EDICTO
Ciudad: SAN LORENZO
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN LORENZO
2da.- PUBLICACCION DE EDICTO
JUZGADO PUBLICO, CIVIL COMERCIAL, DE FAMILIA, DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN CAUTELAR 1° DE SAN LORENZO
JUEZ: DRA. TERESA J. TORREZ TORREZ
SECRETARIA: DRA ADELA CISNEROS GONZALES
SIGUE: MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: SIMAR CRUZ AMADOR
VICTIMA: NOEMY FAJARDI OCAMPO
DELITO. VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA
OBJETO: NOTIFICAR AL IMPUTADO SIMAR CRUZ AMADOR
RELACION DE LOS HECHOS: Se tiene que la Sra. NOEMY FAJARDO OCAMPO, comienza una relación de pareja con el Sr. SIMAR CRUZ AMADRO desde hace 10 años, es así que comienzan a convivir juntos y producto de ello procrean 3 hijos, un barón y dos mujeres. Durante todo ese lapso de tiempo acaecieron problemas en la relación de pareja, no obstante, desde el año 2020 aproximadamente, posterior al nacimiento de la última hija de la pareja, el Sr. SIMAR CRUZ AMADOR, cambia su comportamiento respecto a la Sra. NOEMY FAJARDO OCAMPO de manera que cuando retorna del trabajo, pelea con esta y con sus hijos. Así también cuando está bajo efectos del alcohol los insulta con palabras soeces, les echa de su domicilio puesto que esta vivienda pertenecería a sus padres.
Finalmente empuja a la Sra. NOEMY FAJARDO OCAMPO, siendo que en una ocasión cuando esta se va a trabajar junto a su hija pequeña, y retorna a su domicilio ubicado en la comunidad del Puente puede advertir que sus dos hijos se encontraban encerrados en el cuarto, de manera que el Sr. SIMAR CRUZ AMADOR fue quien los encerró en el mismo.
FORMALIZA IMPUTACION FORMAL. - Del análisis de los antecedentes, recabados en la investigación de acuerdo a la imputación y previsto por el Art. 225 IMPUTA FORMALMENTE a SIMAR CRUZ AMADORpor la presunta comisión del delito de “VIOLENCIA FAMILIAR O DOMENTICA”, tipificado y sancionado por el Art. 272bis del C.P., SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES. - DE MOMENTO NO SE REQUIERE LA APLICACIÓN DE LAS MISMAS.
RESOLUCIÓN JUDICIAL DE FS40. DE OBRADOS
CODIGO 605102072200297
San Lorenzo, 16 de febrero de 2023
Se tiene presente, por lo que regístrese en el libro de control jurisdiccional la IMPUTACION FORMAL realizada por el representante del Ministerio Público a denuncia de NOEMY FAJARDO OCAMPO en contra de SIMAR CRUZ AMADOR por el presunto delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, previsto en el Art. 272 bis. Del C.P., debiendo notificarse al imputado con la imputación formal, sea personal o en su domicilio real, a quien se le concede 10 días para que asuma su defensa, bajo apercibimiento de declararse rebelde, a partir de dicha notificación COMPUTE la señora secretaria el plazo máximo de duración de la etapa preparatoria previsto en el art. 134 del C.P, con las formalidades de ley
Al otrosí 1 y 2.- Por señalado y por adjuntado.
RESOLUCION DE FS 42.
San Lorenzo, 21 de agosto de 2023
Se tiene presente la representación de la Sra. Oficial de diligencias, por lo que para continuar la secuencia procesal y ante la imprecisión del domicilio real del imputado y la víctima, en cumplimiento del debido proceso notifíquese al imputado SIMAR CRUZ AMADOR con la imputación formal por EDICTO de conformidad al art. 165 del C.P.P, la Sra. Secretaria del juzgado emita FORMATO DE EDICTO por el sistema HERMES, con las formalidades de ley. –
FDO. JUEZ TERESA TORREZ TORREZ ANTE MI SECRETARIA ABOGADA ADELA CISNEROS GONZALES.-
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