EDICTO

Ciudad: YACUIBA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Y DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE YACUIBA


EDICTO N° 192/2023 POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA AL ACUSADO RENE MARAZA CONDO CON EL AUTO INTERLOCUTORIO N° 264/2023 DE APERTURA DE JUICIO DE FECHA 01 DE SEPTIEMBRE DE 2023.----------------------------------------------- SENTENCIA ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA 1 AUTO INTERLOCUTORIO DE APERTURA DE JUICIO N° 264/2023 NUREJ 201300836Y CAUSA 383/2022 Yacuiba 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023 ANTECEDENTES.- Público acusa a RENE MARAZA CONDO por delito de violencia familiar o domestica art. 272 bis en la victima P.R.S. fue la víctima no presenta acusación particular. El acusado es notificado sin que ofrezca descargos. MARCO JURIDICO.- El art. 340 inc. IV del c.p.p. refiere: Vencido el plazo otorgado a la o el imputado, con o sin su pronunciamiento la o el juez o Tribunal de sentencia dictara auto de apertura de juicio. El art. 342 base del juicio reiere: el juicio se podrá abrir sobre la base de la acusación del Fiscal o la del querellante indistintamente. El art. 343.- Señalamiento de audiencia: El Juez o Tribunal en el auto de apertura a juicio señalará día y hora de su celebración la que se realizará dentro de los 20 a 45 días siguientes. Art. 130 c.p. p. computo de plazos. Al efecto se computará solo los días que la ley disponga expresamente lo contarlo, o se refiera a medidas cautelares caso en el cual se computarán días corridos. FUNDAMENTACION FACTICA. - os los parámetros previos procedimentales, verificados en actuados, se abre el juicio en base a la acusación fiscal. RESUELVE. - Previa coordinación con la OGP se señala audiencia de juicio oral presencial para el 27 de septiembre de 2023 a las 18 p.m. en la planta baja de la casa de justicia, calle Comercio entre Juan XXIII y San Pedro de Yacuiba. Se computan solo días hábiles conforme el art. 130 del c.p.p. y en mérito al instructivo 25/2022 del 7 de noviembre de 2022 del T.D.J. Tarija en el sentido que las audiencias deben iniciarse y concluir, de la revisión de la agenda todos los días hay señalamiento de audiencias hasta la fecha que hoy se señala. El juicio oral es contra el señor RENE MARAZA CONDO, por delito de violencia familiar o domestica art. 272 bis en la victima P.R.S. La señora secretaria tome todos los recaudos para la celebración del mismo, notificando a las partes en forma oportuna, EXPIDA ORDEN INSTRUIDA PARA LA VICTIMA Y EDICTOS SISTEMA HERMES y expidien mandamiento de comparendo correspondiente. El presente auto no es recurrible. ANOTESE EN EL TOMAS DE RAZON. JUEZA MSC. NORAH MARGOTH GARCIA CABRERA.-------- SECRETARIA ABOGADA ROSSANA QUISPE ROMERO


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