EDICTO

Ciudad: BERMEJO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Y DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE BERMEJO


EDICTO NRO. 43/2023. JUZGADO: DE SENTENCIA PENAL ANTICORRUPCION Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER 2ª DE BERMEJO JUEZ : DR. JUAN CARLOS TINUCO SALAZAR. SECRETARIO: ABOG. OMAR LEONARDO CARRIZO HERRERA DELITO : VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA. SIGUE : MINISTERIO PÚBLICO. VICTIMA : CAMILO MOSCOSO PEREZ ACUSADO : MARGARITA ORTIZ BENITEZ OBJETO : NOTIFICAR A LA ACUSADA MARGARITA ORTIZ BENITEZ CON AUTO DE APERTURA DE JUICIO Y SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- AUTO INTERLOCUTORIO Nº 71/2023 Bermejo, 05 de septiembre de 2023 VISTOS Los actos preparatorios de juicio oral consistentes en la presentación de acusación fiscal de fojas 21 a 23 Vlta.; decreto de radicatoria de fojas 26, las diligencias de notificación con la acusación pública a la víctima y acusada de fojas 30 y 41-42 respectivamente; datos que informan el proceso. CONSIDERANDO El Ministerio Público con sustento en la relación de hechos descritos en el pliego incriminatorio de fojas 21 a 23 Vlta. atribuye a Margarita Ortiz Benítez, la autoría del delito de “Violencia Familiar o Domestica” previsto por el art. 272 bis num. 1) del Código Penal. La acusada Margarita Ortiz Benítez, ha sido notificada con la acusación pública mediante edictos judiciales del portal electrónico del Sistema Hermes de fojas 41-42 y no ha presentado prueba de descargo pese a su legal notificación. Cumplidos de este modo el acto preparatorio del juicio oral según el procedimiento común corresponde abrir juicio oral y contradictorio sobre la base de los hechos que se tienen descritos en el pliego acusatorio fiscal de fojas 21 a 23 Vlta. POR TANTO En aplicación a la normativa contenida en la última parte del art. 340 y art. 343 ambos del Código de Procedimiento Penal, sobre la base de los hechos que se tienen descritos en la acusación pública, el Juzgado de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer 2° de Bermejo, RESUELVE: 5. Abrir juicio oral contra, MARGARITA ORTIZ BENÍTEZ, de nacionalidad boliviana, con Cedula de identidad N° 1871272 Tja., de ocupación ama de casa, soltera, con domicilio en el B/ Municipal E/ Calle Nils Kleming, por la presunta comisión del delito de “Violencia Familiar o Domestica” previsto por el art. 272 bis num. 1) del Código Penal. 6. Señalar audiencia pública para la sustanciación de juicio oral el día martes 03 de octubre de 2023 a horas 15:30 a celebrarse de forma VIRTUAL, para lo cual, el secretario gestionara la sala virtual correspondiente y se hará conocer el link correspondiente a todos los sujetos procesales.. 7. Disponer que por Secretaría se convoque a las partes, dentro de 72 horas de la última notificación con la presente resolución, para ordenar y ensobrar las pruebas ofrecidas, se cumpla con la notificación de las partes intervinientes y se tomen todos los recaudos para la celebración del juicio oral. 8. Notificar a las partes y hacer conocer a las mismas que la presente resolución es inapelable. ANOTESE. SEÑOR JUEZ DE SENTENCIA ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2DO. DE BERMEJO El Suscrito Oficial de Diligencias del Juzgado a su cargo INFORMA: El Suscrito Oficial de Diligencias del presente juzgado informa a su autoridad que dentro del presente proceso penal por el Delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA” seguida por el MINISTERIO PUBLICO a denuncia de CAMILO MOSCOSO PEREZ contra MARGARITA ORTIZ BENITEZ, cabe informar a su autoridad que de acuerdo a antecedentes del cuaderno de autos se evidencia que el domicilio de la Acusada es en la Calle Nils Kleming entre Calle Franz Tamayo y O`connor, por lo que me constituí al domicilio señalado, sin embargo el dueño de la vivienda es la victima por lo que me informa que la ahora acusada ya no radicaría en esta Ciudad mas no sabe el lugar de su residencia actual, por lo que no pudo ser habido y en consecuencia no pude dar cumplimiento con la notificación legal. Por lo que informo ante su autoridad para fines correspondientes. Bermejo, 13 de septiembre de 2023 Bermejo, 14 de septiembre de 2023 III. Se tiene por presente la representación que antecede del Oficial de Diligencias, sobre la imposibilidad de notificación a la acusada Margarita Ortiz Benítez con el Auto de apertura de juicio de fojas 44 a 44VIta. IV. Siendo desconocido el domicilio real del acusado, practíquese notificación por edictos conforme, establece el art. 165 CPP. FIRMADO Y SELLADO JUEZ JUAN CARLOS TINUCO SALAZAR Y SECRETARIO OMAR LEONARDO CARRIZO HERRERA…………………………………………………………………..


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