EDICTO
Ciudad: TRINIDAD
Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
E D I C T O PARA: JAIME KARNINCI RUIZ
EL DR. GREGORIO CHUNGARA CONDORI – JUEZ DE SENTENCIA EN LO PENAL N° 1 DE LA CAPITAL.
P O R E L P R E S E N T E E D I C T O: NOTIFICAR AL SEÑOR: JAIME KARNINCI RUIZ . Dentro del proceso penal que le sigue en su contra, por la probable comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, en virtud del art. 165 del CPP “notificación por edicto”, se dispone la publicación de la resolución a través del sistema informático de gestión de causas, para tal efecto se subirán actuados en el portal electrónico de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia, para lo cual se transcriben en sus partes más importantes para conocimiento:
Órgano Judicial
JUZGADO DE SENTENCIA EN LO PENAL N° 1
Santísima Trinidad – Beni – Bolivia
ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PÚBLICO Y CONTRADICTORIO
En la ciudad de Trinidad, Capital del Departamento del Beni, a horas 15:30 del día martes 12 de septiembre de 2023, se constituyó en audiencia, compuesto por El señor Juez de Sentencia Penal N° 1 - Dr. Gregorio Chungara Condori y Secretaria: Abog. Maria Celia Teresa Zelada Parada Secretaria del Juzgado de Sentencia Penal N° 1 a objeto de instalar juicio oral público y contradictorio dentro del juicio penal seguido por el ministerio público contra JAIME KARNINCI RUIZ, POR el delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA. CON NUREJ:
Juez: Informe secretaria sobre la concurrencia de las partes al presente acto procesal quiénes se encuentran presentes.
SECRETARIA.- Informar a su autoridad que se ha notificado al MMPP quién se encuentra presente en sala Dra. Olga Lidia Julio, el acusado se ha notificado por edicto publicado en el portal de notificaciones de la página del tribunal Supremo de Justicia, el abogado de defensa pública presente en salaa el abog. Miguel Teran.
JUEZ.- Se concede la palabra al ministerio público.
FISCAL: OLGA LIDIA JULIO: Señor juez siendo que ha sido legalmente notificado por edicto y no se encuentra presente solicita la rebeldía.
JUEZ.- Se concede la palabra al abogado de defensa pública.
ABOG. MIGUEL TERAN: ABOG. DEFENSA PUBLICA: Siendo que ha sido legalmente notificado, y m i persona no ha podido dar con el paradero señor, por lo que deja a criterio de su autoridad.
JUEZ.- Se tiene presente, se dicta resolución:
Denunciante: ministerio Público
Acusado: Jaime Karninci Ruiz
Delito: violencia familiar o doméstica
Nurej: 801102012100395
AUTO INTERLOCUTORIO N° 33/2023
REBELDIA
Trinidad, 12 de septiembre de 2023.
VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, de la revisión del cuaderno de control jurisdiccional, de los datos del proceso se establece que se señaló audiencia de juicio oral, de actuados se evidencia la notificación del acusado Jaime Karninci Ruíz mediante edictos publicado en la página del portal de notificaciones de la Página del Tribunal Supremo de Justicia y no se encuentra presente, tampoco ha justificado su inasistencia en la audiencia.
POR TANTO: Conforme al art. 87 de la norma adjetiva penal vamos a declarar REBELDE AL SEÑOR JAIME KARNINCI RUIZ, consiguientemente se deberá expedir el correspondiente mandamiento de aprehensión para el acusado, para el efecto que sean conducidos ante la autoridad para que se le señale fecha JUICIO ORAL, se dispone conforme el art. 89 del CPP:
1.- Mandamiento de Aprehensión.
2.- Mandamiento de ARRAIGO debiendo seguir procedimiento en oficinas de migración, esto de conformidad con los Art. 88 y 89 del CPP,
3. Se mantiene la designación del abogado de defensa pública Miguel Angel Teran, quién se encuentra presente en sala.
4.- Asimismo se dispone la publicación de EDICTO a subirse en la plataforma de la página del Tribunal Supremo de Justicia vigente para las partes y sin costo económico.
5.- Con la presente resolución notifíquese a la encargada de REJAP para que proceda a la anotación de la declaratoria de rebeldía conforme al art. 440-2 del CPP.
REGISTRESE.-
Quedan las partes notificadas de forma oral conforme el art. 333 del CPP.
FISCAL: Señor juez en vía de complementación solicita la anotación preventiva de los inmuebles que pueda tener el acusado.
JUEZ.- Se tiene presente, se ordena en vía de complementación la notificación de derechos reales para que proceda a la anotación preventiva de los bienes inmuebles que pudiera tener el acusado Jaime Karninci Ruiz.
LA AUDIENCIA FINALIZO EN FECHA 12-09-2023 A HRS. 15:40.
Con lo cual, se da por terminada la presente, firmando en constancia el juez y el secretario que suscriben.
FDO. Y SELLADO POR EL DR. GREGORIO CHUNGARA CONDORI – JUEZ DE SENTENCIA EN LO PENAL N° 1 DE LA CAPITAL. ANTE MI, DOY FE.-
El Edicto correspondiente, deberá ser publicado a través del portal electrónico de notificaciones de la página del Tribunal Supremo de Justicia, por el cual se EMPLAZA AL QUERELLADO JAIME KARNINCI RUIZ PARA QUE COMPAREZCA A ASUMIR SU DEFENSA dentro del presente proceso penal de acción privada. Es todo para los fines consiguientes de ley.
El presente Edicto es librado en la ciudad de la Santísima Trinidad, capital del Departamento del Beni, a los doce días del mes de septiembre del dos mil veintitrés años. . .
Fdo. Y sellado por el Juez de Sentencia en lo Penal N° 1 de la Capital – Dr. Gregorio Chungara Condori. Ante mi Secretaria Abog. María Celia Teresa Zelada Parada. Doy Fe.
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