EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA TARIJA – BOLIVIA JUZGADO: SENTENCIA SEGUNDO DE LA CAPITAL JUEZ: Dra. MINERVA TARRAGA, Juez de Sentencia 2° de la Capital. DELITO: HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO Y LESIONES CULPOSAS VICTIMA: MINISTERIO PUBLICO L.A.V.C - O.J.P – B.G.C.Z – O.N.C – I.S.L – M.A.M.V D.E.M.R – R.R.S – R.G.R.Q CONTRA: LIDIO DONAIRE ALTAMIRANO NOTIFICACION A: A LAS VICTIMAS L.A.V.C - O.J.P – B.G.C.Z – O.N.C – I.S.L – M.A.M.V D.E.M.R – R.R.S – R.G.R.Q OBJETO: PARA QUE PRESENTE ACUSACIÓN PARTICULAR O SE ADHIERA A LA ACUSACIÓN FISCAL Y OFREZCA PRUEBA DE CARGO DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A SU LEGAL NOTIFICACIÓN CON LA ACUSACIÓN FISCAL. RESUMEN DE ACUSACIÓN FISCAL DE FECHA 11 DE MAYO DE 2023--------------------------------------------------------------- Se presenta acusación formal en contra de LIDIO DONAIRE ALTAMIRANO por el ilícito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO Y LESIONES CULPOSAS como hechos refiere; De la investigación realizada y cursante en el cuaderno de investigación se tiene que en fecha 10 de Octubre de 2020 a horas 23:30 aproximadamente, al llegar a una curva cerrada por exceso de velocidad y falta de precaución el Sr. Lidio Donaire pierde el control del vehículo y colisiona por raspado con un vehículo de clase ómnibus que a consecuencia del fuerte golpe y el alto tonelaje se vuelca, como producto de este hecho llegaron a fallecer los pasajeros del ómnibus Sres. LUIS ALBERTO VICENTE CAYO(+) y OVALDINO JAVIER PORTILLO(+) y además varios pasajeros resultaron heridos. A consecuencia de los hechos expuesto se solicita que una vez transcurrido y sustanciado el juicio oral y público se declare sentencia condenatoria en contra de del acusado Lidio Donaire Altamirano por la comisión de los de los delitos acusados imponiendo la pena máxima. ------------ -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLO FISCAL DE MATERIA ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Tarija, 6 de junio de 2023 RADÍQUESE.- De conformidad al Art. 340 del Código de Procedimiento Penal, notifíquese al fiscal asignado al caso para la presentación física de las pruebas ofrecidas en su pliego acusatorio, sea en el plazo de (24) veinticuatro horas de su legal notificación, bajo responsabilidad. Cumplido el plazo establecido ut supra notifíquese a las VÍCTIMAS, en su domicilio REAL y PROCESAL para que presente acusación particular o se adhiera a la acusación fiscal y ofrezca prueba de cargo dentro de los DIEZ (10) días siguientes a su legal notificación con la acusación fiscal. TARIJA, 15 DE AGOSTO DE 2023 Al memorial que antecede, se tiene presente lo manifestado debiendo notificarse a las victima por edictos, con relación al señor marco Antonio Mamani veliz y Romel German Rodríguez Quintanilla por secretaria facciónese comisión instruida para su legal notificación. FIRMA Y SELLO DOCTORA MINERVA TARRAGA GUTIERREZ JUEZ DE SENTENCIA SEGUNDO DE LA CAPITAL ANTE MI FIRMA Y SELLO IVANNA AYELEN ACEBO ZENTENO SECRETARIA ABOGADA DEL JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO DE LA CAPITAL QUE CERTIFICA.----------------------------------------------------------------------------- Tarija, 05 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Dra. Ivanna Ayelen Acebo Zenteno SECRETARIA - ABOGADA JUZGADO DE SENTENCIA 2° DE LA CAPITAL


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