EDICTO

Ciudad: SAN LORENZO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN LORENZO


2da. PUBLICACCION DE EDICTO JUZGADO PUBLICO, CIVIL COMERCIAL, DE FAMILIA, DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN CAUTELAR 1° DE SAN LORENZO JUEZ: DRA. TERESA J. TORREZ TORREZ SECRETARIA: DRA ADELA CISNEROS GONZALES SIGUE: MINISTERIO PÚBLICO IMPUTADO: IDENEZ JURADO SUBELZA VICTIMA: CIMAR RODRIGUEZ GUTIERREZ DELITO. LESIONES GRAVES Y LEVES OBJETO: NOTIFICAR AL IMPUTADO IDENEZ JURADO SUBELZA RELACION DE LOS HECHOS: El 29 de diciembre de 2022, a horas 07:00 a.m., cuando el señor CIMAR RODRIGUEZ GUTIERREZ se encontraba trabajando en el cerco de sus predios en la comunidad Caña Cruz del distrito de Paichohabría sido agredido físicamente con piedras, por el señor IDEÑES JURADO SUBELZA, todo hubiera sucedido, cuando de repente aparece el señor IDEÑES comienza a insultarle a lo que el señor Cimarle contesta ya que él estaba trabajando en sus terrenos, en ese momento el agresor alza piedras y comienza a agredir a la víctima, causándole lesiones en la zona abdominal, en su mano izquierda y pie izquierdo, de acuerdo al certificado médico emitido por el Dr. JonnyGutiérrez, Médico del centro de salud de Paicho Sud. Como consecuencia del hecho se registra daños físicos de la víctima el señor CIMAR RODRIGUEZ GUTIERREZ quien, tras ser valorado por la Dra. Nidia Mabel Villalpando Ponce, se le otorga 6 días de incapacidad medico legal. FORMALIZA IMPUTACION FORMAL. - Del análisis de los antecedentes, recabados en la investigación de acuerdo a la imputación y previsto por el Art. 225 IMPUTA FORMALMENTE a IDEÑEZ JURADO SUBELSApor la presunta comisión del delito de “LESIONES GRAVES Y LEVES”, tipificado y sancionado por el Art. 271 del C.P., SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES. - DE MOMENO NO SE REQUIERE LA APLICACIÓN DE LAS MISMAS. RESOLUCIÓN JUDIACIAL DE FS. 12 A FS. 14 VTA. DE OBRADOS CODIGO 605102072300009 San Lorenzo, 29 de junio de 2023 Se tiene presente, por lo que regístrese en el libro de control jurisdiccional la IMPUTACION FORMAL realizada por el representante del Ministerio Público a denuncia de CIMAR RODRIGUEZ GUTIERREZ en contra de IDENEZ JURADO SUBELZA por el presunto delito de LESIONES GRAVES Y LEVES, previsto en el Art. 271 Del C.P., debiendo notificarse al imputado con la imputación formal, sea personal o en su domicilio real, a quien se le concede 10 días para que asuma su defensa, bajo apercibimiento de declararse rebelde, a partir de dicha notificación COMPUTE la señora secretaria el plazo máximo de duración de la etapa preparatoria previsto en el art. 134 del C.P, con las formalidades de ley Al otrosí 1 y 2.- Por señalado y por adjuntado. RESOLUCION JUDICIAL DE FS 17. San Lorenzo, 21 de agosto de 2023 Se tiene presente la representación de la Sra. Oficial de diligencias, por lo que para continuar la secuencia procesal y ante la imprecisión del domicilio real del imputado y la víctima, en cumplimiento del debido proceso notifíquese al imputado IDENEZ JURADO SUBELZA con la imputación formal por EDICTO de conformidad al art. 165 del C.P.P, la Sra. Secretaria del juzgado emita FORMATO DE EDICTO por el sistema HERMES, con las formalidades de ley. – RESOLUCION DE FS 19. FDO. JUEZ TERESA TORREZ TORREZ ANTE MI SECRETARIA ABOGADA ADELA CISNEROS GONZALES.-


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