EDICTO

Ciudad: SAN BORJA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN BORJA


E D I C T O Que, por el presente Edicto se CITA Y EMPLAZA A GUILLERMO MERCADO para que por sí o mediante apoderado legal se apersone por ante este despacho judicial del juzgado público de las familias e instrucción Penal 1º. De la ciudad de San Borja, Provincia Ballivián del Departamento del Beni, dentro de un proceso PENAL seguida por el Ministerio Publico en contra de GUILLERMO MERCADO por el delito de VIOLACION,------------------------------------------------------------------------------ DECLARATORIA EN REBELDIA NUREJ: 8065394 CAUSA: 037/2023 FUD: 803202042300106 DEMANDANTE: MP. Y GLADYS MARLENY CHAVEZ ZUÑIGA DEMANDADO: GUILLERMO MERCADO PROCESO: VIOLACION San Borja, 08 de septiembre de 2023 VISTOS: La Imputación formal interpuesta en contra de GUILLERMO MERCADO, dentro del proceso que sigue el Ministerio Público por el delito de VIOLACION., habiéndose citado por edicto conforme al art. 279 y 165 del Código de Procedimiento Penal, de la revisión de los antecedentes cursantes en el control jurisdiccional, y la publicaciones de edictos de la citación formal haciendo conocer al ciudadano la imputación formal por el delito VIOLACION, que debía presentarse asumir defensa en el plazo de 10 días..---2.-Que el ciudadano GUILLERMO MERCADO fue citado mediante edictos por desconocerse su paradero y que pese a otorgarle el tiempo correspondiente no se presentó a la citación para asumir defensa y que ante su inasistencia al llamado como autoridad judicial es menester declarar su REBELDIA conforme establece el art. 89 del Código de Procedimiento Penal .---3.- POR TANTO.- La suscrita Juez Público de Familia e Instrucción Penal de San Borja, amparada en lo señalado por el articulo 87 Num 1) y 89 del C.P.P. declara REBELDE ante la ley a GUILLERMO MERCADO, se desconoce, mayor de edad, de nacionalidad boliviana, soltero; DISPONIENDOSE:.---1.-Su arraigo personal debiendo para el efecto de librarse el correspondiente oficio al señor Director Nacional de Migración para que proceda al arraigo del sindicado a nivel nacional.----2.-Hágase la publicación de sus datos y señas particulares por cualquier medio de comunicación de alcance local y a nivel nacional para su búsqueda y aprehensión.---3.- Así mismo se designa como defensor de oficio a la abogada de Defensa Pública JANETH LAURA CALLE a quien deberá de notificársele con la presente resolución para que represente y asista con todos los poderes, facultades y recursos reconocidos por ley.---4.- Se ordena al Representante del Ministerio Público se proceda la conservación de las actuaciones y de los instrumentos o piezas de convicción. Líbrese el correspondiente mandamiento de Aprehensión conforme al art. 89 del CPP.---5.- Publíquese y notifíquese mediante edicto el presente AUTO DE REBELDIA conforme a ley.---REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.- fdo. CLAUDIA TERESA BASCOPE CHAVEZ JUEZ PUBLICO DE FAMILIA E INSTRUCCION PENAL 1RO DE SAN BORJA. FDO. CHISTIAN JHON RIVERA GUARENA, SECRETARIO DEL JUSGADO PUBLICO DE FAMILIA E INSTRUCCION PENAL 1RO DE SAN BORJA.--------------------------------------------------------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SAN BORJA-PROVINCIA Gral. José Ballivián del Departamento del BENI, A LOS 12 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES------------------------------------------Por Orden de la Sra. Juez.-------------------------------------------------------


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