EDICTO

Ciudad: TRINIDAD

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Distrito Judicial del Beni Juzgado de Sentencia Penal 2do de la Capital E D I C T O – J U D I C I A L EL DR. GUILLERMO MANSILLA MENDOZA - JUEZ DE SENTENCIA PENAL Nº 2 DE LA CAPITAL. P O R -E L- P R E S E N T E- E D I C T O: Hace conocer que dentro del proceso penal que sigue MP/CRISTHIAN MENDEZ GOSALVES a contra BENJO ARCANI MENDEZ por la presunto comisión del delito de ROBO AGRAVADO NUREJ: 801102012200460 Se han realizado los siguientes actuados los cuales se transcriben y se publican en el sistema HERMES para conocimiento del acusado RONALD BARBOZA CHAVEZ TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA BENI - JUZGADO DE SENTENCIA 2. PROCEDIMIENTO: ROBO AGRAVADO EXPEDIENTE: 801102012200460 ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL (REBELDE) En TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA BENI - JUZGADO DE SENTENCIA 2. En fecha 16-06-2023 09:33 Ante su autoridad, MANSILLA MENDOZA GUILLERMO, con mi asistencia como Secretario/a Judicial, comparecen: JUEZ: MANSILLA MENDOZA GUILLERMO SECRETARIO: DRA. MARCELA ROCA MALALA Los comparecientes lo hacen al objeto de celebrar la Audiencia de JUICIO ORAL que viene convocada para el día de hoy. En primer lugar, su autoridad declara instalada la audiencia previo informe de Secretaría manifestando que el cuaderno se encuentra corriente estando presentes las partes. En ejercicio de su autoridad se consulta a las partes y se acuerda que se proceda a accionar los mecanismos de grabación de la imagen y el sonido, y en concreto, los sistemas de grabación digital, del que dispone este órgano jurisdiccional. Acto seguido se concede la palabra a las partes. INCIDENCIAS SECRETARIO DRA. MARCELA ROCA MALALA.- Buenos Días Dr. estamos grabando la presente audiencia, informarle que todas las partes han sido legalmente notificadas no estando presente en sala de audiencia la representante de ministerio público, tampoco el denunciante ni el acusado. JUEZ MANSILLA MENDOZA GUILLERMO.- Ha sido notificado el acusado Dra.? SECRETARIO DRA. MARCELA ROCA MALALA.- Se le informa que el acusado se encuentra con un mandamiento de detención preventiva ordenado por la juez del juzgado cautelar pero que al momento del asignado al caso querer hacer efectivo el mismo el acusado se da a la fuga, es por ello que su autoridad dispone la notificación de Benjo Arcani Mendez por edicto el cual se ha cumplido por esta secretaria, es así que el acusado se encuentra notificado por edicto. JUEZ MANSILLA MENDOZA GUILLERMO.- De acuerdo a lo manifestado de oficio dispondrá lo que la ley dispone. Posteriormente el Juez dicta la presente resolución.- AUTO INTERLOCUTORIO N° 83/2023 SANTISIMA TRINIDAD 16 DE JUNIO DEL 2023 VISTOS.- Teniendo en cuenta de que el acusado Benjo Arcani Méndez ha sido notificado por Edicto y no se ha hecho presente al llamado de la autoridad POR LO TANTO CONFORME ART. 87; Y ART. 89; DE LA NORMA ADJETIVA PENAL SE DECLARA REBELDE A BENJO ARCANI MENDEZ Y EN CONSECUENCIA EL LIBRESE ES EL CORRESPONDIENTE MANDAMIENTO DE APREHENSION EN SU CONTRA PARA SU CUMPLIMIENTO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL; Así mismo se le designa defensor de oficio en la persona del Doctor Junior Takaná Barba y conforme al Artículo 91 de la parte pertinente de la Norma Adjetiva Penal se deja en Estatu Quo el Nuevo señalamiento de Juicio Oral hasta que el mismo sea puesto a disposición del Suscrito Juzgador y notifíquese mediante edicto la presente resolución debiendo de remitirse copia a Rejap y a Ejecución Penal. LA AUDIENCIA FINALIZO EN FECHA 16-06-2023 A HRS. 09:42 Con lo cual, se da por terminada la presente, firmando en constancia el juez y el secretario que suscriben. El presente Edicto es librado y publicado en el sistema HERMES en la ciudad de la Santísima Trinidad Capital del Departamento del Beni, a los 12 días del mes de Septiembre de Dos Mil Veintitrés años


Volver |  Reporte