EDICTO
Ciudad: SUCRE
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO CUARTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL
E D I C T O 104/2023
EL DR. JORGE VICENTE OROPEZA MONTECINOS - JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 DE LA CAPITAL. --SUCRE - BOLIVIA. --POR EL PRESENTE EDICTO, SE CITA A TIMOTEA THIKAN QUITO de GODOY COMO DEMANDADO DENTRO DE LA DILIGENCIA PREPARATORIA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS SEGUIDO POR VANESSA KASSANDRA ESPINOZA SERRANO CONTRA TIMOTEA QUITO THIKA DE GODOY A EFECTO DE QUE TENGA CONOCIMIENTO DE LA CITACION CON DILIGENCIA PREPARATORIA SIGNADA CON N URE: 10147140. PARA CUYO FIN SE TRANSCRIBE LAS SIGUIENTES PIEZAS PROCESALES, CUYO TENOR Y CONTENIDO LITERAL ES EL SIGUIENTE SEÑOR JUEZ PUBLICO DE TURNO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL. Medida Preparatoria de Reconocimiento de firmas y Rubricas. Otrosíes. KASSANDRA VANESSA ESPINOZA SERRANO y JOSE LUIS PITA AGUILAR, ambos mayores de edad, la primera con C.I. N° 12518038 Ch., el segundo con C.I. 7479543 Ch., solteros, estudiantes, de nacionalidad boliviana, con domicilio en calle Daniel Sánchez Bustamante N° 55 y hábiles por derecho, presentándonos ante su autoridad con las debidas consideraciones de respeto exponemos y pedimos: Por el documento que tenemos a bien adjuntar, acreditamos que en fecha 07 de septiembre del 2022, suscribimos un Documento Privado de Reconocimiento de Deuda y Compromiso de Pago, por la suma de Bs. 11.877 (ONCE MIL OCHOSCIENTOS SETENTA Y SIETE 00/100 BOLIVIANOS) los cuales deberían ser cancelados en un lapso de (2) DOS meses para la cancelación o cumplimiento de la obligación, es decir desde el 07 de des septiembre hasta el 07 de noviembre de 2022 impostergablemente, dicho documento se encuentra sin reconocimiento de firmas y rubricas, en consecuencia y en observancia del art. 305 del código procesal civil, acudo ante su autoridad para que se sirva citar y emplazar a su despacho a la Sra. TIMOTEA THIKAN QUITO de GODOY, para que reconozca su firma estampada en el documento, diligencia que me permitirá iniciar el correspondiente Proceso Ejecutivo. Sea con todas las formalidades de ley. SERÁ JUSTICIA. Otrosí 1.- En calidad de prueba pre-constituida, adjunto el Documento Privado de Reconocimiento de Deuda y Compromiso de Pago objeto de reconocimiento de firmas y rubricas de fecha 07 de septiembre de 2022. Otrosí 2.- La demandada es la señora TIMOTEA THIKAN QUITO de GODOY, con C.I. N° 7486315 Ch., de la cual desconocemos su actual paradero por lo que solicitamos emita: Oficios para el Segip y Sereci. Otrosí 3.- Conoceré providencias en mi domicilio procesal ubicado en calle Julio Pinca Nº 7-A de esta ciudad o al número de WhatsApp 70337552. Sucre, 30 de junio de 2023…..Fdo. Jhamil Santiago Vargas Rojas , ABOGADO Mat. RPA N° 568630- YSVR ; FDO, Impetrante, sello de recepción 10/07/2023 Fdo, Auxiliar del Juzgado Georgina Rea padilla. , sello de ingreso a despacho, 11/019/2023 fdo, Secretaria…. Auto cursante a fs., 3 de obrados.. Sucre 12 de julio de 2023 VISTOS. – La diligencia preparatoria de Reconocimiento de Firmas, y estando cumplido los requisitos formales establecidos en los arts. 110, 305 y 307 par. I. todos del Código de Procesal Civil, en función a la competencia que tiene el suscrito juzgador conforme dispone el art. 69 núm. 8 de la Ley No 025, SE ADMITE el proceso preliminar de DILIGENCIA PREPARATORIA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RÚBRICAS, seguido a instancia de KASSANDRA VANESSA ESPINOZA SERRANO y JOSE LUIS PITA AGUILAR, consecuentemente, en observancia y cumplimiento a lo dispuesto en el art. 306.I numeral 2) del nuevo Código Procesal Civil aprobado mediante Ley 439, conforme se tiene solicitado en el memorial que antecede, se dispone la citación a: TIMOTEA THIKAN QUITO DE GODOY, con el memorial de demanda, el presente auto interlocutorio simple y el documento en cuestión, para que al sexto día siguiente de su legal citación, comparezca en este despacho judicial a reconocer o negar la firma y/o rúbrica estampada en EL DOCUMENTO DE FS. 1 y vlta. DE OBRADOS. En caso de incomparecencia del legalmente citado, se dará aplicación al art. 1298 in. 1) del CC. y al inc. b) numeral 2) parágrafo primero del Art. 306 de la Ley 439; es decir, se dará por reconocida su firma y/o rúbrica Al otrosí 1º.- Por adjunta la documental de referencia. Al otrosí 2º.- Ofíciese como se pide. Al otrosí 3.- Por señalado sin embargo estese a lo dispuesto por el art. 82 y 84 del CPC. Regístrese y Notifíquese. - Fdo, Juez Jorge Vicente Oropeza Montecinos Juez, Juzgado Público Civil y Comercial N° 4 de la Capital Sucre Bolivia, Fdo,.. Nadyr Cahuasiri Cavero, secretaria del Juzgado Civil Publico N° 4 de la capital, sello de devolución de expediente a secretaria fecha 12/07/2023…..memorial cursante a fs., 13 de obrados. SEÑOR JUEZ PUBLICO CUARTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL.(NUREJ: 10147140) HACE CONOCER Y PIDE SE NOTIFIQUE POR EDICTOS.-..OTROSI.- KASSANDRA VANESSA ESPINOZA SERRANO y JOSE LUIS PITA AGUILAR, de generales de ley conocidas dentro de la medida preparatoria de reconocimiento de firma y rubrica, seguida por nuestras personas en contra de la señora TIMOTEA THIKAN QUITO de GODOY ante su autoridad con las debidas consideraciones de respeto expongo y pido: Señor Juez, habiendo solicitado nuestras persona oficios para el Segip y Sereci ya que desconocíamos el paradero de la ahora demandada y realizado dichas diligencias en el SERECI dio como resultado, solo EL RECINTO DONDE REALIZA SU VOTACIÓN Y SIENDO ESTE S/N, así también de la información del SEGIP dio como resultado que la ahora demandada, NO REPORTA REGISTRO EN LA BASE DE DATOS de dicha institución, por lo que teniendo esta información siendo IMPRECISAS E INEXISTENTES. PETITORIO.- Por todos estos antecedentes expuestos y desconociendo el domicilio actual, de la ahora demandada Solicitamos muy respetuosamente a su digna autoridad que se realice la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS en un medio de comunicación, tal cual es el SISTEMA HERMES DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE CHUQUISACA, mismo que es gratuito, poniendo a conocimiento de su autoridad que nuestras persona somos de escasos recursos económicos no pudiendo llegar a cubrir publicaciones en medios públicos donde se erogan montos de dinero. Sea con todas las formalidades de ley. SERÁ JUSTICIA.- Otrosí 1.- Conoceré providencias en mi domicilio procesal ubicado en calle Julio Pinca N° 7-A. numero de celular con WhatsApp 70337552. Fdo. Jhamil Santiago Vargas Rojas , ABOGADO RPA N° 568630- YSVR ; FDO, Impetrante, sello de recepción 03/08/2023 Fdo, Auxiliar del Juzgado Georgina Rea padilla. , sello de ingreso a despacho, 04/08/2023 fdo, Secretaria,….. decreto de fs 14 de obrados, obrados, Sucre 8 de agosto de 2023 …En mérito a la solicitud que antecede, y habiéndose agotado el procedimiento establecido por el art. 78 –I) del CPC respecto a TIMOTEA THIKA QUITO y resultando su domicilio indeterminado, conforme se evidencia a fs. 5 y 9 de obrados, procédase a la citación de la misma mediante edictos, dicha publicación deberá regirse a lo establecido en el art. 78-II del C.P.C., previo juramento de desconocimiento, a realizarse en secretaria de este despacho judicial. Al otrosí 1.- Por señalado sin embargo observe lo dispuesto por el art. 82 y 84 del CPC Fdo, Juez Jorge Vicente Oropeza Montecinos Juez, Juzgado Público Civil y Comercial N° 4 de la Capital Sucre Bolivia, Fdo,.. Nadyr Cahuasiri Cavero, secretaria del Juzgado Civil Publico N° 4 de la capital, memorial de fs 19 de obrados: SEÑOR JUEZ PUBLICO CUARTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL.(NUREJ: 10147140)…REITERA SOLICITUD DE NOTIFICACION POR EDICTOS EN EL SISTEMA HERMES.-..OTROSÍES.-KASSANDRA VANESSA ESPINOZA SERRANO y JOSE LUIS PITA AGUILAR, de generales de ley conocidas dentro de la medida preparatoria de reconocimiento de firma y rubrica, seguida por nuestras personas en contra de la señora TIMOTEA THIKAN QUITO de GODOY ante su autoridad con las debidas consideraciones de respeto expongo y pido:Señor juez, habiendo nosotros presentado en fecha 07 de julio 2023, la medida preparatoria de reconocimiento de firmas, misma su autoridad señala que se realice los oficios para el Sereci y Segip y que los mismos dieron direcciones imprecisas a lo cual, su autoridad ordena que se realice el Juramento de desconociendo de domicilio, el cual se realizó por nuestras personas. Ahora bien como señale en la demanda principal como también en el memorial de solicitud que se realice la notificación por edictos, en el SISTEMA HERMES mismo que es GRATITO puesto que nuestras personas no cuentan con los recursos económicos necesarios para realizar dichas publicaciones siendo estas de costos elevados, por lo que VOLVEMOS A REITERAR NUEVAMENTE dicha solicitud.PETITORIO:Por lo que cumpliendo con lo establecido por la ley, solicitamos MUY RESPETUOSAMENTE Nuevamente, se NOTIFIQUE a la señora TIMOTEA THIKAN QUITO de GODOY con la MEDIDA PREPARATORIA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS, este sea POR EDICTOS en el SISTEMA HERMES del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca. Sea con todas las debidas formalidades de ley.Sucre, 18 de agosto de 2023. Fdo. Fdo. Jhamil Santiago Vargas Rojas , ABOGADO RPA N° 568630- YSVR ; FDO, Impetrante, sello de recepción 22/08/2023 Fdo, Auxiliar del Juzgado Georgina Rea padilla. , sello de ingreso a despacho, 23/08/2023 fdo, Secretaria ….. decreto de fs, 20 de obrados Sucre 24 de agosto de 2023 Mérito al memorial que antecede dese cumplimiento a lo dispuesto en resolución de fs. 14 sea por el sistema HERMES Fdo, Juez Jorge Vicente Oropeza Montecinos Juez, Juzgado Público Civil y Comercial N° 4 de la Capital Sucre Bolivia, Fdo,.. Nadyr Cahuasiri Cavero, secretaria del Juzgado Civil Publico N° 4 de la capital, acta de juramento cursante a fs., 18 de obrados ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, En Sucre, Capital del Estado Plurinacional de Bolivia, siendo horas diecisiete y dieciséis del día miércoles dieciséis de agosto del año dos mil veintitrés, la suscrita secretaria se constituyó en audiencia de JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, dentro del proceso RECONOCIMIENTO DE FIRMAS seguido por KASSANDRA VANESSA ESPINOZA SERRANO contra TIMOTEA THIKAN QUITO DE GODOY con NUREJ: 10147140.- Acto seguido se hicieron presentes los señores KASSANDRA VANESSA ESPINOZA SERRANO y JOSE LUIS PITA AGUILAR mayores de edad, y hábilesE por derecho, a objeto de prestar juramento de desconocimiento de domicilio. ..Acto continuo la suscrita secretaria del Juzgado Publico en lo Civil – Comercial Nº 4, tomo Juramento de rigor al demandante, quienes haciendo la señal de la cruz, Juraron por Dios, las leyes y su conciencia desconocer el domicilio de:1.- TIMOTEA THIKAN QUITO DE GODOY. Con lo que terminó el acto, firmando en constancia junto a la suscrita secretaria que Certifica. ES CUANTO SE HACE SABER A TIMOTEA THIKAN QUITO DE GODOY COMO DEMANDADO PARA QUE TOME CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CITACION CON LA DILIGENCIA PREPARATORIA, LIBRÁNDOSE EL PRESENTE EDICTO, EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
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