EDICTO
Ciudad: TRINIDAD
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Distrito Judicial del Beni
Juzgado de Sentencia Penal 2do de la Capital
E D I C T O – J U D I C I A L
EL DR. GUILLERMO MANSILLA MENDOZA - JUEZ DE SENTENCIA PENAL Nº 2 DE LA CAPITAL.
P O R -E L- P R E S E N T E- E D I C T O: Hace conocer que dentro del proceso penal que sigue MP/LIANNE MELISSA MILLARES CORTEZ a contra RONALD BARBOZA CHAVEZ por la presunto comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR NUREJ: 801102012101375
Se han realizado los siguientes actuados los cuales se transcriben y se publican en el sistema HERMES para conocimiento del acusado RONALD BARBOZA CHAVEZ
TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA BENI - JUZGADO DE
SENTENCIA 2.
PROCEDIMIENTO: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA
EXPEDIENTE: 801102012101375
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
En TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA BENI - JUZGADO DE
SENTENCIA 2., en fecha 16-08-2023 10:32
Ante su autoridad, MANSILLA MENDOZA GUILLERMO, con mi asistencia como
Secretario/a Judicial, comparecen:
JUEZ: MANSILLA MENDOZA GUILLERMO
REPRESENTANTE DEL SLIM:
FISCAL: NATHALIE AURORA VEGA VEGA
HABILITADA: MARIA LUISA SITA OVALE AUXILIAR DEL JUZGADO
Los comparecientes lo hacen al objeto de celebrar la Audiencia de JUICIO ORAL que viene convocada para el día de hoy.
En primer lugar, su autoridad declara instalada la audiencia previo informe de Secretaría manifestando que el cuaderno se encuentra corriente estando presentes las partes.
En ejercicio de su autoridad se consulta a las partes y se acuerda que se proceda a accionar los mecanismos de grabación de la imagen y el sonido, y en concreto, los sistemas de grabación digital, del que dispone este órgano jurisdiccional.
Acto seguido se concede la palabra a las partes.
INCIDENCIAS
JUEZ: MANSILLA MENDOZA GUILLERMO. – Buenos días a los sujetos procesales, Señalada que ha sido la presenta Audiencia de Juicio Oral por el delito de Violencia Familiar o Doméstica que sigue Lianne Melisa Millares Cortéz y el Ministerio Público en contra de Ronald Barboza Chávez han sido legalmente notificados todos los sujetos procesales, la víctima Lianne Melisa Millares no está presente y el acusado Ronald Barboza Chávez ha sido notificado por edicto, tiene la palabra la representante del Ministerio Publico.
FISCAL: NATHALIE AURORA VEGA VEGA. - Gracias señor juez, estando legalmente notificado y como el mismo no ha asistido y no ha justificado, solicito su Declaratoria de Rebeldía.
JUEZ: MANSILLA MENDOZA GUILLERMO. – Representante del Slim.
ABOGADO DEMANDANTE: DIRECTORA DEL SLIM. – Muchas gracias señor Juez, buenos días señora representante del Ministerio Público, en la línea de presentación de la víctima luego de escuchar lo manifestado, tanto por la señora secretaria, como la señora representante del Ministerio Público, toda vez que ha sido legalmente notificado el ahora acusado, pues vamos a solicitar a su digna autoridad la Declaración de Rebeldía por su incomparecencia.
JUEZ: MANSILLA MENDOZA GUILLERMO. – Vamos a dictar la resolución correspondiente.
Posteriormente el Juez dicta la presente resolución.-
AUTOINTERLOCUTORIO 118 /2023
SANTISIMA TRINIDAD 16 DE AGOSTO DEL 2023
Vistos.- Señalada que ha sido la presente Audiencia de Juicio Oral, el acusado Ronald Barboza Chávez ha sido legalmente notificado y no se ha hecho presente, no ha justificado su inasistencia a esta audiencia, Por lo Tanto; de conformidad a los artículos 87 numeral 1 y 89 del Código de Procedimiento Penal, SE DECLARA REBELDE AL ACUSADO RONALD BARBOZA CHÁVEZ Y EN CONSECUENCIA LÍBRESE EL CORRESPONDIENTE MANDAMIENTO DE APREHENSIÓN EN SU CONTRA, para su cumplimiento en todo el territorio nacional y dando vigor al artículo 89 párrafo 2 del código procedimiento penal, se disponen las siguientes medidas:
1) Su arraigo,
2) Se ordena la Anotación Preventiva de los bienes propios del acusado.
3) Ejecución de la fianza en caso si hubiera presentado.
4) La conservación de la actuación de instrumento pieza de comisión.
5) Se designa abogado Defensor de Oficio en la persona el doctor Junior Takaná Barba, a quien se lo debe notificar con la presente resolución para que lo represente y asista con todos los poderes y recursos reconocidos al querellado.
Publíquese la presente resolución mediante dicto de plataforma virtual Hermes, a través de secretaría y notifíquese mediante copia autenticada a la Dirección Departamental de Registro Judicial Antecedentes Penales de conformidad artículo 440 numeral 2 del Código de Procedimiento Penal y al Juzgado de Ejecución Penal, así mismo conforme a la parte pertinente el artículo 91 de la Norma Adjetiva Penal, queda en estatu Quo el nuevo señalamiento de audiencia Juicio Oral Hasta que el acusado sea puesto a disposición del suscrito Juzgador,
Regístrese.
LA AUDIENCIA FINALIZO EN FECHA 16-08-2023 A HRS. 10:41
Con lo cual, se da por terminada la presente, firmando en constancia el juez que suscriben.
El presente Edicto es librado y publicado en el sistema HERMES en la ciudad de la Santísima Trinidad Capital del Departamento del Beni, a los 12 días del mes de Septiembre de Dos Mil Veintitrés años
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