EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA QUINTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO No. 114/2023 EL Dr. MARCELO BARRIOS ARANCIBIA JUEZ TECNICO DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N°5 DE LA CAPITAL. Sucre-Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: A NERIDA PAOLA TORREZ PELAEZ, JHONNY MIRANDA CARO, JACQUELINE ROXANA IBARRA SANDI, que se ha dictado los siguientes actuados dentro del proceso penal seguido por EL MINISTERIO PUBLICO Y OTRO contra NERIDA PAOLA TORREZ PELAEZ, RUBEN PADILLA VILLACORTA, JHONNY MIRANDA CARO, JACQUELINE ROXANA IBARRA SANDI Y OTROS, por la presunta comisión del delito FALSIFICACION DE DOCUMENTO PRIVADO, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO, previsto en el código penal, signado con NUREJ: 1052433-1, se dictó las siguientes piezas procesal, cuyo contenido literal es el siguiente. -------------------------------- ----------------------------------------------- NUREJ: 1071653 Vencido el plazo para el ofrecimiento de pruebas de descargo, entra de oficio a despacho del Sr. Juez en fecha 05 de septiembre del año en curso. Certifico. – JUZGADO DE SENTENCIA N° 5 EN LO PENAL DE LA CAPITAL SUCRE – BOLIVIA AUTO Nº 406/2023 Sucre, 05 de septiembre de 2023. VISTOS: Los antecedentes de la materia, la acusación fiscal y particular, las prueba de cargo, y las notificaciones oportunas realizadas a todos los sujetos procesales; de esta manera estando cumplidas todas las formalidades procedimentales previas; de conformidad con lo establecido por los Arts. 340 Último párrafo, 342 y 343 del CPP modificados por las Leyes 586 y 1173, se dispone la APERTURA DE JUICIO respecto al proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO a instancia de SERGIO MILTON PADILLA CORTEZ, contra WILSON PIZARRO PUQUIMIA, CLEMENTE ROLY CAZÓN NINA, NÉRIDA PAOLA TORREZ PELÁEZ, MARIO SÁNCHEZ VILLEGAS, WILLIAN ALEXANDER CRUZ BUSTILLOS, JACQUELINE ROXANA IBARRA SANDI, JOSE LUIS ARGANI CHIANCA, ELISEO AURELIO AGUILAR ACCHURA, RUBÉN PADILLA VILLACORTA, JHONNY MIRANDA CARO, JORGE MENDIETA MURILLO y SERGIO VARGAS HERRERA, mayores de edad, hábiles por Ley y demás generales expresadas en el pliego acusatorio Fiscal, por la presunta comisión del hecho delictivo calificado en la acusación Fiscal como FALSEDAD IDEOLÓGICA Y USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO, previsto y sancionado por los arts. 199 y 203 del Código Penal (Juicio que será desarrollado en base a los hechos fácticos señalados en la acusación fiscal y particular). Con tal antecedente, se señala audiencia pública para la celebración de juicio oral, público y contradictorio para los días lunes 13, martes 14, miércoles 15 y jueves 16 de noviembre de 2023 a horas 08:15 a.m., a desarrollarse en este Juzgado de Sentencia, audiencia fijada para esa oportunidad, con la permisión del Art. 130 del CPP, el cual indica que en casos de fuerza mayor se pueden suspender plazos; encontrándose acreditado con el rol de audiencias de juicios ya señalados, que permiten establecer, que por la carga procesal no se puede señalar audiencias para una fecha anterior. Por secretaria expídase todos los mandamientos de Ley, así como también cúmplase de manera estricta lo dispuesto por el último párrafo del citado Art. 343 del CPP modificada por las Leyes 586 y 1173. Con el fin de garantizar el normal desarrollo del juicio se designa defensor de oficio al profesional Abogado ARIEL IVAN GARRON CRUZ quien debe estar interiorizado del caso y hacerse presente el día y hora señalada. Se advierte a las partes, que estando a su disposición las pruebas de cargo, estás deberán ser revisadas antes de la audiencia de juicio oral, por cuanto no se otorgará ningún tiempo adicional en audiencia para este fin. El presente Auto no es recurrible, conforme al penúltimo párrafo del artículo 342 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. - FDO.------------------------------------------------------------------------------------------ JUEZ FDO.--------------------------------------------------------------------------------- SECRETARIA EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.


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