EDICTO
Ciudad: COCHABAMBA
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO PRIMERO EN MATERIA FAMILIA DE LA EPI SUR DE LA CAPITAL
JUZGADO PÚBLICO N°1 DE LA EPI - SUR.
EDICTO
Juez del Juzgado Público N°1 de la EPI - SUR JUAN JOSÉ UGARTE HERBAS. por el presente edicto se NOTIFIQUE, llama y emplaza:
A: ALFREDO RODRIGUEZ SOTO
NUREJ: 30387742
IDENTIFICACIÓN DE PARTES Y ACCIÓN:
- DEMANDANTE: VERONICA LEDEZMA CASTELLON
- DEMANDADO: ALFREDO RODRIGUEZ SOTO
- ACCIÓN: DETERMINACION DE ASISTENCIA FAMILIAR
- PROCESO: RESOLUCION INMEDIATA
CON: LA SENTENCIA DE DIVORCIO DE FECHA 28 DE JULIO DE 2023 POR TANTO: El suscrito Juez, declara: PROBADA la demanda de Determinación de Asistencia Familiar de fecha ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., en consecuencia, se APRUEBA Y HOMOLOGA la asistencia familiar fijada mediante documento transacción de fecha ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. a favor de ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. en la suma de Bs. ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..- mensual, que debe pasar su padre ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., disponiéndose su ejecución inmediata, a cuyo fin se ordena al obligado hacer efectivo el pago y cumplimiento de la asistencia familiar en la cuenta bancaria N° 10000023980283 del Banco Unión, modalidad de pago que deberá ser de uso exclusivo para el cumplimiento de la asistencia familiar, cualquier otra modalidad de pago ajena a la determinada judicialmente deberá ser acreditada idóneamente, bajo absoluta responsabilidad de las partes. Asimismo, se dispone la citación al demandado, quien tendrá el plazo de 5 días para asumir defensa, otorgándole igual plazo para que señale su domicilio procesal en el radio de las 20 cuadras de este despacho judicial, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en secretaría a los fines de comunicación judicial y bajo su absoluta responsabilidad. AL OTROSÍ 1° Se tiene presente con noticia adversa. AL OTROSÍ 2° Notifíquese a la encargada Departamental de la Oficina Gestora de Procesos para que en aplicación del art. 308.II de la Ley 603, proporcione información sobre el último domicilio consignado en el SEGIP de ALFREDO RODRIGUEZ SOTO, con C.I. N° 7958887 Cbba., sea vía Whatsapp correspondiente. Notifíquese al titular del SERECÍ para que extiendan certificación sobre el último domicilio real o electoral que constan en sus registros de ALFREDO RODRIGUEZ SOTO, con C.I. N° 7958887 Cbba., En interés superior del niño, se autoriza expresamente a la Srta. Oficial de Diligencias la gestión y recojo de las certificaciones requeridas, ordenándose a los titulares de dichas instituciones la atención prioritaria sin dilación alguna conforme a los principios de intereses superior y prioridad absoluta previstas en los Arts. 6 inc. i) de la Ley 603 y 12 incs. a) y b) de la Ley 548, bajo apercibimiento de considerar como obstrucción de procedimiento e imponer las sanciones correspondientes conforme dispone el Art. 408 de la Ley 603. AL OTROSÍ 3° y 4° Téngase presente. Ejecútese las diligencias correspondientes. REGÍSTRESE.
Es lo que se trascribe conforme el Art. 310 del Código de las Familias y del Proceso Familiar para fines procesales consiguientes de ley. doy fe.
Fdo: Juan José Ugarte Herbas – Juez Publico de Familia N°1EPI-SUR
Fdo: Corina Cuenca Paco – Secretaria del Juzgado Publicó de Familia N°1 EPI-SUR.
Cochabamba, 15 de septiembre de 2023
D.
S.
O.
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Reporte