EDICTO
Ciudad: SUCRE
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1
EN LO PENAL DE LA CAPITAL
SUCRE-BOLIVIA
Edicto Nº 642/2023
EL DOCTOR LUIS BENJAMIN ROJAS LATORRE JUEZ DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL
Sucre – Bolivia
MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: A LOS ACUSADOS MARTHA ROJAS LOPEZ, MARILU GARCIA MOLINA, NOELIA BLANCA PAYLLO ZAMORA, CORINA PANIAGUA AVALOS Y JHOSELIN BARRON MEDRANO que dentro del proceso penal que sigue EL MINISTERIO PUBLICO a denuncia de NATALIA ARDUZ LOPEZ que en contra MARTHA ROJAS LOPEZ Y OTROS por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado por el Código Penal, signado con NUREJ: 101102012100346 en aplicación del Art.165 del C.P.P, se ha dispuesto que se notifique con MEMORIAL DE FECHA DE 4 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Y DECRETO DE FECHA DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2023.
a cuyo fin adjunto la siguiente pieza procesal cuyo contenido y tenor es el siguiente -----------------------------------------------------------------------------------------
MEMORIAL DE FECHA DE 4 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Y DECRETO DE FECHA DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2023.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA N 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL
CUMPLE DECRETO Y SE PRONUNCIA
CUD 101102012100346
ABOG, ALEJANDRA ZALLY ROCHA VILLARROEL Fiscal de Materia de la Fiscalia Especializada en litigación, dentro del proceso investigativo que sigue el Ministerio Público a instancia de NATHALIA ARDUZ LOPEZ contra MARTHA ROJAS LOPEZ, MARILU GARCIA MOLINA, NOELIA BLANCA PALLO ZAMORA, CORINA PANIAGUA AVALOS, JHOSELIN BARRON MEDRANO Y LETICIA ULLUOA GALLO por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el Art. 332 Numeral 2 con relación al art. 331 del Código Penal, presentándome ante su autoridad, respetuosamente digo:
Tengo a bien hacer conocer a su autoridad que revisados los datos del cuaderno de investigaciones, se tiene que la señora MARILU GARCIA MOLINA, no cuenta con mayores datos de identificación como ser el carnet de identidad, numero de celular o croquis domiciliario, lo único que se conoce es el nombre de la misma, el cual no existe en registros del SEGIP, por tal motivo. No teniendo mayores datos de la coacusada MARILU GARCIA MOLINA, solicito se proceda a su notificación mediante edictos en el portal de notificaciones del órgano Judicial, sobre Noelia Blanca Paillo Zamorano, para la verificación de datos personales adjunto segip.
"Será justicia"
Otrosi 1.- Adjuto segip
Otrosi 2.- Providencias mediante el sistema de interoperabilidad.
Sucre, 04 de septiembre de 2023
A, 7 de septiembre de 2023
Ante lo manifestado por la autoridad fiscal en el memorial que antecede, la dirección departamental de migración deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la providencia de 17 de agosto de 2023 cursante a fs. 190; para cuyo fin deberá adjuntarse a esta providencia al margen de los mandamientos respectivos y las resoluciones correspondientes, el memorial mencionado del Ministerio Público y la providencia que obra a fs. 190; bajo conminatoria de remitirse antecedentes a esa representación fiscal, por la presunta comisión de los delitos incursos en los arts. 160 y 161 del CP.
Al otrosí 1.- Por adjuntado;
Al otrosí 2.- Por señalado.
FDO. JUEZ LUIS BENJAMÍN ROJAS LATORRE……………………..……....................
FDO. SECRETARIA - ABOGADA – MARIA S. GORENA CAMACHO…...………………
EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS 08 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES………………………………………………………………………………………….
D.
S.
O.
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