EDICTO
Ciudad: ORURO
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO QUINTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL
JUZGADO PUBLICO QUINTO EN LO CIVIL Y COMERCIAL, ORURO-BOLIVIA
E D I C T O
LA DRA. REYNA E. CHALLAPA ESCOBAR JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL QUINTO DE LA CAPITAL (ORURO-BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA: Mediante el presente EDICTO de LEY, se NOTIFICA, para que comparezca, conteste, y asuman defensa por si o mediante apoderado en el plazo previsto por la ley, dentro el proceso de “RECONOCIMIENTO DE FIRMAS” seguido por CLAUDIA MILENKA ORDOÑEZ VASQUEZ. En cumplimiento al Acta de Audiencia de Audiencia de fecha 14 de Agosto de 2023, cursante a fs. 54 de obrados, A cuyo efecto se transcriben el siguiente actuado de ley:-------------------------------------------------------------------------------------------------------- -ACTA DE AUDIENCIA PUBLICA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS CURSANTE A FS. 54 DE OBRADOS.--------------------------------------------------------------------------------------------- ACTA DE AUDIENCIA PUBLICA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS.- En la ciudad de Oruro, a horas nueve y treinta del día lunes 14 de agosto de 2023 años, el personal de Juzgado Publico Civil y Comercial Quinto de la Capital (Oruro-Bolivia), compuesto por la Sra. Juez Dra. Reyna E. Challapa Escobar y la suscrita Secretaria del Juzgado Publico Civil y Comercial Quinto, se constituyeron en Audiencia Pública dentro la Diligencia Preparatoria de Demanda de Reconocimiento de Firmas y Rúbricas seguido por CLAUDIA MILENKA ORDOÑEZ VASQUEZ contra RUDY CESAR SANEZ CLEMENTE Y OTRA. Instalado el acto, por Secretaría se informó que se cumplieron con las formalidades de ley, encontrándose en Sala la parte demandante asistido de su abogado defensor, no así la parte demandada. Sra. JUEZ.- Se tiene presente. VISTOS.- De la revisión de obrados se evidencia que la señora FABIOLA ISABEL VIDEA QUIROGA, ha sido citada y emplazada para el reconocimiento de firmas y rúbricas del Documento Privado de Préstamo de Dinero de fecha 20 de agosto de 2022, conforme se tiene del edicto de fs. 43 de obrados, consecuentemente, no habiendo concurrido a este actuado judicial en aplicación del inc. b) del numeral 2 del Art. 306 del Código Procesal Civil, que señala: “Emplazada la persona, si no concurriere, se tendrá por reconocidas la firma y rubrica y la efectividad del documento; lo mismo ocurrirá, sin concurriendo, diere respuestas evasivas”, SE DA POR RECONOCIDA LA FIRMA Y RUBRICA CORRESPONDIENTE A FABIOLA ISABEL VIDEA QUIROGA; y se declara la efectividad de dicho documento, consecuentemente notifíquese a la demandada con la presente resolución en la misma forma de habérsele citado y emplazado; habiéndose cumplido con el objetivo de la presente audiencia se suspende el presente actuado judicial.- REGISTRESE.- CON LO QUE TERMINO EL ACTO FIRMANDO EN CONSTANCIA LA SRA. JUEZ Y LA SUSCRITA SECRETARIA; DE LO QUE CERTIFICO.- Fdo. Dr. Reyna E. Challapa Escobar Juez del Juzgado Publico en lo Civil y Comercial Nº 5. Oruro-Bolivia.- Fdo.: Dra. Wanda Marioly Torrico García.--Secretaria Juzgado Público 5º en lo Civil Oruro-Bolivia.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES AÑOS.---------------------------------------------------
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