EDICTO
Ciudad: SUCRE
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1
EN LO PENAL DE LA CAPITAL
SUCRE-BOLIVIA
Edicto Nº 664/2023
EL DOCTOR LUIS BENJAMIN ROJAS LATORRE JUEZ DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL
Sucre – Bolivia
MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABERA LOS ACUSADOS DAVID COPA VARGAS, DIONICIO AYLLON Y JAVIER TACONAS AQUINO que dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PUBLICO a denuncia de LETICIA ANTONIA OLAÑETA BAZO en contra DAVID COPA VARGAS DIONICIO AYLLON Y JAVIER TACONAS AQUINO por la comisión del delito de FALSEDAD IDEOLOGICA, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADOY ESTAFA, previsto y sancionado por el Código Penal, signado con NUREJ: 201600251 en aplicación del Art.165 del C.P.P, se ha dispuesto que se notifique con, REPRESENTACION DE FECHA DE13 DE SEPTIEMBRE DE 2023, DECRETO DE FECHA DE 15 DE SEPTIEMBRE, REPRESENTACION DE FECHA DE 13 DE SEPTIEMBRE Y DECRETO DE FECHA DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2023.
a cuyo fin adjunto la siguiente pieza procesal cuyo contenido y tenor es el siguiente -----------------------------------------------------------------------------------------
REPRESENTACION DE FECHA DE13 DE SEPTIEMBRE DE 2023, DECRETO DE FECHA DE 15 DE SEPTIEMBRE, REPRESENTACION DE FECHA DE 13 DE SEPTIEMBRE Y DECRETO DE FECHA DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2023.
Sucre, 13 de septiembre de 2023
Señor(a) Juez(a) de:
JUZGADO DE SENTENCIA 1
Presente. -
Ref. REPRESENTACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN NÚMERO 201214344’24
Que, por disposición de su digno despacho, la Oficina Gestora de Procesos recibió la orden de Notificar a GERENTE REGIONAL SUCRE AI en domicilio COOPERATIVA DE CREDITO COMUNAL EL BUEN SAMARITANO SANTA CRUZ LTDA, tal como consigna la diligencia.
Ocurre señor(a) Juez(a), según los datos proporcionados por su despacho judicial, el domicilio del prenombrado es un dato genérico e impreciso, además de no presentar un croquis con datos referenciales ni fotografía que ayude a identificar el mismo, además que buscando por google maps y otros medios estas oficinas se pudo encontrar sucursales por diferentes puntos de la ciudad de Sucre como ser por el centro de la ciudad por el sector del mercado campesino fui por los diferentes puntos en cada lugar no hay dicha oficina preguntando a personas del lugar desconocen de dichas oficinas en la calle Ravelo me aparece un punto en el cual me apersone indican que creo esa entidad quebró o cerro en Sucre solo en Santa Cruz sé que hay, posteriormente pregunte a algunos policías que los designan a las diferentes entidades bancarias como seguridad igual revisaron las designaciones pero ningún efectivo policial esta designado a esa entidad bancaria no debe existir, busqué por todos los medios no hay referencia alguna de dicha entidad bancaria.
Además, que no cuenta con ningún número de celular ni otro medio telemático para realizar la notificación personal.
Es por ese motivo que no se pudo realizar la respectiva diligencia.
Es cuanto informo en honor a la verdad y para fines consiguientes de ley.
Atentamente
MARIA DAYSI LOVERA CASILLAS
TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA CHUQUISACA
A, 15 de septiembre de 2023
La representación de la O.G.P. a conocimiento de la representación fiscal para que se pronuncie respecto a la forma de notificación de la entidad víctima, sea en el plazo de 3 días de su legal notificación.
Señor(a) Juez(a)
JUSGADO SENTENCIA 1
Presente. -
Ref. REPRESENTACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN NÚMERO 201214344 Que, por disposición de su digno despacho, la Oficina Gestora de Procesos recibió la orden de Notificar a OFICINAS DE MIGRACION en domicilio BOLIVAR 109, dentro del proceso con Código Único 201214344, tal como consigna la diligencia.
Ocurre señor(a) Juez(a), según los datos proporcionados por su despacho judicial, me apersone a la calle Bolivar 609 a la oficina de Migraciones a diligenciar el mandamiento de arraigo indica a nombres de JAVIER TOCONAS AQUINO Y DIONICIO AYLLON, llegando al lugar me entreviste con la ENCARGADA DE INSPECTORIA Y ARRAIGOS de la Oficina de MIGRACIONES y la misma me indico que los carnets de identidad no corresponden a los prenombrados.
Es por ese motivo que no se pudo realizar la respectiva diligencia.
Es cuanto informo en honor a la verdad y para fines consiguientes de ley.
A, 15 de septiembre de 2023
La representación de la O.G.P. que antecede a conocimiento de la representación fiscal para que subsane las observaciones efectuadas por la dirección de migración respecto a los datos de identificación de los acusados, sea en el plazo de 3 días de su legal notificación.
FDO. JUEZ LUIS BENJAMÍN ROJAS LATORRE……………………..……....................
FDO. SECRETARIA - ABOGADA – MARIA S. GORENA CAMACHO…...………………
EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS 18 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES………………………………………………………………………………………….
D.
S.
O.
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Reporte