EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO PRIMERO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL


EDICTO LA DOCTORA MSC. DAEN. AMELIA JUANA MUJICA SANTALLA JUEZ PRIMERO PUBLICO DE FAMILIA DE LA CIUDAD DE LA PAZ – BOLIVIA. -------------------- Por el presente EDICTO, se NOTIFICA a los Señores WARA KATIUSCA CAVOUR MARIÑO Y NELSON ERNESTO CAVOUR ROCHA para que por sí o mediante apoderado asuma defensa dentro del proceso de COMPROBACION JUDICIAL DE UNION LIBRE seguido en su contra por MARIA ANTONIETA ARAUCO MENDEZ, a cuyo tenor literal es como a continuación se transcribe.-------------------------------------------------------------------%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 255 – 265 DE OBRADOS.--- SEÑORA JUEZ PUBLICO DE FAMILIA be TURNO --- PRESENTA DEMANDA DE COMPROBACION JUDICIAL DE UNION LIBRE y SOLICITA SU REGISTRO EN EL SERECI. --- OTROSÍ.- SU CONTENIDO. --- MARIA ANTONIETA ARAUCO MENDEZ, con C.I. 825829 Cbba., boliviana, mayor de edad, hábil por derecho, soltera, socióloga, con domicilio en la Calle José María Linares, No. 900, Zona Rosario de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, ante su autoridad con todo respeto me presento, expongo y pido: --- I. FUNDAMENTO FACTICO.- --- De la documentación que adjunto consistente en un Certificado de Defunción se infiere que mi concubino, el Sr. ERNESTO ENRIQUE CAVOUR ARAMAYO, con quien conviví desde el 07 de diciembre del año 1986 y constituimos nuestro hogar en el domicilio ubicado en la Calle J, María Linares, No. 900, Zona Rosario de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, falleció en fecha 06 de Agosto del año 2022 en la Clínica Alemana, siendo conocida y presentada por el causante siempre como su esposa. Ahora bien, a efectos de que su autoridad, conozca la verdad histórica de los hechos y cuente con los suficientes elementos de convicción, tengo a bien relatar lo siguiente: --- El mes de diciembre del año 1971 me conocí con el Sr. ERNESTO ENRIQUE CAVOUR ARAMAYO, luego empezamos una relación de pareja, posteriormente en fecha 07 de diciembre de 1986, debido al sentimiento de amor que nos unió, decidimos iniciar nuestra vida en pareja, conviviendo en el domicilio ubicado la Calle J. María Linares, No. 900, Zona Rosario de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, convivencia y unión que duró hasta el 6 de agosto 2022 a hrs, 20:05, hora donde nos anunciaba el médico de turno de la clínica alemana, el fallecimiento de mi compañero de vida.--- En estos 35 años compartimos nuestras vidas, apoyándonos mutuamente en los buenos y malos tiempos, viviendo rodeados de grandes e imperecederos momentos. --- Es importante señalar que cuando tomamos esta decisión, mi concubino vivía con su hija Kantuta Marina Cavour Pinto, quien fue parte integrante de nuestra familia hasta el año 1992, la otra hija procreada en su primer matrimonio de nombre Inti Fabiana Cavour Pinto, vivía con su madre y solo salía y compartir con nosotros paseos y almuerzos cada domingo de la semana, además de días especiales, asimismo, tenía otra hija de nombre Wara Katiuska Cavour Mariño, quien llegó de Ginebra (Suiza) el año 1990, se quedó en casa unos cuantos días, ya que estaba en sus planes quedarse a vivir con su papá, pero luego decidió volver a Ginebra, con quien nos volvimos a encontrar en Ginebra el año 2010 cuando viajamos al 11 festival del Charango en París; en tanto que, el único hijo varón de mi pareja de nombre Nelson Ernesto Cavour Rocha, quien cursó la secundaria en el colegio San Calixto de La Paz, luego de salir bachiller se fue a EEUU, con quien manteníamos una relación a la distancia. --- De igual forma tengo a bien manifestar que esta convivencia por | demás extraordinaria, en la primera etapa, es decir, desde el año 1986 a enero del año 2005, cuando decidimos juntar nuestras vidas y nuestras almas, siempre hubo mucho amor, entendimiento y respeto, compartiamos fuera de aquellos momentos felices, nuestros sueños y esperanzas, también los gastos de la casa y otras necesidades emergentes, soñamos juntos para hacer realidad aquellos proyectos emprendidos, el mío era sacar la licenciatura en Sociología, además de apoyar los de mi pareja Ernesto Cavour, centrados en primera instancia en la Peña Naira y luego en el Museo de Instrumentos musicales de Bolivia, habiendo llegado en distintos momentos a culminar éstos con la consolidación del Museo a través de la adquisición de la casa de la Cruz verde, realizada en los años 1991 (50% de Luis Rojas Humire) y 1994 (50% de René Rojas Humire) obteniendo así el 100% de la casa declarada como patrimonio arquitectónico y la puesta en marcha del actual Museo, ubicado en la calle Jaén 711, Zona Norte de esta ciudad, actividad prioritaria de Ernesto, que “. Siempre contó con mi apoyo moral y material, hasta lograr su reapertura el 16 de septiembre de 1998, a partir de esta reapertura tuve como mi - segunda actividad sustancial, mantener en la mejor forma posible el Museo : (dando un apoyo logístico, económico, limpieza y cuidado de las piezas en exhibición, etc.) y la obtención de mi título profesional (2000). --- Años más tarde (2010) por iniciativa personal, logré abrir el Teatro del charango en la misma casa que ocupa el Museo, para que Ernesto Cavour, el maestro del charango, tenga su propio espacio de presentación artística, y ahí estuvimos los dos, todos los sábados, Ernesto tocando y yo cobrando las entradas y entregando las remuneraciones a los artistas, hasta el último sábado antes de la pandemia marzo de 2020. --- Ernesto Cavour, un artista por demás reconocido, era contratado para actuar en diferentes escenarios nacionales e internacionales, cuando él viajaba, además de la casa debía supervisar las noches de la Peña Naira desde 1986 hasta 1996, año en que se cierra la misma y después supervisap la atención del Museo. --- A tal efecto demuestro la convivencia, adjuntando uno de mis carnets del Seguro Social Universitario, gestión comprendida entre el 31 de mayo de 1991 hasta el 31 de mayo de 1994, donde figura mi domicilio en la calle Linares N° 900, casa en la que habitaba Ernesto Cavour cuando decidimos convivir, por otro lado, también podrá evidenciar que para el caso de emergencias la suscrita indica que se podía llamar a Ernesto Cavour a los teléfonos 325736 (Peña Naira) y 355776 (domicilio), de la misma manera en mi cédula de identidad figura como mi domicilio la calle Linares 900, al igual que la cédula de mi concubino, es decir, el Sr. Ernesto Cavour. --- Algo que no nos faltó fueron los viajes que hicimos juntos a diferentes departamentos de nuestra querida Bolivia y siempre que se podía a las comunidades más recónditas en busca de la recopilación de datos, música, instrumentos musicales, etc. para nutrir más el interés de mi pareja Ernesto por los instrumentos musicales y la música de nuestros pueblos, esto también era un nexo muy fuerte de unión entre nosotros.--- Asimismo, es importante señalar que en fecha 17 de marzo 1991, vivimos nuestra primera experiencia en los actos sociales, fuimos nombrados padrinos de bautizo de Naira Rosenda Porco, hija de Rubén Porco y Cornelia Veramendi del grupo folklórico Norte de Potosí, la fiesta nos dejó muchas anécdotas como aquella sucedida con Zulma Yugar la madrina de Uma rutucu (Rutucha), del cual se colige que la suscrita era conocida y reconocida como la esposa de Ernesto Cavour. --- Otro evento importante que disfrutamos juntos fue el | nombramiento de padrinos de 15 años de Carmen Balboa Quispe, hija de mi querida compañera de trabajo de la UMSA Rosela Quispe de Balboa, hoy una notable enfermera, de este acontecimiento solo me queda algunas fotografías que adjunto, en calidad de prueba documental. --- También fuimos padrinos de matrimonio civil de Jimena Janayo Almaraz, hija de la señora Felisa Almaraz Vidaurre, ésta última encargada de cuidar nuestro Museo de Instrumentos Musicales de Bolivia desde el año 1998, de igual forma apadrinamos a Claudia Torrico, hija del compadre Carlos Torrico, nombramientos que lo aceptábamos con gusto, toda vez que el cariño de nuestros amigos era tan grande, que nunca nos negamos, máxime cuando a todos mi concubino siempre me presento como su esposa. Ge En algunas ocasiones y siempre que se podía, le acompañaba en sus viajes cortos que hacía para cumplir con sus contratos artísticos, ya que, E debido a mi trabajo en la Universidad Mayor de San Andrés, no podía obtener permiso y/o uso de vacaciones por muchos días. --- 22 noviembre 1990 Viajamos a Quito y Ambato (Ecuador) para la realización del Festival de canto popular. --- 1991 Viajamos a Cotagachi, Ambato, Riobamba, Tabacundo y Quito (Ecuador) 1995 fines de abril me llevaron detenida junto a compañeros de la COB a Colcha 'K me mandó una carta, que siempre la guarde con mucho amor, porque reflejaba en cada letra el humor con el que siempre me alegraba cada día. --- 1997 creación de la Asociación de inventores de Bolivia AIB, todos sus | miembros nos conocieron porque participábamos ambos en las actividades que desarrollaban. --- Otra actividad que permitió que nuestra unión fuera más fuerte cada día, fue nuestra pertenencia a la Sociedad Boliviana del Charango SEC, lo que nos demandaba una participación muy activa en los Congresos, Encuentros internacionales del Charango, Feria y Festival del Charango en Aiquile, y otras actividades distintas, donde casi siempre los dos estuvimos presentes. --- Desde 1997 participamos y/o viajamos a todos los congresos del Charango y a los Encuentros internacionales de Charanguistas, realizados cada 2 años, así como otras actividades programadas. Intérpretes y constructores de reconocida trayectoria nos han reconocido como una pareja involucrada con el quehacer charanguístico, hablamos de los Maestros Alfredo Coca, Alejandro Cámara de Cochabamba, Donato Espinoza Saúl Callejas, René Alinas, Cíílarken Orosco de La Paz, Willy o Loredo, Daniel Vallejos de Potosí, Gerardo Pareja, Víctor Hugo Vaca Guzmán de Sucre, La Mtra, Rosario Peredo y otros de Oruro.--- Segunda etapa enero de 2005 a agosto 2022 Carecterizada siempre por un inmenso amor, comprensión, trabajo equipo, pero ahora acompañada por los cuidados especiales requeridos poa enfrentar los cuadros que se fueron presentando en la salud de | Ernesto, As lo hice con mucho amor y dedicación, renunciando inclusive a Todos mis actividades políticas y sindicales, que también fueron parte de mi diario vivir. --- El 5 de enero del 2005, Ernesto Cavour Aramayo, mi compañero de vida, 56 ataque severo al miocardio, por lo que fue internado de emergencia en terapia intensiva en la clínica alemana por el doctor L. Alberto Casanovas, bajo el diagnóstico: Síndrome coronario agudo, dada de alta el 10 de enero del mismo año, con transferencia inmediata al Centro médico quirúrgico boliviano-Belga (Cochabamba). --- 11 de enero 2005, lo interné en el Centro Boliviano-Belga, luego de la realización de una coronariografía (angiografía coronaria) y ventriculografía, por el doctor Luis Mercado, fue dado de alta el 15 de enero del mismo año, bajo las siguientes recomendaciones: --- 1. Manejo del paciente con tratamiento médico y control estricto de todos los factores de riesgo para evitar una progresión de la enfermedad coronaria. --- 2. Dieta hipoglúcida e hipograsa rigurosa. --- 3. Abstención del tabaco y bebidas alcohólicas. --- 4. Controles médicos periódicos. --- Además de dicho cuadro los años siguientes, se presentaron algunos C problemas menores y algunos de riesgo que requerían de mucho cuidado ) por su afección cardiaca, los cuales supimos enfrentar los dos, siempre como pareja: --- 18 de octubre 2008, Intervención quirúrgica ambulatoria en la clínica Alemana Dr. Alejandro Reyes traumatólogo y el cardiólogo doctor L. Alberta Casanova. --- 04 de julio 2009, Intervención quirúrgica ambulatoria en la Clínica Alernana, traumatólogo Alejandro Reyes. Cardiólogo L. Alberto Casanovas. 20 de noviembre 2013 Intervención quirúrgica ambulatoria, Clínica Alemana, traumatólogo Alejandro Reyes. Cardiólogo L. Alberto Casanovas. --- 09 de mayo 2012, sometido a una Operación RTU de Próstata en la Unidad privada de osa de la clínica CEMES, por el doctor Rubén Villca (urólogo), y el cardiólogo doctor L. Alberto Casanovas. Fue dado de alta el 11 de mayo 2012. --- 23 de mayo 1916 y 2017, Operación de cataratas en ambos ojos por el oftalmólogo Gonzalo Fernández Ralde. ---- Estos cuadros descritos no solo demandaron gastos económicos fuertes como pareja, sino también un cambio drástico en la dieta y en el diario vivir y de Ernesto, ya que no debería fumar, ni siquiera estar cerca de fumadores, a no podía consumir bebidas alcohólicas, además de las muchas pastillas que debía tomar, obligándome a tener que acompañarlo a los viajes que Él realizaba tanto dentro como fuera del país, para poder garantizar el . estricto cumplimiento de la dieta, medicinas en horario indicado y llevar a | efecto todas las prohibiciones, si queríamos conservarlo en un buen estado É <_ de salud. (La mayor parte de los viajes los hice pagándome mi boleto) así: y de agosto 2005, Viaje a Pasto, Funes-Nariño y Cartagena de Indias (Colombia. Ver hoja pasaporte, sello hasta Quito, viaje por tierra hasta la frontera. Ernesto fue Jurado calificador del 2do festival de la chicha la adivinanza quena charango Funes-Nariño --- Febrero 2008 Viaje a Chile. Ernesto fue nombrado Jurado concurso folklórico en la “24 versión de Viña del Mar, pasaje y estadía pagada para ambos por los organizadores. Mayo 2009 Concierto en la UNESCO II festival del Charango Paris, gestión de la Embajadora Luzmila Carpio 22 mayo 2009 viaje a Bruselas y Suiza ---Septiembre 2009 viaje al Japón. Ernesto fue nombrado Jurado del ten | concurso del charango Tokio Japón y cumplió otras actuaciones --- En mayo de 2010 viajamos a Francia. Ernesto fue invitado al TIT festiva] | del charango en Paris, visitamos a su hija Wara Katiusca que vive en Ginebra. --- Octubre 2018 viaje a Santiago de Chile. Festival Guitarras de América y presentación del libro de mi autoría: Los Jaíras y el trío Domínguez, Favre, Cavour creadores del neofolklore. --- Los últimos cuadros que afectaron la salud de Ernesto, en estos dos últimos años, enfrentamos no solo los dos sino contamos con la presencia de su hija Kantuta Marina y de su nieta Flavia Cavour, quienes viven en la ciudad de La Paz, a diferencia de sus otros hijos y nietos que radican en el exterior. --- 27 de agosto 2022, Emergencia Hospital Arco Iris, internación terapia ' intermedia, sala privada. Operación quirúrgica, terapia intermedio Neurocirujano Mirko Mantilla, dado de alta el 13 septiembre del año en curso. Total, gastos Bs. 67,074.10. Monto cancelado al 100% por mi persona. --- 07 de marzo 2022, Internación Hospital Arco Iris, sala privada, atención neurólogo clínico doctor Omar Ramos Valencia, dado de alta el 11 marzo. Monto total pagado Bs 9.839.20 y pagado al 100% por mi persona. 05 de agosto 2022, lo internamos en la clínica alemana, para un estudio de f endoscopía y colonoscopía, atendido por su cardiólogo el doctor L. Alberto Casanovas. Monto total cancelado Bs. 3.020.y pagado al 100% por mi persona. En esta su última internación, además de Kantuta y Flavia, estuvo presente su hija Inti Fabiana que llegó unas semanas atrás de EEUU, con quien tuvimos la desdicha de recibir la noticia de su deceso cuando nos encontrábamos cuidando de él. --- En el transcurso de estos años los dos asistíamos constantemente a sus controles médicos, especialmente con el doctor Alberto Cosa a sus médico principal y Neurología con el doctor Rafael Valle, todo a (su , Que requería era tratado por especialistas reconocidos, Supervisado casi siempre por su cardiólogo, hablo de los doctores: Alejandro Reyes (traumatólogo), Rubén Villca (urólogo), Fernando Valda, (dermatólogo). --- Los gastos funerarios como corresponde, todos fueron cubiertos por mi persona como su compañera de toda la vida, se adjunta contrato y factura otorgada por la funeraria Santa María, Al ser Ernesto una persona reconocida, muchos periodistas, artistas y otras personas, siempre me han tratado como su esposa, ya que me vieron siempre con él, como aquel artículo Ch'enko Total, del Papirri (Manuel Monrroy Chazarreta) que me nombre como la querida negrita, mano derecha de Cavour hace 50 años".--- De ahí que, luego del fallecimiento de Ernesto, los periodistas de los So diferentes medios, en la prensa oral o escrita, luego de la dolorosa noticia de su muerte, sacaron mis declaraciones como la esposa o la compañera de toda su vida, por lo que llevo en mi conciencia el deber cumplido, al haber asistido a mi esposo hasta su último suspiro.--- II. FUNDAMENTO JURIDICO. - --- 1) Es evidente que mi concubino, él Sr. Ernesto Cavour, siempre me consideró como su esposa, sin necesidad de documento alguno que lo acredite, al igual que mi persona, toda vez que en nuestra relación no solo existió un trato conyugal, respetuoso, leal y de auxilio mutuo, sino el factor más importante que era UN PROYECTO DE VIDA EN COMUN, donde también existía COMPROMISO, PERSEVERANCIA, FE, AMOR, SERVICIO y TRABAJO DIARIO, el mismo que día a día y con el transcurso de más de 35 años conviviendo juntos, se reavivaba, no solo el compromiso, sino el amor que nos teníamos, sentimientos que se ajustaban y se corregían de acuerdo a las situaciones que vivíamos cotidianamente, cumpliendo de esta forma con los preceptos legales que coinciden con los mismos y que se hallan previstos en los Arts. 137 Par. I y 161 de la Ley 603. --- 2) Asimismo, de la documentación que adjunto consistente en el Certificado de Estado Civil se infiere que la suscrita se encuentra soltera, asimismo, del Certificado del Certificado de Matrimonio | y la Certificación de existencia de partida de Registro Civil se p colige que él era divorciado, por ende tenía libertad de estado + para poder convivir, por lo tanto, es evidente que AMBOS CONTABAMOS CON LIBERTAD DE ESTADO CIVIL, Art, 140 de la Ley 603, por lo que no existía impedimento alguno para nuestra Unión Libre, no encontrándonos dentro de las causas de nulidad del Art. 168 de la Ley 603. --- 3) De igual forma, es importante señalar que EXISTIA UNA CONDICION DE SINGULARIDAD, toda vez que de conformidad al Art. 164 de la Ley 603 y de la abundante prueba documental que adjunto se evidencia que cumplimos dicha norma cuando señala “El trato conyugal, la estabilidad y la singularidad se presumen, salvo prueba en contrario y se apoyan en un Proyecto de vida en común”, asimismo, lo prescrito por el Art. 174 de la Ley 603, con respecto a los derechos de los cónyuges, que señala: ”... Al respeto mutuo de su integridad física, psíquica, sexual y emocional, a decidir de común acuerdo todo lo concerniente a la convivencia y la administración del hogar sin interferencia de terceras personas”, encontrándose todo ello demostrado con la prueba documental que acompaño, toda vez que como convivientes, cumplimos con los principios de lealtad y auxilio mutuo que son imprescindibles para que exista una relación conyugal libre o de hecho, ya que siempre nos cuidamos el uno al otro, sin escatimar esfuerzos, máxime cuando debido a nuestra edad, sabíamos que el tiempo de permanecer juntos estaba en manos de nuestro amado Dios. --- De igual forma dimos cumplimiento a lo estipulado por el Art. 15 de la Ley 603, habida cuenta que los deberes de ambos convivientes como cónyuges, como la fidelidad, asistencia y “auxilio mutuo, respeto y ayuda, a contribuir a la satisfacción de las necesidades comunes, fueron importantes y relevantes en nuestra relación de pareja y convivencia, toda vez que solo nos teníamos el uno al otro, porque no tuvimos hijos, por lo que nuestra compañía, nuestro amor y la protección que nos dábamos era trascendental para ambos, toda vez que la estabilidad y singularidad de nuestra convivencia era de conocimiento de la sociedad y nuestras familias, desde un principio, por ende, el proyecto de vida en común se encuentra debida y legalmente sustentado. --- PETITORIO: --- En mérito a lo expuesto, fundamento fáctico y jurídico, Arts. 137, 140, 141161, 164,166 Par, IT, inc. b), 173, 174,175 de la Ley 603, tengo a bien interponer demanda familiar, solicitando el reconocimiento de la Comprobación de la Unión Conyugal Libre a efectos de que se me reconozca como la única y legítima esposa del Sr. ERNESTO ENRIQUE CAVOUR ARAMAYO, quien falleció en fecha 06 de Agosto del año 2022 y sea desde fecha 07 de diciembre del año 1986 (cuando decidimos convivir y crear un proyecto de vida en común), con todos los derechos que la ley me otorga en calidad de conyugue supérstite ante el fallecimiento de mi esposo, acción dirigida en contra de los hijos de mi fallecido conviviente, los Sres. WARA KATIUSCA CAVOUR MARIÑO, mayor de edad de edad, hábil por derecho, boliviana, soltera, Administradora, con domicilio en: C. Linares, No. 900, Zona Central de Nuestra Señora de La Paz KANTUTA MARINA CAVOUR PINTO, mayor de edad de edad, hábil por derecho, boliviana, casada, Estudiante, con domicilio en: C. Ricardo Bustamante Esq. Eloy Salmón, No. 690, Zona Gran Poder de Nuestra Señora de La Paz, INTI FABIANA CAVOUR PINTO mayor de edad de edad, hábil por derecho, boliviana, soltera. Administradora, con domicilio en: C. Pio XII, No. 29, Zona Obrajes. Bella Vista de Nuestra Señora de La Paz y NELSON ERNESTO CAVOUR ROCHA, mayor de edad, hábil por derecho, boliviano, con domicilio, en la C. 34, Frente al Complejo The Stronguest, No. 5, Zona Achumani de Nuestra Señora de La Paz, impetrando que previos los trámites de ley declare PROBADA LA DEMANDA y disponga el registro del mismo por ante las oficinas del SERECI, desde fecha 07 de diciembre del año 1986 y sea con las formalidades de ley. --- OTROSÍ.- Presento y ofrezco en calidad de prueba documental e instrumental pre constituida toda la documentación que refiero a lo largo del presente memorial y adjunto, solicitando a usted tenga presente a los efectos de ley. --- OTROSÍ 1ro.- Asimismo, debo indicar que presentare y ofreceré en original o fotocopia legalizada, en calidad de prueba, toda la documentación que ahora cursa en fotocopia simple, solicitando a su probidad tenga presente este aspecto y sea con los recaudos de rigor. --- OTROSÍ 2do.- De igual forma defiero a confesión provocada a los Sres. WARA KATIUSCA CAVOUR MARIÑO, KANTUTA MARINA CAVOUR PINTO, INTI FABIANA CAVOUR PINTO y NELSON ERNESTO CAVOUR ROCHA, quienes deberán absolver el cuestionario que adjunto, solicitando se fije día y hora de audiencia y sea con las formalidades de ley. --- OTROSÍ 3ro.- Ofrezco en calidad de prueba testifical a las Siguientes personas: --- 1.— Felisa Almaraz Vidaurre, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. No, 2914361 QR, boliviana, soltera, peinadora, con domicilio en la Y C. Jaen, No. 711, Zona Norte de esta ciudad. --- 2. Franz Angel Valverde Botello, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. No. 3451461 L.P., boliviano, soltero, Artista, con domicilio en la Av. Circunvalación, No. 1315, Zona Alto Seguencoma de esta ciudad. ---- 3.- Edgar Arandia Quiroga, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. No. 388911 L.P., boliviano, soltero, Antropólogo, con domicilio en el Primer Pasaje Manzaneda, No. 22, Zona Norte de esta ciudad. --- 4.- Nilda Roxana Adriazola Chaiña, mayor de edad, hábil por derecho, con C. I. No. 2292552 QR, boliviana, soltera, estudiante, con domicilio en la C. 9, No. 60020, Zona San Antonio Bajo de esta ciudad. --- 5.- Ruben Porco Herrera, mayor de edad, hábil por derecho, con C. I. No. 3066048 QR, boliviano, soltero, músico, con domicilio en la C, Ex Camino Callapa, No. 52, Zona Jokoni de esta ciudad. --- 6.- Bernardo Torrico Vega, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. No. 851280 Cbba., boliviano, soltero, profesor, con domicilio en la Calle San Salvador, No, 942, Zona Alto Miraflores de esta ciudad.--- 7.- Oswaldo Janayo Almaraz, mayor de edad, hábil por derecho con C. I. No. 4423101 QR, boliviano, soltero, estudiante, con domicilio en la Calle Jaen, No, 711, Zona Central de esta ciudad. --- 8.- María Dolores Almaraz Vidaurre, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. No, 2704829 L.P., boliviana, soltera, labores de casa, con domicilio en la Calle Adelio Nogales, No. 200, Zona Vino Tinto de esta ciudad. --- 9.- Evelyn Gutierrez Guarachi, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. No. 6778729 L.P., boliviana, soltera, estudiante, con domicilio en la Calle Unión, No. 31, Zona Asunción, Patacamaya. --- 10.- Brígida Ochoa Góngora, mayor de edad, hábil por derecho, con CI. No. 2222520 L.P., soltera, soltera, Estudiante, con domicilio en la C, 60, No. 80, Zona Chasquipampa de esta ciudad. --- Solicitando sean examinados de acuerdo al cuestionario que presentare oportunamente. --- OTROSÍ 4to.- Solicito se señale día y hora de inspección ocular en el bien inmueble ubicado en la Calle José María Linares, No. 900, Zona Rosario de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, donde constituimos nuestro domicilio real y hogar desde fecha 07 de diciembre del año 1986 hasta la presente fecha, impetrando se tenga en calidad de prueba y sea E los recaudos de rigor. --- OTROSI 5to.- Pido se oficie al Dr. Gonzalo Fernandez Ralde Oftalmólogo, a efectos de que certifique: ---- 1. Señale Si atendió como paciente regular al Sr. Ernesto Enrique Cavour Aramayo y desde cuándo. --- 2. Indique sí conoce a la Sra. Maria Antonieta Arauco Mendez, como esposa del Sr. Ernesto Enrique Cavour Aramayo. --- 3. Asimismo, remitan en fotocopias legalizadas historial Clínico. ---- OTROSÍ 6to.- Pido se oficie a la Lic. Cristina Mendoza, Fisioterapeuta, a efectos de que certifique: --- 1. Si atendió como paciente regular al Sr. Ernesto Enrique Cavour Aramayo y desde cuándo.--- 2. Indique si conoce a la Sra, Maria Antonieta Arauco Mendez, como esposa del Sr, Ernesto Enrique Cavour Aramayo. --- 3. Asimismo, remitan en fotocopias legalizadas historial Clínico.--- OTROSÍ 7mo.- Pido se oficie al Dr. Alejandro Reyes, Traumatólogo a efectos de que certifique: --- 1. Señale Si atendió como paciente regular al Sr. Ernesto Enrique Cavour Aramayo y desde cuándo. --- 2. Indique si conoce a la Sra. Maria Antonieta Arauco Mendez, como la esposa del Sr. Ernesto Enrique Cavour Aramayo. --- 3. Asimismo, remitan en fotocopias legalizadas historial Clínico. --- OTROSÍ 8vo.- Se oficie a la Clínica Alemanda, a efectos de que remitan historial clínico del Sr. Ernesto Enrique Cavour Aramayo hasta la presente fecha. ---- OTROSÍ 9no.- La suscrita profesional se atiene a la iguala firmada con la presentante, contrato que será presentado cuando su autoridad lo ordene, solicitando se tenga presente. --- OTROSI 10mo.- Asimismo, impetro se me franqueen fotocopias legalizadas en doble ejemplar de todo lo obrado. ---- OTROSI.- Señalo domicilio procesal la oficina Ubicada el edificio mariscal Ballivian, piso 3, Of. 506, Calle Mercado 1328, correo electrónico gheisagisbertalarcon@gmail.com. --- Celular WhatsApp 70117175, solicitando a su digna probidad se tenga presente y sea con las formalidades de ley. ---- Será Justicia. --- La Paz, Octubre, 2022 --- FIRMA Y SELLA: GHEISA IRIS GISBERT ALARCON --- ABOGADA --- R.P.A 3445894GIGA --- NIT: 3445894011 --- FIRMA: MARIA ANTONIETA ARAUCO MENDEZ ---- CI, 825829 CBBA -------------------------------%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%% RESOLUCION CURSANTE A FOJAS 270 DE OBRADOS --------------------------------------- %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%% RESOLUCIÓN No. 51/2023 --- JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 1° DE LA CAPITAL --- PROCESO: COMPROBACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN LIBRE ---- DEMANDANTE: MARIA A ANTONIETA ARAUCO MENDEZ ---- DEMANDADO: WARA KATIUSCA CAVOUR MARIÑO, KANTUTA MARINA CAVOUR PINTO, INTI FABIANA CAVOUR PINTO, NELSON ERNESTO CAVOUR ROCHA. ---- La Paz, 17 de enero de 2023 --- VISTOS: Se admite la demanda de COMPROBACIÓN JUDICIAL DE Y UNION LIBRE de fs. 29-22, subsanado a fs. 46 de obrados. --- TRASLADO A WARA KATIUSCA CAVOUR MARINO, KANTUTA MARINA CAVOUR PINTO, INTI FABIANA CAVOUR PINTO, NELSON ERNESTO CAVOUR ROCHA, para que respondan en el término de cinco días luego de su legal citación, conforme lo dispone el art. 437 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, debiendo a tiempo de responder adjuntar, proponer y ofrecer toda la prueba que obre en su poder, tal como establece el Art. 268 del citado Código. ---- Asimismo se advierte a la parte demandada, que en caso de no | responder se le designara defensor de oficio conforme establece el art. | 266 del Código de las Familias y del Proceso Familiar. --- Se advierte a las partes que después de la citación con la demanda, todas las actuaciones se notificaran en secretaria del juzgado, conforme al Art. 314 del Código de las Familias y del Proceso Familiar. --- AL OTROSI.- Estese a lo dispuesto. --- PROVIDENCIANDO A MEMORIAL DE FS. 255-265 --- AL OTROSÍ.- Téngase por ofrecida la prueba documental, sea en conocimiento de parte adversa. --- AL OTROSÍ 1ro.- Se tiene presente.--- AL OTROSI 2do y 4ro.- Se considerara en su oportunidad. --- AL OTROSI 3ro.- Téngase por ofrecida la prueba testifical que menciona sea con noticia de parte adversa. --- AL OTROSI 5to, 6to, 7mo, 8vo.- Oficiese a los fines impetrados sea con las formalidades de ley. --- AL OTROSI 9no.- Se tiene presente para fines de ley.--- AL OTROSI 10mo.- Por secretaria franquéese las fotocopias legalizadas como se solicita, Sea con las formalidades de ley ---- AL OTROSI.- Por señalado el domicilio procesal, numero de celular y correo electrónico, debiendo Ser registrado y validado en el sistema HERMES. --- --- FIRMA Y SELLA: Abog. MSc. DAEN Amelia J. Mujica Santalla. --- Juez Publico de Familia 1°. --- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. --- LA PAZ – BOLIVIA. --- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: DRA. LINABEL RONDO TICONA --- SECRETARIA-ABOGADA --- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 2° CAPITAL --- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA --- LA PAZ – BOLIVIA --- EN SUPLENCIA LEGAL --------------------------------------------------- %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%MEMORIAL CURSANTE A FS. 625-625 VUELTA DE OBRADOS -------------------------------- %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%% SEÑORA JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA PRIMERO.--- NUREJ: 204057306 --- OFRECE Y PRESENTA PRUEBA DOCUMENTAL --- OTROSÍ.- SU CONTENIDO.---- GHEISA IRIS GISBERT ALARCON, en representación de MARIA ANTONIETA ARAUCO MENDEZ, dentro del proceso familiar seguido contra WARA KATIUSKA CAVOUR MARIÑO y OTROS, sobre COMPROBACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN LIBRE, ante su autoridad con todo respeto, expongo y pido: --- A efectos de que su autoridad cuente con mayores elementos de convicción tengo a bien adjuntar y/o ofrecer la siguiente documentación en calidad de prueba documental: --- 1.Informe médico de fecha 27 de Junio del año 2023, evacuado por el Dr. Alejandro Reyes Carrillo, Traumatología-Ortopedia (original). --- 2.- Protocolo Operatorio, Certificado Médico, respuestas evacuadas por el Dr. Gonzalo Femández Ralde, OFTALMOLOGO de fecha 23 de Junio del 2023. (original). --- Solicitando se tengan presentes a tiempo de dictar la Sentencia correspondiente. --- OTROSÍ.- Toda vez que su autoridad se niega a designar defensor de oficio para 2 de los demandados y habida cuenta que no existe en obrados información alguna que determine otros domicilios reales de los Sres. WARA KATIUSCA CAVOUR MARIÑO y NELSON ERNESTO CAVOUR ROCHA, excepto el del SEGIP (donde ya fueron notificados), tampoco en el informe del SERECI, máxime cuando existe información de que los mismos habrían salido del país el año pasado, por lo que a efectos de evitar futuros vicios de nulidad y que no aleguen indefensión, de conformidad al Art. 308 de la Ley 603, tengo a bien solicitar se cite a los Sres. WARA KATIUSCA CAVOUR MARIÑO y NELSON ERNESTO CAVOUR ROCHA, mediante edictos y sea con las formalidades de ley. --- OTROSÍ 1.- De igual forma, pido se me franqueen fotocopias simples y legalizadas de todo lo obrado y sea con las formalidades de ley. --- OTROSÍ 2do.- Señalo domicilio procesal la oficina ubicada en el Edificio Mariscal Ballivian, piso 5, Of. 506, Calle Mercado 1328, correo electrónico: gheisagisbertalarcon@gmail.com, Celular-Whatsapp 70117175, solicitando a su digna probidad se tenga presente y sea con las formalidades de ley. --- Será Justicia. ---- La Paz, Julio, 2023 --- FIRMA Y SELLA: GHEISA IRIS GISBERT ALARCON --- ABOGADA --- R.P.A 3445894GIGA --- NIT: 3445894011 --- Y APODERADA ----------------------------------------------------------------- %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%DECRETO CURSANTE A FOJAS 626 DE OBRADOS ------------------------------------------ %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%ARAUCO-CAVOUR --- La Paz, 06 de julio de 2023--- A LO PRINCIPAL Y AL OTROSI.- VISTOS: En conformidad al A forme que antecede, conforme a los datos del proceso y en visión al artículo 309 de la Ley N° 603 - Código de las Familias y del Proceso Familiar, Se dispone la citación por edicto a WARA KATIUSCA CAVOUR MARINO con C.I. 3483323 y NELSON ERNESTO CAVOUR ROCHA con C.I. 3479328 con la demanda de comprobación de unión libre de fs. 255 a 265, Resolución No. 51/2023 - Auto de admisión de fs. 270-270 vta., el memorial que antecede y su proveído, sea previo juramento de desconocimiento de domicilio a realizarse los días lunes y viernes a partir de las 17:00 de la tarde, previa coordinación con secretaria de juzgado, sea previa las formalidades de ley. --- Asimismo téngase por adjuntada en calidad de prueba de reciente obtención las literales que menciona, sea previo juramento conforme lo establece Art. 325 parágrafo II de la ley 603, sea con noticia de parte adversa. --- AL OTROSI 1RO.- Por secretaria de juzgado franquéese fotocopias simples y legalizadas como se solicita, siempre que corresponda, bajo constancia en obrados, sea previa las formalidades de ley. --- AL OTROSI 2DO.- Por señalado correo electrónico y numero de celular del abogado patrocinante, mismos que deberán estar validados y registrados en el sistema HERMES. --- FIRMA Y SELLA: Abog. MSc. DAEN. Amelia J. Mujica Santalla. --Juez Publico de Familia 1°.---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.--- LA PAZ – BOLIVIA.--- FIRMA Y SELLA: VOSHLAVIA MALORI MORON MONJE --- SECRETARIA - ABOGADA. --- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1RO. ------ TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.--- LA PAZ – BOLIVIA. ---------------------------------- %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%El presente edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de 2023.- fsp


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