecha 07 de junio de 2023 de fs. 4-5 Vta. y subsanada mediante memorial de fecha 30 de junio de 2023, en ese contexto determina la tramitación bilateral de la presente medida y en atención al Art. 306 y 307 parag. III de la ley precitada, DISPONE:----------------- Por la Oficial de Diligencias, procédase a la citación y emplazamiento emplace a la señora: Rosse Mary Montaño Villazol con C.I. 2378872 L.P., para que; comparezcan ante este despacho judicial a AUDIENCIA DENTRO DEL QUINTO DIA DE SU LEGAL CITACION Y EMPLAZAMIENTO PERSONAL A HORAS 10:30 am HASTA LA CONCLUSION DE LA JORNADA LABORAL a objeto de reconocer o negar la firma y rubrica estampada “DOCUMENTO PRIVADO DE CONTRATO EN ALQUILER DE TIENDA Y TRASTIENDA” de fecha 12 D EOCTUBRE DE 2020, cursante a fojas 1 de obrados, bajo apercibimiento de darse por reconocidas en caso de inconcurrencia, sea con las formalidades de ley.------------------- Providenciando al memorial de fecha 07 de junio de 2023------------ AL OTROSI 1-2.- En atención a lo solicitado, y conforme a lo procede, y en mérito al memorial OFICIESE al Servicio General de Identificación Personal SEGIP y al Servicio de Registro Cívico La Paz SERECI, a objeto de que INFORMEN Y/O CERTIFIQUEN sobre el ultimo domicilio registrado de la señora: ROSSE MARY MONTAÑO VILLAZOL con C.I. 2378872 L.P., sea con formalidades de ley.------------------- AL OTROSI 3.- Se tiene presente el documento privado sea con noticia de la parte contraria.--------------------------------------------- AL OTROSI 4.- Se tiene presente el copatrocinio. ------------------ Providenciando al memorial de fecha 23 de junio de 2023------------ AL OTROSI 1.- Se tiene presente------------------------------------ AL OTROSI 2.- Se tiene presente lo adjuntado por la parte actora sea con noticia de la parte contraria.----------------------------- Providenciando al memorial de fecha 30 de julio de 2023------------ AL OTROSI 4.- Por señalado conforme a lo previsto por el Art. 72 incisos II, V), Código Procesal Civil y se debe tener presente lo previsto por el Art. 82 inc. I y Art. 84 Inc. II del Código Procesal Civil.------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Dr. WILDER RUDY BLANCO VARGAS ----------------------------Juez Publico Civil y Comercial 12º -----------------------------------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA --------------------------------------EL ALTO-LA PAZ-BOLIVIA ------------------------------------------------ FIRMA Y SELLA: Ante mí:--------------------------------------------------Fabiola Katerine Alemán Aguilar------------------------------------SECRETARIA - ABOGADA -------------------------------------------------JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 ----------------------------------EL ALTO - BOLIVIA ------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&REPRESENTACION CURSANTE A FOJAS 26 DE OBRADOS.---------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& REPRESENTACIÓN---------------------------------------------------A:Dr. Wilber Rudy Blanco Vargas----------------------------------JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 12vo.------------------------------DE: Israel David Apaza Marin -------------------------------------OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 12vo.-REF: REPRESENTA---------------------------------------------Dentro del proceso Ordinario (Usucapión) con NUREJ 204090545 demandado por JOAQUIBN KANTUTA SIÑANI contra ROSSE MERY MONTAÑO VILLAZOL:---------------------------------------------------------Señor Juez, en fecha 11 de septiembre de 2023 a horas 16:00 aproximadamente, con la finalidad de citar y/o notificar a la Sra. ROSSE MERY MONTAÑO VILLAZOL, con la Demanda y Auto de Admisión del presente proceso, me constituí en 1ra. Instancia en la zona san martin calle Octavio Campero Echazu S/N de la ciudad de El Alto. Sin embrago Sin embargo una vez recorrida toda la zona, no se pudo encontrar el domicilio, toda vez que el informe del SERECI no establece con exactitud la numeración del domicilio después de preguntar a los vecinos y tiendas de barrio por el señor, nadie pudo brindar información respecto a su domicilio. ----------------Consecuentemente, tengo a bien representar la presente citación y/o notificación, de conformidad a lo establecido por el Art. 75-IV del Código Procesal Civil. -----------------------------------Es cuanto informo para fines consiguientes de ley, y a su autoridad disponga lo que en derecho corresponda.----------------- El Alto, septiembre de 2023. ----------------------------------FIRMA Y SELLA: Israel David Apaza Marin --------------------------OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 12vo.------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 28 DE OBRADOS.---------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SEÑOR JUEZ PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 12 DE LA CIUDAD DE EL ALTO.-NUREJ: 204090545---------------------------------------------------------INT.:--------------------------------------------------------------------Solicita citación por Edicto.-------------------------------------------Otrosies.- Domicilio.---------------------------------------------------- JOAQUIN KANTUTA SIÑANI, de generales de ley ya conocidos, dentro del trámite preliminar de reconocimiento de firmas y rubricas, seguida contra ROSSE MERY MONTARO VILLAZOL presentándome ante au autoridad respetuosamente expongo y pido:----------------------------------------------------------Señor Juez, ocurre que no se pudo dar con los domicilios reales de la demandada, debido a ello el oficial de diligencias de vuestro Juzgado ha realizado la representación respectiva, el mismo cursa a fs. 26 de obrados, entonces a fin de cumplir con las formalidades de rigor es que solicito a su autoridad se digne disponer que la citación con la demanda y Auto de admisión sea por EDICTO, conforme dispone el art. 78, parágrafo 11) del Código Procesal civil y sex previa los recaudos de ley.-----------------Otrosi 1.- Copatrocinio al abogado Ricardo Jiménez C. correo electrónico, jimenez9259020@gmail.com, cel. 69790515.--------------------------------Otrosi 2.- Domicilio Av. Raúl Salmón, N 18, of, 14 frente a la FELCC, correo electrónico, jimenez.aboga@hotmail.com, cel. 76532221.-------------------Será justicia, etc.------------------------------------------------------El Alto, 27 de septiembre de 2023---------------------------------------- FIRMA Y SELLA: Jose E, Jimenez V.----------------------------------------ABOGADO------------------------------------------------------------------M.C.A. 004001 NIT: 2336365019--------------------------------------------MRPA 2636365JEV-A-------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: Dr. Ricardo J. Jimenez.-----------------------------------ABOGADO------------------------------------------------------------------MRPA 9259020RJJC--------------------------------------------------------- FIRMA IMPETRANTE:--------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AUTO CURSANTE A FOJAS 29 DE OBRADOS.-------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&El Alto, 29 de septiembre de 2023--------------------------------- VISTOS: Se tiene presente el memorial y en merito a los antecedentes que cursa en obrados y de la representación y/o informe emitido por el oficial de diligencias cursante a fs. 26 de obrados, debiendo citarse con la demanda, Auto de admisión y demás actuados que correspondan por edictos conforme al Art. 78 del Código Procesal Civil, a la demandada: ROSSE MERY MONTAÑO, previo juramento de desconocimiento de domicilio, misma publicación de edictos deberá realizarse y por el sistema HERMES por secretaria del juzgado y sea con las formalidades de ley.--------------------------------------- Al Otrosi 1.- Tengase presente el copatrocinio y por apersonadio al Abg. RICARDO JIMENEZ C. con MAT. RPA. 9259020 RJJC, y en tiendasre con el, ulteriores diligencias del presente proceso.--------------- Al Otrosí 2.- Por señalado conforme a lo previsto por el Art. 72 incisos II, V), asimismo se debe tener presente lo previsto por el Art. 82 inc. I y Art. 84 Inc. II del Código Procesal Civil, asimismo se tiene presente domicilio electrónico que señala, en cuanto se encuentre registrado en sistema Hermes; igualmente se tiene presente número de teléfono que identifica para comunicaciones que correspondan por WhatsApp.----------------------------------------- FIRMA Y SELLA: Dr. WILDER RUDY BLANCO VARGAS ----------------------Juez Publico Civil y Comercial 12º -----------------------------------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA --------------------------------------EL ALTO-LA PAZ-BOLIVIA -----------------------------------FIRMA Y SELLA: Ante mí:--------------------------------------------------Fabiola Katerine Alemán Aguilar------------------------------------SECRETARIA - ABOGADA -----------------------------------------JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 ----------------------------------EL ALTO - BOLIVIA ---------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&ACTA DE AUDIENCIA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO CURSANTE A FOJAS 32 DE OBRADOS.-----------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AUDIENCIA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO ------------------En la ciudad de El Alto a horas 09:30 a.m., del día jueves dieciocho (05) de octubre de Dos Mil Veintitres años, el personal del Juzgado Publico Civil y Comercial Décimo Segundo de la ciudad de El Alto constituido por el Dr. Wilber Rudy Blanco Vargas Juez Publico Civil y Comercial Décimo Segundo de la ciudad de El Alto y la suscrita Secretaria Dra. Fabiola Katerine Aleman Aguilar, nos constituimos en audiencia de juramento de desconocimiento de domicilio, dentro del proceso de carácter PRELIMINAR seguido por JOAQUIN KANTUTA SIÑANI contra ROSE MERY MONTAÑO VILLAZOL sobre RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS. ------------------------------------nstalado el acto por el Sr. Juez, se hizo presente el señor JOAQUIN KANTUTA SIÑANI, con Cédula de ldentidad No. 2049918 LP, mayor de edad y hábil por derecho, Soltera, de Profesion/Ocupacion Abogado, con Domicilio C/Jaime Mendoza No. 2985 Z/San Martin El Alto,quien previo juramento de ley dijo lo siguiente: -----------------------------------------------------------“SEÑOR JUEZ, JURO DESCONOCER EL DOMICILIO ACTUAL DE: ROSE MERY MONTAÑO VILLAZOL" --------------------------------------------------------------Habiéndose leido el tenor del acta, el declarante se ratifica en el tenor de la misma, con lo que termino el acto, firmando conjuntamente el Sr. Juez, el declarante, por Ante Mi de lo que certifico--------------------- FIRMA Y SELLA: Dr. WILDER RUDY BLANCO VARGAS ----------------------------Juez Publico Civil y Comercial 12º -----------------------------------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA --------------------------------------EL ALTO-LA PAZ-BOLIVIA ------------------------------------------------ FIRMA Y SELLA: Ante mí:--------------------------------------------------Fabiola Katerine Alemán Aguilar------------------------------------SECRETARIA - ABOGADA -------------------------------------------------JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 ----------------------------------EL ALTO - BOLIVIA ------------------------------------------------------ FIRMA IMPETRANTE: Joaquin Kantuta Siñani---------------------------------C.I. 2049918 L.P.--------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES AÑOS.-------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&WRBV/FJTQ.


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