EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA DÉCIMO PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE COCHABAMBA JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N°11 DE LA CAPITAL __________________________________________________________ EDICTO DRA. MABEL L. GUTIERREZ VALLEJOS JUEZ DE SENTENCIA PENAL Nº 11 DE LA CAPITAL.---------------------------- PARA: MARIA BEATRIZ OLVERA VARGAS .-------------------------------------------------------------------------------------POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA A MARIA BEATRIZ OLVERA VARGAS, CON AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL DE FECHA 18 DE JULIO DE 2023; A OBJETO DE QUE COMPAREZCA Y ASUMA DEFENSA, DENTRO EL PROCESO PENAL SEGUIDO POR EL MINISTERIO PÚBLICO A INSTANCIA DE ESTHER RODRIGUEZ RICALDES, CONTRA MARIA BEATRIZ OLVERA VARGAS POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE ESTELIONATO, PREVISTO Y SANCIONADO POR EL ART. 337 DEL CÓDIGO PENAL, A CUYO FIN SE TRANSCRIBE EL SIGUIENTE ACTUADO:--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL DE FECHA 18 DE JULIO DE 2023-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------NUREJ: 30249215 ACUSADOR: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS PATRIMONIALES DE LA EPI SUR VICTIMA Y/O QUERELLANTE: ESTHER RODRIGUEZ RICALDES ACUSADO: MARIA BEATRIZ OLVERA VARGAS DELITOS: ESTELIONATO, ART. 337 DEL CP. AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL A, 18 de Julio de 2023 VISTOS: La ACUSACIÓN FORMAL interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO - FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS PATRIMONIALES DE LA EPI SUR contra: MARIA BEATRIZ OLVERA VARGAS por la presunta comisión del delito de ESTELIONATO, previsto y sancionado por el ART. 337 del C.P., las pruebas de cargo, los antecedentes del caso; y CONSIDERANDOI: Considerando la conclusión de los antecedentes presentada por la unidad de descongestionamiento de la fiscalía departamental de Cochabamba. De los hechos facticos expuestos en la querella presentada por ESTHER RODRIGUEZ RICALDES contra MARIA BEATRIZ OLIVERA VARGAS, a quien le atribuye la presunta comisión de los delitos de ESTAFA y ESTELIONATO, cuya relación cronológica de los hechos es como sigue: Mediante documento de compra venta de lote de terreno de fecha 05-06-2015 la querellante adquiere el lote de terreno ubicado en la zona de Ticti, con una superficie de 245.35 Mts.2, por un precio de Bs.- 30.000.- e inmediatamente se trasladó para ocupar el bien inmueble; sin embargo, a los dos meses se entera que sobre el bien pesaban gravámenes y restricciones motivo por el que hace ingresar un memorial de aceptación de gravámenes y anotaciones preventivas en fecha 11-08-2015, empero apareció otro sujeto como acreedor de nombre Rene Mancilla Pereira manifestando que otorgo en calidad de préstamo a Raúl Quiñones Gutiérrez y Maria Beatriz Olivera Vargas se encuentra como garante mancomunada afectando de esa manera a su bien inmueble, por lo que denuncia y solicita se investigue el hecho. Siendo estos los hechos acusados por el Ministerio Público y la acusación particular que serán base del juicio oral público y contradictorio. CONSIDERANDO: Tomando en cuenta que con la acusación fiscal de fecha 09 de junio de 2020, fue debidamente notificada mediante notificación en el Sistema Hermes la acusado MARIA BEATRIZ OLVERA VARGAS en fecha 24 de mayo de 2023, y no habiendo ofrecido prueba de descargo en el plazo establecido por ley. Por lo mismo, estando cumplidos los requisitos establecidos por ley corresponde determinar la base de Juicio y señalar día y hora de audiencia para su celebración conforme mandan los Arts. 342 y 343 de la ley N. 1970 POR TANTO.- En función de la última parte del Art. 340 y arts. 342 y 343 del Código de Procedimiento Penal, se determina AUTO DE APERTURA DE JUICIO dentro el proceso Penal seguido por el Ministerio Publico, Fiscalía Especializada en Delitos Patrimoniales de la Epi Sur, contra: MARIA BEATRIZ OLVERA VARGAS por la presunta comisión del delito ESTELIONATO, previsto y sancionado por el ART. 337 del C.P., de donde corresponde señalar día y hora de audiencia de Juicio Oral para el día 26 de septiembre de 2023 a horas 09:00 a.m., y siguientes, audiencia a realizarse sistema de Cisco Webbex Meetings Mediante la Sala virtual https://openalcbba.webex.com/ojpenalcbba/j.php?MTID=m558582d6b7d1e8dc3ddc40 e123a95d14, debiendo la Oficina Gestora de turno coordinar y habilitar dicha sala virtual para su sustanciación, por lo que procédase a la notificación a los sujetos procesales notifíquese con el presente auto de apertura a MARIA BEATRIZ OLVERA VARGAS, con las formalidades del Art. 165 del C.P.P. Se ordena a las partes a tomar todos los recaudos de ley, a fin de evitar suspensiones de audiencias bajo conminatoria de aplicarse sanciones correspondientes, no debiendo olvidar la vigencia de la ley 1173, recomendando la comparecencia de sus testigos y que la recepción de los mismo será bajo el sistema referido (Cisco Webbex Meetings), solo en caso necesario se dispondrá la comparecencia de manera personal, ya sea de los testigos o los sujetos procesales en dependencias del tribunal, por lo que se recomienda estar a dichas emergencias bajo su absoluta responsabilidad. Señalamiento que se efectúa debido a la excesiva carga procesal de este juzgado y la cantidad de juicios orales donde las partes ya fueron notificadas anticipadamente; no quedando más que ocurrirse a la suspensión de plazos previsto en el Art. 130 del Código de Procedimiento Penal. De igual forma las partes deberán comunicarse al número telefónico 60729102 encargada de la Oficina Gestora N° 3, a efectos de que se les proporcione el link correspondiente. Finalmente, se dispone la notificación a la encargada de la Oficina Gestora de Procesos N° 3 a objeto que agenda la presente audiencia y facilite el link a las partes procesales. Notifíquese mediante la O.G.P. REGISTRESE………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cochabamba 08 de septiembre de 2023


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