EDICTO
Ciudad: LA PAZ
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO VIGÉSIMO SEXTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL
C/C---EDICTO-EL DOCTOR LIMBER MEDINA ARTEAGA JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL VEINTISÉIS DE LA CAPITAL, LA PAZ - BOLIVIA. HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE CITA LLAMA Y EMPLAZA A: JAIME DANIEL CATALAN GUTIERREZ DENTRO DEL PROCESO CIVIL ORDINARIO SEGUIDO POR GLADYS OLGA CATALAN GONZALES Y GUSTAVO CATALAN GONZALES CONTRA EMILIO CATALAN GONZALES SOBRE DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS, SE HA DISPUESTO LO QUE A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE.-----------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 16 -17 Vlta DE OBRADOS---SELLO REDONDO---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ---VENTANILLA 10---PLATAFORMA 2---La Paz-Bolivia--- SEÑOR JUEZ DE PARTIDO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO ------PLANTEA DIVISION Y PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS O COMUNES---OTROSIES: SU CONTENIDO------GUSTAVO CATALAN GONZALES Y GLADYS OLGA CATALAN GONZALES, ambos mayores de edad, hábiles por derecho, bolivianos, con C1 6182776 LP y C1 2302573 LP el primero con domicilio ubicado en la Calle Mercedes Geiru No 452 y la segunda en la Calle Mercedes Betzu No. 1928 ambas en la Zona Tembladerani de esta ciudad presentándome ante su autoridad con respeto expongo y pido:--En aplicación de lo dispuesto por el Art 110 y siguientes del Código Procesal Civil en la vía ordinaria de hecho planteo demanda de DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS O COMUNES en contra:----EMILIO CATALAN GONZALES mayor de edad, hábil por derecho Boliviano con domicilio ubicado en Calle Mercedes Betru No. 1928 de la Zona Tembladerani de esta ciudad.----Y lo hago en merito a los siguientes fundamentos de hecho y derecho:-------I.-COSA DEMANDADA.-------1) Demando la división y partición y en caso de ser imposible la venta en subasta del bien inmueble ubicado en la Calle Mercedes Belzu No 1928 de la Zona Tembladerani de esta ciudad, con una superficie de 225 m2 registrado en Derechos Reales con el Folio No 2:01.0.99.0198989.---II.- HECHOS EN QUE SE FUNDA LA DEMANDA.- Mis padres los que en vida fueron TEOFILO CATALAN QUIROZ Y CANDELARIA GONZALES DE CATALAN. Nuestro padre TEOFILO CATALAN QUIROZ llego a fallecer y posteriormente nuestra madre CANDELARIA GONZALES DE CATALAN Resultado de la unión conyugal se han generado como bien ganancial el inmueble ubicado en la Calle Mercedes Belzu No. 1928 de la Zona Tembladerani de esta ciudad, con una superficie de 225 m2 registrado en Derechos Reales con el Folio No 2.01.0.99.0198989.----Posterior al fallecimiento de nuestros padres como es lógico nuestras personas procedimos a iniciar la respectiva demanda de declaratoria de herederos en la que se PROCEDE A DECLARARNOS HEREDEROS AB INTESTATO DE TODOS LOS BIENES ACCIONES Y DERECHOS FINCADOS POR NUESTROS PADRES, TEOFILO CATALAN QUIROZ Y DE NUESTRA MADRE CANDELARIA GONZALES DE CATALAN NOS HICIMOS DECLARAR HEREDEROS Posteriormente las resoluciones judiciales fueran protocolizadas ante el Notario De Fe Publica Dra. Mariana Iby Avendaño generando la Escriture Publica No. 1353/2014 de fecha 13/10/2014 y la Escritura Publica No. 014/2016 de fecha 11 de enero de 2016, y ulteriormente la misma fue inscrita en Derechos Reales bien inmueble que eran de propiedad de nuestros padres.----Lamentablemente después del fallecimiento de nuestros padres EMILIO CATALAN GONZALES ENTRO EN POSESIÓN DE MÁS DEL 50% DEL INMUEBLE RESTRINGIENDO A NUESTRAS PERSONAS EL USO Y GOCE. ----III.- DERECHO INVOCADO Y FUNDAMENTACION JURIDICA---1) REFERENTE A LA DIVISION Y PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS O COMUNES ----Corresponde procede a la división y partición de los bienes involucrados en esta causa y ello como efecto de la sucesión hereditaria que se genera para todos los involucrados o sea el fallecimiento de mis padres y el régimen de copropiedad en que estamos sometidos ahora (aunque sea solo en documentos) corresponde en forma correcta proceder división y partición de los bienes y en su caso a la publica subasta y remate de los mismos y asignar a cada copropietario su alícuota en los términos en que se regulan los ART 158,159,167,171, del Código Civil que a su vez guarda relación con la división y partición de herencia de conformidad con los art 1233 y conexos que transcribimos a continuación.----Articulo 167.- (DIVISION DE LA COSA COMUN)---I.Nadie está obligado a permanecer en la comunidad y cada copropietario puede pedir en cualquier tiempo la división de la cosa común. --Articulo 170.- (COSAS INDIVISIBLES)--I. Si la cosa común no es cómodamente divisible o si cuando su fraccionamiento se encuentra prohibido por la ley o disposiciones administrativas se la vende y reparte su precio.--II. Cualquiera de los copropietarios tiene derecho a pedir que la venta se haga en publica subasta, y así se hará necesariamente cuando alguno de ellos seas incapaz.---Articulo 171.- (APLICACION DE LAS REGLAS SOBRE LA DIVISION DE HERENCIA) ---A la división de las cosas comunes se aplican las reglas sobre la división de la herencia en lo que no se oponga a las disposiciones del capítulo presente (Articulo1186 del Código Civil)---Asimismo nos apersonamos a su autoridad en cumplimento del art 67 de Código de Procedimiento Civil que expresa: ---Artículo 678.- (OPCION DE LOS HEREDEROS)---Será potestativo de los herederos pedir la partición por la voluntaria o ingresar directamente al juicio ordinario si existieren puntos contradictorios que dilucidar previamente.---Por lo que basado nuestra pretensión en la normativa anterior nuestras persones se encuentran legalmente legitimada a solicitar la división y partición de herencia o bienes comunes y su correspondiente subasta y remate para que con su producto se me asigne lo que en derechos me corresponde.---Tal como lo he demostrado la normativa actual ampara nuestro derecho como legítimos propietarios Asimismo en la misma línea se encuentra LA JURISPRUDENCIA DICTADA POR EL MÁS ALTO TRIBUNAL DE JUSTICIA que referente a la restitución de dinero y bines usufructuados HA ESTABLECIDO EN EL AUTO SUPREMO N° 153 DE 2 DE ABRIL DE 2007 EN SU SALA CIVIL---I. que “si bien en virtud del derecho de propiedad que nuestro Código Civil prevé en el art 105 permite al propietario usar gozar y disponer de la cosa sin embargo en autos el inmueble en litigio aun no estaba dividido entre sus copropietarios consiguientemente menos podía la codemandada disponer del inmueble solo en su beneficio cuando aún no podía determinarse cuál era la parte del inmueble que le correspondía para usar gozar y disponer a favor de terceros por un canondeterminado”.---V.-PETITORIO---Por todo lo expuesto solicito a su autoridad se sirva admitir la demanda y previos los trámites de rigor dictar sentencia declarando probada la demanda y en consecuencia disponer:---1) Haber lugar a la división y partición y en caso de ser imposible la venta en pública subasta del bien inmueble Demando la división y partición y en caso de ser imposible la venta en pública subasta del bien inmueble ubicado en la calle Mercedes Belzu No. 1928 de la Zona Tembladerani de esta ciudad, con una superficie de 225 m2 registrado en Derechos Reales con el Folio No 2.01.0.99.0198989, debiendo asignarse a nuestras personas el equivalente al 50% del valor de nuestras acciones y derechos OTROSI 1.-Señor Juez, de conformidad con el Art. 111 del Código Procesar Civil tengo a bien presentar los siguientes medios de prueba--1. PRUEBA DOCUMENTAL.----1. Fotocopias de nuestras cedulas de identidad---2 Escritura Pública No 01353/2014 sobre declaratoria de heredero----3. Escritura Publica No: 014/2016 sobre declaratoria de herederos--4. Folio Real Original del inmueble ubicado en Calle Mercedes Belzu No. 1926 de la Zona Tembladerani de esta ciudad, con una superficie de 229 m2 registrado en Derechos Reales con el Folio No 2. 01. 0. 99. 0198989.---5. Fotocopia legalizada del Formulario único de registro catastral el inmueble ubicado en Calle Mercedes Belzu No. 1928 de la Zona Tembladerani de este ciudad, con una superficie de 225 m2 registrado en Derechos Reales en el Folio No 2.01.0 99.0198989.----6. Pagos de Impuestos.--II. INSPECCION JUDICIAL.- De conformidad al Art: 187 del Código Procesal Civil,solicitamos se realice la inspección judicial en el inmueble ubicado en Calle Mercedes Belzu No. 1928 de la Zona Tembladerani de esta ciudad, con une superficie de 225 m2 registrado en Derechos Reales con el Folio No. 2.01.0 99 0198989. ---OTROSI 2.- El abogado que suscribe manifiesta tener iguala profesional con su cliente.---OTROSI 3.- Señalamos Domicilio Procesal en Edificio Centro Comercial Peatona Piso 4 of 400 c.---Será justicia, etc.----- La Paz 16 de noviembre de 2020---FIRMA Gladys Olga Catalan Gonzales----FIRMA: Gustavo Catalan Gonzales---FIRMA Y SELLA: Miguel Angel Coaquira C. ABOGADO U.M.S.A---Mat. R.P.A 6765442MACC----- SELLO DE CARGO Y DECRETO CURSANTE A FOJAS 18 DE OBRADOS---JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26º---Presentado en Fecha: 09/12/2020---Horas: 11:00---Nro. NUREJ:__---Presentado por: Plataforma---Nombre del Receptor:__---Adjunta:__---Sistema de Registro Judicial SIREJ---JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL Nº 26---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ-BOLIVIA---Nurej: 20370576---A, 10 de diciembre de 2020---Previamente la parte actora:----1.Adjunte el acta de conciliación ----2.Adjunte certificado y formulario de registro catastral del inmueble objeto del presente, sea en original o fotocopia legalizada conforme el Art. 1311 de Código Civil-----3. De cumplimiento a los incs. 5), 7) y 9) del Art. 110 del Código Procesal Civil, debiendo precisar sus hechos y pretensión, mas aun considerar el fundamente factico y juridico de su solicitud, además de acreditar la divisibilidad del inmueble.---4. Adjunte todal la prueba que obre en su poder, para sustentar su solicitud, sea en original o fotocopia legalizada, conforme el art. 1311 del Código Civil. --Sea en el plazo de setenta y dos horas, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de tenerse por no presentada su demanda, sea conforme el Art. 113 del Código Procesal Civil, sea con las formalidades de Ley.FIRMA Y SELLA: Dr. Limber Medida Arteaga---Juez Publico Civil y Comercial 26º---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ-BOLIVIA---Firma y Sella---ANTE MI:---Dra. Evelyn G. Moya Garnica---SECRETARIA- ABOGADA---JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26º--La Paz- Bolivia--- MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 150-150 Vlta DE OBRADOS---SELLO REDONDO---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ---VENTANILLA 4---PLATAFORMA --La Paz-Bolivia---SEÑOR JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26º DE LA CIUDAD DE LA PAZ ---NUREJ 20370576-SUBSANA LO OBSERVADO ---OTROSI.-SU CONTENIDO---GUSTAVO CATALAN GONZALES mayor de ca Cedula de Identidad 6182776 LP y GLADYS OLGA CATALAN GONZALES mayor de edad, hábil por derecho con Cedula de Identidad Nº 2302573 L.P. demás generales conocidas dentro del proceso ORDINARIO sobre DIVICIÓN Y PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS O COMUNES en contra de EMILLO CATALAN GONZALES, me presento, expongo y responde:----Señor juez par el A. 03 de septiembre de 2021 doy cumplimiento lo que su autoridad dispuso.---AL PUNTO DOS: adjuntamos fotocopia legalizada de formulario Único de Registro catastral Nº 0904859 en nuestra demanda.-AL PUNTO DOS: en complimiento al artículo 110---5. Aclarar el bien demandado designándolo con toda exactitud el bien inmueble ubicado en la calle Mercedes Belzu Nº 1928 de la zona tembladerani de esta ciudad con una superficie de 225 m2 registrado en Derechos Reales con Folio Nº 2.01.99.0198989.---7. Aclarar la invocación del derecho que se funda derecho a la propiedad y al vivir bien que nos protege la Constitución Política del Estado.---9. Aclarar la pe5ticion formulada en términos claros y positivos Señor Juez para solucionar pacíficamente este problema entre hermanos por la casa de mis padres se cumpla la división y partición como especifica:--CATALAN GONZALES EMILIO CON C.I. 492127 LP---CATALAN GONZALES GLADIS OLGA CON C.I. 2302573 L.P.---CATALAN GONZALES GUSTAVO CON C.I. 6182776 L.P.---CATALAN GONZALES OSCAR CRISTOBAL que falleció y sus herederos entren en su parte que le corresponda: LUCY XIMENA CATALAN POMA, JAIME DANIEL CATALAN GUTIERREZ y en caso de no llegar a un acuerdo entre las partes se disponga a la subasta publica del bien inmueble ubicado en la calle Mercedes Belzu Nº 1928 de la zona Tembladerani de esta ciudad con una superficie de 225 m2 registrado en“DerechosReales”confolioNº2.01.0.99.0198989.--AL PUNTO CUARTO: Señor juez no contamos con más pruebas todo lo que presentamos esta en el expediente.---OTROSI.- para conocer providencias señalo domicilio procesal Calle comercio--Esq. YanacochaEdificioPérezPeraltaNº994,segundopiso,Oficina205,correoelectrónico:miguelcoaquira77@gmail.com, cel. 65560660.---Sera justicia---La Paz 13 septiembre del 2021---FIRMA Gladys Olga Catalan Gonzales----FIRMA: Gustavo Catalan Gonzales---FIRMA Y SELLA: Miguel Angel Coaquira C. ABOGADO U.M.S.A---Mat. R.P.A 6765442MACC----- SELLO DE CARGO Y DE AUTO DE ADMISIÓN CURSANTE A FOJAS 151 DE OBRADOS---JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26º---Presentado en Fecha: 14/09/2021---Horas: 15:00---Nro. NUREJ:__---Presentado por: Plataforma---Nombre del Receptor:__---Adjunta:__---Sistema de Registro Judicial SIREJ---JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL Nº 26---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ-BOLIVIA---Nurej: 20370576---A, 15 de septiembre de 2021----VISTIOS: Se admite la demanda ordinaria en cuanto hubiere lugar en derecho y se corre en traslado a : - EMILIO CATALAN GONZALES – COMO POSIBLES HEREDEROS DE OSCAR CRISTOBAL CATALAN GONZALES A: LUCY XIMENA CATALAN POMA---OSCAR CATALN POMA ---JAIME DANIEL CATALAN---Para que previa su citación y emplazamiento respondan a la demanda dentro del plazo previsto por ley (30 dias), adjuntando toda prueba que obre en su poder y de la que intentare valerse sea ; prueba documental, testifical y otros, sea con las formalidades de ley.---En caso de incomparecencia de los demandados se sujetara a lo establecido en el art. 364 del Código Procesal Civil.----Providenciando el memorial de la demanda de fs. 16-17 Vlta. de obrados---Al Otrosi 1º--Se tiene por ofrecida la prueba documental e inspección judicial, sea con noticia de parte contraria----Al otrosi 2º Adjuntese la iguala profesional---Al Otrosi 3º.- Se tiene presente y por señalado el domicilio procesal---- FIRMA Y SELLA: Dr. Limber Medida Arteaga---Juez Publico Civil y Comercial 26º---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ-BOLIVIA---Firma y Sella---ANTE MI:---Dra. Evelyn G. Moya Garnica---SECRETARIA- ABOGADA---JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26º--La Paz- Bolivia—MEMORIAL DE FS. 276-276 VLTA. DE OBRADOS .----------SELLO CIRCULAR TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ VENTANILLA 1 PLATAFORMA ANEXO “B” La Paz – Bolivia---SEÑOR JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26° DE LA CIUDAD DE LA PAZ NUREJ: 20370576 SOLICITA NOTIFICACION POR EDICTOS OTROSI.- SU CONTENIDO. GUSTAVO CATALAN GOONZALES mayor de edad,, hábil por derecho con cedula de identidad N° 6182776 L.P. y GLADYS OLGA CATALAN GONZALES mayor de edad, hábil por derecho con decdula de identidad n° 2302573 L.P. demás generales conocidas dentro el proceso ORDINARIO sobre DIVICION Y PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS O COMUNES en contra de Emilio catalán Gonzales, me presento, expongo y responde: Señor juez en fecha 19 de abril de 2023. El oficial de diligencias del Juzgado Publico Civil y Comercial N° 7 de Santa Cruz de la Sierra se constituyo a citar al señor JAIME DANIEL CATALAN GUTIERREZ, por comisión instruida que se encuentra en el expediente, solicito a su autoridad se proceda a la notificación por EDICTOS JUDICIALES del órgano judicial amparado en el art. 78 del Codigo Procesal Civil. OTROSI1.- Para conocer providencias señalo domicilio procesal callle comercio Esq. Yanacocha Edificio Perez Peralta N° 994, Segundo Piso, oficina 205. Correo electrónico: miguelcoqaquira77@gmail.com Celular: 65560660. Será justicia….La Paz, 10 de mayo de 2023 FIRMA: GUSTAVO CATALAN GONZALES Y GLADYS OLGA CATALAN GONZALES FIRMA Y SELLA: Miguel Angel Coaquira Cortez ABOGADO UMSA Mat. R.P.A.6765442MACC MCA N° 12700---DECRETO DE FS. 277 DE OBRADOS----Sistema de Registro Judicial SIREJ JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 26 TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ--. Catalan c/ Catalan NUREJ: 20370576 A, 11 de mayo de 2023 E atención al memorial que antecede, se dispone citar, notificar y emplazar a Jaime Daniel Catalan Gutiierrez con la demanda y auto de admisión, para dicho efecto se dispone la publicación por edictos por el sistema HERMES del Tribunal Supremo de Justicia, conforme al Art. 78 de la Ley N° 439, librese los edictos de ley, previo juramento de desconocimiento de domicilio a prestar cualquier dia habil de la semana a hrs. 18:00, Al Otrosi 1°.- Se tiene presente correo electrónico y numero de Wtsaap, para comunicaciones que correspondan por tales medios.---- Dr. Limber Medina Arteaga---JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA--LA PAZ- BOLIVIA---FIRMA Y SELLA: ANTE MI:--- Edgar Ramiro Rojas Cusi ----SECRETARIO – ABOGADO---JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 29º La Paz – Bolivia -----ACTA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO DE FS. 280 DE OBRADOS----ACTA DE AUDIENCIA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO En la ciudad de La Paz, a horas 18:00 del día martes trece de junio de dos mil veintitres años; el personal del Juzgado compuesto por el Sr. Juez Dr. Limber Medina Arteaga Juez del Juzgado Publico Civil y Comercial Nº 26 y el suscrito secretario del Juzgado Publico Civil y Comercial No. 26º Dr. Romel B. Aquino Garcia nos constituimos AUDIENCIA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO dentro del proceso CIVIL ORDINARIO, seguido por el señor GUSTAVO CATALAN GONZALES Y GLADYS OLGA CATALAN GONZALES contra JAIME DANIEL CATALAN GUTIERREZ sobre DIVISION Y PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS O COMUNES.- .Acto seguido se hizo presente:- EL señor GUSTAVO CATALAN GONZALES, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. Nº. 6182776 L.P., casado, empleado, con domicilio ubicado en la Calle MERCEDES BELZU No. 452, ZONA TEMBLADERANI de la ciudad de La Paz. - EL señor GLADYS OLGA CATALAN GONZALES, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. Nº. 2302573 L.P., soltera, labores de casa, con domicilio ubicado en la Calle MERCEDES BELZU No. 1928, ZONA TEMBLADERANI de la ciudad de La Paz Quien previo juramento de ley en forma legal manifiesta lo siguiente: “JURO QUE DESCONOZCO EL DOMICILIO Y ACTUAL PARADERO DE JAIME DANIEL CATALAN GUTIERREZ ”Con lo que termino el acto, leído que les fue persistió en su tenor de lo que doy fe. GUSTAVO CATALAN GONZALES C.I. 6182776 L.P. GLADYS OLGA CATALAN GONZALES C.I. 2302573L.P. FIRMA: GUSTAVO CATALAN GONZALES Y GLADYS OLGA CATALAN GONZALES---FIRMA Y SELLA: Dr. Limber Medina Arteaga---JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA--LA PAZ- BOLIVIA---firma y sellante ANTE MI:--- Romel B. Aquino Garcia----SECRETARIO – ABOGADO---JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 26º La Paz – Bolivia ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS AÑOS -------------------------------------------------------------
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