EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO JUEZ : Dr. Walter Chumacero S. SECRETARIA : Dra. Suanny Carla Quilla Ruiz JUZGADO : Instrucción 1ro. en lo Penal de la Capital DELITO : Estafa SIGUE : M/P Dr. Aldo Corrillo CONTRA : Jorge Antonio Castro Castro CODIGO UNICO : 601103012300723 SE HACE SABER : JORGE ANTONIO CASTRO CASTRO CON LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES: Auto Interlocutorio No. 179/2023 Tarija, 12 de septiembre de 2023 ANTECEDENTES: Que, el personal de apoyo informa y documenta haberse realizado la publicación de edicto con el emplazamiento del imputado desde fecha 14 al 25 de agosto del año que transcurre.---------- PARTE CONSIDERATIVA: Que, habiendo hasta el presente sobrepasado el plazo de diez días otorgado, no se tiene apersonamiento alguno del encausado, corresponde en consecuencia, continuar con la secuencia procesal establecida al efecto.--------------------------------------- PARTE RESOLUTIVA: En aplicación del art. 87-1) y 89 de la Ley 1970, se declara rebelde y contumaz al encausado Jorge Antonio Castro Castro, C.I:12565110-Tja., por el delito de Estafa, descrito y sancionado en el art. 335 del C.P., a denuncia de Amparo Ayllon y se ordena: - El arraigo del antes nombrado, para cuyo efecto por Secretaría se libre el correspondiente mandamiento.---------------------------------------------- - La publicación de los datos y señas personales del rebelde en medios de comunicación para su búsqueda y aprehensión.------------------------------ - La hipoteca legal de los bienes propios que pudiera registrar a su nombre el encausado, debiendo para el efecto librarse las ejecutoriales de ley.------------------------------------------------------------------------------- - No habiéndose requerido medida cautelar personal, no se dispone librarse mandamiento de aprehensión en su contra.------------------------ - La conservación por Secretaría de las actuaciones, instrumentos o de las piezas de convicción presentadas por las partes.------------------------------ - Se le designa como abogado defensor de Oficio al Dr. Ronald Arandia, a quien se notificará personalmente para su aceptación.----------------------- - Se dispone asimismo que la notificación con la presente resolución sea mediante edicto a publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo Justicia, debiendo el personal de apoyo jurisdiccional de oficio informar respecto al cumplimiento de dicha formalidad, a los efectos de la continuidad de la secuencia procesal.---------------------------------------- De igual manera, por Secretaría, remítase copia legalizada de la presente resolución al Rejap para su registro una vez ejecutoriada la misma.- ANOTESE.------------------------------------------------------------------------ FIRMADO Y SELLADO DR. WALTER CHUMACERO SALAZAR JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CAPITAL, ANTE MÍ, DRA. SUANNY CARLA QUILLA RUÍZ SECRETARIA - ABOGADA DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CAPITAL, QUE CERTIFICA.- Tarija,12 de septiembre de 2023


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