EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO NOVENO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE EL ALTO


EDICTO EL DOCTOR SOCRATES HENRY LUNASCO CUSI ACTUAL JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL NOVENO DE LA CIUDAD DE EL ALTO, CITA POR EL PRESENTE EDICTO A: ERNESTINA FLORES NOYA Y A PRESUNTOS PROPIETARIOS Y/O INTERESADOS DEL EXCEDENTE DE 50MT2, DEL INMUEBLE SITUADO EN LA URBANIZACIÓN VILLA ADELA MANZANA 208 LOTE No. 2 DE LA CIUDAD DE EL ALTO, DENTRO DEL PROCESO CIVIL ORDINARIO SEGUIDO POR: DELIA CONTRERAS COYA EN CONTRA ERNESTINA FLORES MOYA Y PRESUNTOS PROPIETARIOS Y/O INTERESADOS DEL EXCEDENTE DE 50 MT2, DEL INMUEBLE SITUADO EN LA URBANIZACIÓN VILLA ADELA MANZANA 208, LOTE No. 2, de la ciudad de El Alto DONDE SE TIENE DISPUESTO LO SIGUIENTE:----- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS.38-39, DE OBRADOS.----------------------------------------------- SEÑOR JUEZ PUBLICO DE TURNO EN LO CIVIL Y COMERCIAL CIUDAD DE EL ALTO. --- DEMANDA CIVIL ORDINARIA SOBRE USUCAPION O EXTRAORDINARIA DE LA SUPERFICIE EXCEDENTE. --- OTROSIES.- SU CONTENIDO --- DELIA CONTRERAS COYA, con CL 2317637 LP, Boliviana viuda empleada, mayor de edad y hábil por derecho, con domicilio en Villa Adela -El Alto mayor de edad y hábil por derecho, ante las consideraciones de su autoridad con el debido respeto expongo y pido --- I.- ANTECEDENTES --- Sr. Juez, por la documentación que adjunto se evidencia que mi persona, es legitima propietaria de una (CASA) ubicado en la URB. VILLA ADELA MURILLO, CIUDAD EL ALTO LAPAZ, MANZANA 208, LOTE N° 2, de la ciudad de El Alto con una superficie de 200.00 m2, adquirido, mediante Escritura Pública de Compra Venta No 462/2009 de fecha 17 de agosto de 2009, otorgado por unta Notario de Fe Publica Dr. Basilio Choqueticlla Tito, cuyos límites y colindancias son AL NORTE CALLE DIEGO FERNANDEZ DE CORDOVA, AL SUR LOTE 4, AL ESTE LOTE 1, Y AL OESTE CALLE CHAYANTA, Catastro 20-0060-016 y registrado en Derechos Reales bajo la matricula No 2014.01.0117131 VIGENTE. --- Por otra parte, hecha las mediciones correspondientes sobre el lote de terreno se evidencia que la superficie cuenta con una superficie total de 250.00 Mtm2, es decir existe un excedente de 50.00 Mts2, SIN RESPALDO LEGAL SUJETO A USUCAPION (según al informe expedido por la Sub Alcaldía del Distrito Municipal No. 3 del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto) --- Sin embargo, desde la fecha de compra venta (2009), hasta la presente mi persona se encuentra en posesión continua, pacifica e ininterrumpida por más de 23 AÑOS, sobre la superficie total de 250.00 Mts2., en forma perpetúa, sin haber sufrido perturbaciones por parte del anterior propietario ni de terceras personas, habiendo realizado construcciones de uso familiar, practicando en acciones comunales convocadas por las Juntas de Vecinos de la URBANIZACIÓN "VILLA ADELA", perteneciente al Distrito Municipal No. 3, del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, donde los vecinos me conocen como única y verdadera propietaria del lote de terreno señalado --- II-FUNDAMENTO LEGAL Y PETITORIO: Por lo expuesto, precautelando los legítimos interés de la poderdante y la posesión que tiene sobre el excedente del lote de terreno indicado, en merito a las documentaciones adjuntas, es que de conformidad a lo previsto en los Art. 138 del Código Civil, relacionados con los Arts. 110, 1283, 1286, 1296 1334 1492 del Código Civil Arts. 110, 111, 144, 174, 187 y siguientes del Código Procesal Civil en la vía ORDINARIA INTERPONGO DEMANDA DE USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA lote de terreno señalado (excedente), en contra de ERNESTINA FLORES NOYA, solicitando a su autoridad que previos los tramites de ley --- Declare PROBADA la demanda en todas y cada una de sus partes Se declare expresamente como legitima propietaria del bien inmueble-lote do terreno ubicado en URBANIZACION VILLA ADELA MANZANA 208, LOTE N° 2. de esta ciudad de El Ato, con una superficie de 50.00 Mts2. Cuyos colindancias son: AL NORTE CALLE DIEGO FERNANDEZ DE CODOVA, AL SUR LOTE 4, AL ESTE LOTE 1, Y AL OESTE CALLE CHAYANTA a favor de mi persona DELIA CONTRERAS COYA. En ejecución de sentencia se sirva ordenar la inscripción definitiva por ante las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de El Alto, el lote de terreno ubicado en la URBANIZACION VILLA ADELA, MANZANA 208. LOTE N° 2, de esta ciudad de El Alto, con una superficie de 50.00 Mts2, en favor de mi persona DELIA CONTRERAS COYA CON CL N° 2317687, sea con las formalidades de ley --- OTROSI 1.- GENERALES DE LEY DE LOS DEMANDADO: En aplicación del Art. 110 inc) 4 del Código de Procesal Civil la presente demanda interpongo en contra de --- 1. ERNESTINA FLORES MOYA, con C.I. 234679 LP., mayor de edad y hábil por derecho, o domicilio en C. conchitas N° 614 Z. San Pedro. --- OTROSI 2-DEL OFRECIMIENTO DE PRUEBAS: En aplicación del Art 111 del Código Procesal Civil, ofrezco los siguientes medios de prueba: --- PRUEBAS DOCUMENTALES: --- a. Fotocopia simple de Cedula de Identidad de DELIA CONTRERAS COYA con CI. N³ 2317687. --- b. Escritura Publica No. 462/2009 de COMPRA VENTA de fecha 17 de agosto de 2009, otorgado por ante Notario de Fe Publica DR. BASILIO CHOQUETIJLLA TITO, NOTARIA DE FE PUBLICA N° 24, con el cual se pretende demostrar haber adquirido de buena fe el lote de terreno, objeto de la presente demanda, hace más de 13 años. --- c. Escritura Pública de Aclaración de exclusión de apellido de casada e inclusión de apellido materno de la demandante N° 100/2020 de fecha 23 de enero de 2020 protocolizada ante la Notaría de Fe Publica N° 28, Notario MSC, VIRGINIA QUISPE ARCANI. --- d. Escritura Pública de Aclaración de datos técnicos N° 282/2020 de fecha 28 de febrero de 2020, protocolizada ante la Notaria de Fe Publica N° 28 MSC VIRGINIA QUISPE ARCANI --- e. Folio Real, con el cual se demuestra derecho propietario debidamente registrado en Derechos Reales y traspasado a la Matrícula 2.01 401 0117131 VIGENTE. ---f. Información Rápidos de Derechos Redes con el cual se pretende derrostrar la vigencia del Derecho propietario de la Matrícula No 2014.01 0117131 VICENTE --- g Plano original individual del lote de terreno objeto del presente trámite con el cual se pretende demostrar los datos técnicos de lote de terreno, donde se evidencia sin respaldo legal de la superficie de 5000m2 --- h Certificación, evacuado por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto con lo que pretende demostrar la existencia física, los datos técnicos, además dentro ubicación dentro del área residencial y no en la municipal, donde se evidencia el respaldo legal de la superficie de 5000 m2. --- i FORMULARIO UR N 077529 de fecha 3 de marzo de 2021, con demostrar haber adquirido de buena fe el lote de terreno, objeto la presente demanda, hace más de 13 años mismo donde se evidencia área sin respaldo legal de superficie de 5000 m2. --- j. Certificación, evacuado por la Junta de Vecinos de Villa Adela de esta ciudad de El Alto, con el cual se pretende demostrar la posesión pacifica, continua ininterrumpida por más de 13 años, sobre el inmueble objeto del presente tramite, además de ser conocidos por los vecinos de la zona --- k. Pago de impuestos municipales de las gestiones 2009, 2010, 2011, 2012, 2/12 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 (ORIGINALES) con las cuales pretende demostrar el fiel cumplimiento de pago de impuestos anuales favor de municipio ---I Facturas por consumo de energía eléctrica (DELAPAZ) con los cuales demuestran que el inmueble cuenta con todos los servicios básicos --- m. Facturas por consumo agua potable (EPSAS) con los cuales demuestran que inmueble cuenta con todos los servicios básicos --- n. PLACAS FOTOGRAFICAS DEL AREA SIN RESPALDO LEGAL SUPERFICIE 50.00 m2 --- o. Fotocopias simples de cedulas de identidad de testigos. --- PRUEBAS TESTIFICALES: En aplicación del Art. 174 del Código Procesal Civil, ofrezco prueba testifical, cuya nómina es:--- PATRICIA CRISPIN CRISPIN, CON CI. N° 2602725 LP., boliviana, soltera, comerciante, con domicilio en la plan 145 mzno 208, N° 4, Zona Villa Adela de esta ciudad de El Alto ANDREA ROMANETH LEDEZMA CRISPIN, CON C.L 9968068 LP, boliviana, soltera estudiante, con domicilio en la calle Chayanta N° 4 Z. Villa Adela, El Alto. ---Declaraciones testificales, con las cuales se pretende probar la posesión continua, pacifica, ininterrumpida y de buena fe, por más de (13) TRECE AÑOS, sobre el lote de terreno señalado sin haber sufrido perturbaciones por parte de los propietarios anteriores ni por terceras personas habiendo realizado construcciones de uso familiar, participando en las obligaciones comunales convocadas por las Juntas de Vecinos, donde los vecinos nos conocen como únicos y verdaderos propietarios. --- INSPECCION JUDICIAL: Ofrezco también este medio de prueba, para fines de verificar la existencia física y la posesión del lote de terreno por más de 13 años en forma pacífica e ininterrumpida --- OTROSI 3.- (NOTIFICACION AL GA.M.E.A.): Asimismo, en cumplimiento a disposiciones legales en vigencia SOLICITO sirva disponer la notificación con la presente demanda al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto. --- OTROSI 4.-HONORARIOS: El profesional que patrocina se rige al Arancel mínimo de honorarios profesionales del Colegio de Abogados de La Paz. --- OTROSI 5.- DOMICILIO: Señalo, como domicilio procesal Of. 6, SUBSUELO, Edif. SION, situado en AV. Franco Valle, Zona 12 de Octubre - (Frente al juzgado), de esta ciudad de El Alto, correo Valerialarico269@gmail.com, watsapp:72524425. ,--- Justicia, etc. El Alto, 28 de julio del 2022.--------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: VALERIA F. LARICO HUASCO --- ABOGADA --- MAT.R.P.A.3481670VFLH-A---FIRMA---LEGIBLE DEL DEMANDANTE – DELIA CONTRERAS COYA --- C.I. 2317687-----------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO CURSANTE A FS. 40, DE OBRADOS---------------------------------------------------------- CONTRERAS/FLORES --- El Alto 02 de Agosto de 2022 --- Previamente la parte actora deberá cumplir con lo siguiente: --- 1 Aclare la legitimación pasiva del demandado, se debe hacer hincapié de que por regla la usucapión debe ser dirigida contra el ultimo propietario registral del bien inmueble, a los fines del Art. 110 núm 4) de la ley 439 Identifique quien es el propietario del excedente de 50 Mtrs2 adjunte documentación vigente y actualizada. --- 2 Cumpla con el Art. 110 num 5) de la ley 439 identificando el bien demandado con toda exactitud, conforme las exigencias del Art 111 del Código Civil Debiendo identificar el distrito municipal zona, calle numeración de puerta, número de lote, colindancias, superficie que se encontraría ubicado el objeto de la Litis, debiendo ser concordantes con los informes del GAMEA en el. --- 3. Formule una petición en términos claros y positivos debiendo tenerse presente que el objeto mediato de su pretensión lo constituye el bien demandado.--- 4. Se dispone que cumpla a cabalidad con el Art. 111 Parágrafo I y II del Código Procesal Civil, con relación a acompañar a la demanda toda la documentación relativa a la pretensión, que estuviera en poder de la parte, y con la facultad de dirección, establezca y precise los hechos que quiere demostrar con cada medio probatorio, adjunto a la demanda Para el cumplimiento de estas observaciones, se concede el plazo de 3 días previsto en el art. 113. L. del Código Procesal Civil, bajo alternativa de declararse por no presentada la demanda --- Cúmplase y notifíquese en domicilio procesal.---------------------------------------------------------------------- FIRMA---SELLA: Abog. SOCRATES HENRY LUNASCO CUSI --- JUEZ PÚBLICO CIVIL COMERCIAL 9° EL ALTO--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ --- FIRMA Y SELLA: --- Abog. CARLA LUCERO OLIVER HERRERA --- SECRETARIA---JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N°9---EL ALTO – BOLIVIA.-- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 48 DE OBRADOS. -------------------------------------------------SENOR JUEZ PÚBLICO CIVIL NOVENO DE LA CIUDAD DE KL. ALTO NURE: 204031228 DELLA CONTRERAS COYA CON CI N° 2317687 boliviano, mayor de edad, hábil por derecho, de profesión empleada, domiciliado en la a Adela K Alto, y demás generales ya CUMPLO LO OBSERVADO conocidas en el presente proceso --- DENTRO DEL PROCESO CARATULADO CONTRERAS/FLORES SOBRE USUCAPION DECENAL--- Ante las consideraciones de su autoridad Señor Juez, en amparo al artículo 24 de la Constitución Política del Estado y de CIVIL conformidad al proveído de fecha 2 de agosto de 2022:--- ALPUNTO 1: De conformidad al Art. 118 num. 4) de la Ley 439; en la demanda se la identifica CLARAMENTE a la demandada SENORA ERNESTINA FLORES NOYA con CL. N 234679 LP. El domicilio actual es He la Litis quienes propietaria del excedente de 5000 m2 objeto --- AL PUNTO 2: De conformidad al Art 110 num 5) de la Ley 439; se encuentra identificada en la demanda el bien demandado con toda exactitud conforme al Art. 111 del mismo cuerpo legal, PLANO DE LOTE DE FECHA 12/02/2020 donde se evidencia COMO VENDEDORA LA SEÑORA ERNESTINA FLORES NOYA, Y COMPRADORA LA SEÑORA DELLA CONTRERAS COYA, UBICADO EN LA URB. VILLA ADELA, CON SUP. LOTE S/T 200.00 M2, LOTE S/L: 200.00 M2, SUP CEDIDA 50.00 M2, EMITIDA POR GA.M.EA, UNIDAD DE ADMINISTRACION URBANA EL PRESENTE PLANO DE LOTE ESTA DE ACUERDO A PLANIMETRÍA QUE CURSA EN EL GOBIERNO AUTONOMO DE EL ALTO. AL PUNTO 3-INTERPONGO DEMANDA DE USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA del lote de terreno señalado excedente o cedida, en contra de ERNESTINA FLORES NOYA, solicitando a su autoridad que previos los tramites de ley: Declare PROBADA la demanda en todas y cada una de sus partes. Se declare expresamente como legitima propietaria del bien inmueble - lote de terreno ubicado en: URBANIZACION VILLA ADELA, MANZANA 208, LOTE N° 2. de esta ciudad de El Alto, con una superficie de 50.00 MIS2. cuyas colindancias son: AL NORTE CALLE DIEGO FERNANDEZ DE CODOVA, AL SUR LOTE 4, AL ESTE LOTE 1, Y AL OESTE CALLE CHAYANTA, a favor de mi persona DELIA CONTRERAS COYA. En ejecución de sentencia se sirva ordenar la inscripción definitiva por ante las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de El Alto, el lote de terreno ubicado en la URBANIZACION VILLA ADELA. MANZANA 208. LOTE N° 2, de esta ciudad de El Alto, con una superficie de 50.00 M2 excedente o cedida en favor de mi persona DELLA CONTRERAS COYA CON CL N° 2317687, tal cual señala en el certificado de fecha 17 de febrero de 2020 CITEAIT D-3/GHM/074/2020 TRAMITE N 0030/2020 EL SUSCRITO ASESOR LEGAL DE LA SUB ALCALDIA DEL DISTRITO MUNICIPAL 3 DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE EL ALTO, el mismo que se adjuntó y e ratifico con la misma, Mas la minuta de COMPRA DE BIEN INMUEBLE Y LEVANTAMIENTO DE GRAVAMEN EN EL FONDO de fecha 3 de agosto de 2009, ASIMISMO el FORMULARIO U.R. de fecha 3 de marzo de 2021, donde se evidencia la superficie de 50.00 m2. --- y sea con las formalidades de ley AL PUNTO 4- De conformidad al Art. 111 parágrafo I y II, se acompaña a la demanda todas las pruebas documentales relativa a la pretensión. OTROSI 1- Señalo domicilio procesal, EDIF. SION subsuelo N° 6. calle 11 de la Avenida Franco Valle Frente al Juzgado, correo laricovaleria269gmail.com, Wattsapp. Celular No 72524425.--- Entre el Derecho y la Justicia --- El Alto La Paz, 09 Agosto de 2022.------------------------------------------------------ FIRMA Y SELLA: VALERIA F. LARICO HUASCO --- ABOGADA --- MAT.R.P.A.3481670VFLH-A---FIRMA---LEGIBLE DEL DEMANDANTE – DELIA CONTRERAS COYA --- C.I. 2317687------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO CURSANTE A FS. 49 DE OBRADOS ----------------------------------------------------------CONTRERAS/FLORES --- El Alto 11 de Agosto de 2022 --- VISTOS: En la vía ordinaria se ADMITE la demanda de fs. 38-39 y subsanación 48 de obrados, interpuesto por DELIA CONTRERAS COYA contra ERNESTINA FLORES MOYA Y PRESUNTOS PROPIETARIOS Y/O INTERESADOS EXCEDENTE DE 50MT2, DEL INMUEBLE SITUADO EN LA URBANIZACIÓN VILLA ADELA MANZANA 208 LOTE No. 2 de la ciudad de El Alto sobre DEL USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA, en todo lo que el derecho le responda, disponiéndose el TRASLADO a la demandada quien previa a su legal citación, contesten a la demanda dentro de 30 días, acorde a las previsiones del 362-363 y siguientes del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes y proseguir la presente causa conforme a la ley, sea con las formalidades de ley. --- OTROSI 1.- Se tiene presente. --- OTROSÍ 2.- Se tiene por adjuntado y respecto a la prueba de testifical y Inspección judicial se considerara en su oportunidad. --- OTROSÍ 3.- De acuerdo al Art. 369 de la CPE, y con el fin de precautelar los bienes del Estado, se dispone la notificación al GAMEA. --- OTROSÍ 4 y 5.- Por señalado, sin perjuicio de ello debe tenerse presente lo dispuesto por el Art. 82 y 84 de la ley 439. En relación a los medios de comunicación alternativos por señalado Notifíquese.-- FIRMA Y SELLA: Abog. SOCRATES HENRY LUNASCO CUSI --- JUEZ PÚBLICO CIVIL COMERCIAL 9° EL ALTO--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ --- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: --- Abog. CARLA LUCERO OLIVER HERRERA --- SECRETARIA---JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N°9---EL ALTO – BOLIVIA.------------------------------------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 75 DE OBRADOS.--------------------------------------------------JUZGADO PUBLICO CIVILY COMERCIAL NOVENO DE EL ALTO ---nurej 204031228 ---- SEÑALA NUEVOS HECHOS PROPONE --- OTROSIES SU CONTENIDO --- DELIA CONTRERAS COYA mayor de edad y hábil por derecho, de datos personales a conocidos ante las consideraciones de su autoridad con el debido respeto manifiesto y solicito dentro del p presente caso CONTRERAS contra FLORES sobre USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA ---- CONTRERAS --- Señor Juez conforme a los datos del presente proceso y bajo el principio del debido proceso y la legalidad de la prueba manifiesto como nuevos hechos lo siguiente: --- PRIMERA Habiéndose interpuesto lo presente de mando de Usucapión, haciendo referencia a la proposición de la prueba se ofreció como DECLARACIÓN TESTIFICAL O PATRICIA CRISPIN CRISPIN Y ANDREA ROMANETH LEDEZMA, razón por la cual se ADMITE LA MISMA mediante auto de fecha 11 de agosto de 2022. --- SEGUNDA. Sin embargo, a raíz de dicha proposición testifical en ese entonces la señora ANDREA ROMANETH LEDEZMA se encontraba en condiciones de ser parte de la diligencia en cuanto a prestar su declaración testifical de cargo ya que la mencionada ciudadana fue vecina cercana de mi domicilio objeto a usucapir, vanos fueron los intentos de mi parte en varias oportunidades en tratar de coordinar con la misma sin tener resultados positivos, a la fecha se DESCONOCE su paradero ya que se fue de la zona con rumbo desconocido sin percatarme de tal aspecto. Razón por la cual al presente ante la ausencia de mi testigo ofrecido me encuentro en una desventaja en cuanto a la prueba para demostrar mi posesión libre, pacífica y continua --- Motivo por el cual, en base a lo brevemente manifestado es que PROPONGO NUEVOS MEDIOS DE PRUEBA, y ante el DESCONOCIMIENTO del paradero de la testigo Sra. Andrea Romaneth Ledezma PUEDA SER SUSTITUIDA POR OTRO CIUDADANO EN CALIDAD DE TESTIGO es decir por el ciudadano PEDRO ANTONIO LOPEZ ALIAGA titular de la cédula de Identidad Nro. 2694596 LP., mayor de edad y hábil por derecho, vecino de la zona Villa Adela. Por otra parte ratificándome en la proposición de la otra testigo Sra., Patricia Crispin Crispin como se propuso con la presentación de la demanda. Petición que la realizo por única vez y en sustento de lo establecido por el Art. 366 parg. II de la ley 439 del Código Procesal Civil en concordancia con el Art. 24 de la Constitución Política del Estado y bajo el principio de legalidad de la prueba para que no exista Incoherencias en la proposición testifical, sea con las formalidades de ley. --- OTROSI 1 - Con relación a la citación. notificación y emplazamiento persona a la parte demandada, en mérito a la CERTIFICACIÓN emitida por el Servicio General de Identificación Personal refiere que la Sra. Ernestina Flores Noya (demandada) cuenta con un domicilio en el parque triangular sin número, zona Miraflores. En ese sentido como podrá divisar su autoridad el señalamiento del domicilio de la demandada, es abundantemente SUPERFICIAL Y GENERAL lo cual significaría que AUN SE DESCONOCE, no obstante al requerimiento emitido por su autoridad a la entidad correspondiente (SEGIP) conforme establece el Art. 78 parg. I del Código Procesal Civil. Motivo por el cual agotándose las instancias correspondientes para la localización de su domicilio y ante la persistencia del desconocimiento del domicilio SOLICITO que la CITACIÓN sea realizada mediante EDICTOS conforme establece el Art. 78 parg. II del citado código adjetivo de leyes. Sea con las formalidades de ley --- OTROSI 2.- Se adjunta el Oficio emitido por su autoridad de fecha 18 de mayo 2023 cite Of. Nro. 479/2023 NUREJ: 204031228. Asimismo, se adjunta la CERTIFICACIÓN DEL SEGIP con relación al domicilio (ambas en originales). Solicitando se tenga presente. --- OTROSI 3- Domicilio procesal señalado. Asimismo, señalo dirección electrónica windjokovic@gmail.com whatsapp: 63090117-69892774 --- justicia --- El Alto, julio de 2015--- FIRMA Y SELLA: WINNER AYALA COPA --- ABOGADA --- MAT.R.P.A.7037656WRAC-A---FIRMA---LEGIBLE DEL DEMANDANTE – DELIA CONTRERAS COYA.------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FS. 76 DE OBRADOS -------------------------------------------------------CONTRERAS/FLORES --El Alto, 18 de julio de 2023 --- A LO PRINCIPAL.- Lo expuesto en el escrito se considerara en la etapa procesal correspondiente. --- OTROSI 1.- En mérito a lo solicitado y conforme a los datos del proceso cítese mediante edictos con la demanda y admisión a: ERNESTINA FLORES NOYA, cuyo fin líbrese edictos correspondientes, sea previo juramento de desconocimiento de domicilio, sea con las formalidades de ley. --- OTROSI 2.- Por adjuntado.--- OTROSI 3.- Por señalado------------------------------------------------------------------ FIRMA Y SELLA: Abog. SOCRATES HENRY LUNASCO CUSI --- JUEZ PÚBLICO CIVIL COMERCIAL 9° EL ALTO--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ --- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: --- Abog. CARLA LUCERO OLIVER HERRERA --- SECRETARIA---JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N°9---EL ALTO – BOLIVIA.---------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO CURSANTE A FS. 79 DE OBRADOS-------------- En la ciudad de El Alto de La Paz, a horas 10:26 a.m. del día 28 de julio de 2023, el personal del Juzgado Publico Civil y Comercial Noveno de la Ciudad de El Alto constituido por el Dr. Sócrates Henry Lunasco Cusi, Juez Publico Civil Y Comercial Noveno de la Ciudad de El Alto y la suscrita Secretaria Dra. Carla Lucero Oliver Herrera, se constituyó ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, acto seguido se hizo presente ante este despacho judicial DELIA CONTRERAS COYA con C.I. 2317687 QR. INDEFINIDO mayor de edad hábil por ley, viuda, profesión/ocupación empleada, con domicilio actual en la Av. Sorata s/n Z/Surucachi, quien previo juramento de ley prestado en legal forma manifiesto lo siguiente:--- "JURO DESCONOCER EL ULTIMO DOMICILIO DE: ERNESTINA FLORES NOYA" --- Con lo que termino su declaración leída el acta que le fue, quien persistió en su tenor firmando al pie, por ante mí de lo que certifico:- FIRMA Y SELLA: Abog. SOCRATES HENRY LUNASCO CUSI --- JUEZ PÚBLICO CIVIL COMERCIAL 9° EL ALTO--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ --- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: --- Abog. CARLA LUCERO OLIVER HERRERA --- SECRETARIA---JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N°9---EL ALTO – BOLIVIA.------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 80 DE OBRADOS. -------------------------------------------------SENOR JUEZ PÚBLICO CIVIL NOVENO DE LA CIUDAD DE EL ALTO NUREJ: 204031228---SOLICITA COMPLEMENTACION DE DECRETO EMITIDO---OTROSIES.-SU CONTENIDO---DELIA CONTRERAS COYA, mayor de edad, hábil por derecho, de datos ya conocidas, ante su autoridad con el debido respeto manifiesto y solicito dentro del presente cas CONTRERAS contra FLORES sobre USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA:---Señor juez conforme a los datos del proceso mediante decreto que antecede se dispuso citación mediante edictos únicamente a la demandada ERNESTINA FLORES NOYA, sin embargo por ato de fs. 49 de obrados la demanda también se corre traslado a PRESUNTOS PROPIETARIOS Y/O INTERESADOS, Motivo por el cual en sustento del Art. 253 del Código Procesal Civil, SOLICITO se complemente el decreto que antecede conforme al auto de ADMISION y que la NOTIFICACION MEDIANTE EDICTOS TAMBIEN SEA A LOS PRESUNTOS PROPIETARIOS Y/O INTERESADOS, DEL EXCEDENTE DE 50 MTRS2, DEL BIEN INMUEBLE SITUADO EN LA URBANIZACION VILLA ADELA MANZANA 208 LOTE NRO. 2 DE LA CIUDAD DE EL ALTO, SEA CON LAS FORMALIDADES DE RIGOR. --- OTROSI 1.- Señala domicilio procesal la secretaria de su despacho solicitando se tenga presente, asimismo señalo dirección electrónica windjokovic@gmail.com Whatsapp: 63090117 y 69892774 --- justicia --- El Alto agosto de 2023.--- FIRMA Y SELLA: WINNER AYALA COPA --- ABOGADA --- MAT.R.P.A.7037656WRAC-A---FIRMA---LEGIBLE DEL DEMANDANTE – DELIA CONTRERAS COYA.---------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO CURSANTE A FS. 82 DE OBRADOS-------------- En la ciudad de El Alto de La Paz, a horas 15:26 p.m. del día 01 de septiembre de 2023, el personal del Juzgado Publico Civil y Comercial Noveno de la Ciudad de El Alto constituido por el Dr. Sócrates Henry Lunasco Cusi, Juez Publico Civil Y Comercial Noveno de la Ciudad de El Alto y la suscrita Secretaria Dra. Carla Lucero Oliver Herrera, se constituyó ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, acto seguido se hizo presente ante este despacho judicial DELIA CONTRERAS COYA con C.I. 2317687 QR. INDEFINIDO mayor de edad hábil por ley, viuda, profesión/ocupación empleada, con domicilio actual en la Av. Sorata s/n Z/Surucachi, quien previo juramento de ley prestado en legal forma manifiesto lo siguiente:--- " PRESUNTOS PROPIETARIOS Y/O INTERESADOS DEL EXCEDENTE DE 50MT2, DEL INMUEBLE SITUADO EN LA URBANIZACIÓN VILLA ADELA MANZANA 208 LOTE No. 2 de la ciudad de El Alto " --- Con lo que termino su declaración leída el acta que le fue, quien persistió en su tenor firmando al pie, por ante mí de lo que certifico:---FIRMA Y SELLA: Abog. SOCRATES HENRY LUNASCO CUSI --- JUEZ PÚBLICO CIVIL COMERCIAL 9° EL ALTO--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ --- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: --- Abog. CARLA LUCERO OLIVER HERRERA --- SECRETARIA---JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N°9---EL ALTO – BOLIVIA.---------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTITRES AÑOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 78 P-II DEL CODIGO DEL PROCESO CIVIL.---------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& E.P.O. JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL NOVENO DE LA CIUDAD DE EL ALTO.


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