EDICTO
Ciudad: TARIJA
Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
EDICTO
JUEZ : Dr. Walter Chumacero S.
SECRETARIA : Dra. Suanny Carla Quilla Ruiz
JUZGADO : Instrucción 1ro. en lo Penal de la Capital
DELITO : Lesiones Leves
SIGUE : M/P Dr. Gabriel Alarcón Barrios
CONTRA : Dominga Quispe y Otra
CODIGO UNICO :601103012300269
SE HACE SABER : DOMINGA QUISPE Y LAURA ARAMAYO
CON LA SIGUIENTE RESOLUCION:
Tarija, 23 de febrero de 2023
A los efectos del control jurisdiccional previsto en el art. 54-1) y art. 279 ambos del C.P.P., se tiene presente el informe de inicio de investigación en contra de Dominga Quispe y Laura Aramayo, por el delito de Lesiones Graves y Leves, previsto en el art. 271 del C.P., a denuncia de Gabriela Cazón L, debiendo el Sr. Fiscal acreditar el requerimiento correspondiente en una de las formas previstas en el art. 301 de la Ley 1970 dentro del término establecido en dicho cuerpo legal, pudiendo los sujetos procesales hacer uso de las instituciones descritas en el art. 314 del código que rige la materia.
Notifíquese.-
SE TRANSCRIBE LA PARTE PERTINENTE DE LA IMPUTACION FORMAL: DENTRO DE LA INVESTIGACION PENAL QUE SIGUE EL SR. FISCAL DE MATERIA DR. GABRIEL ALARCON BARRIOS EN CONTRA DE DOMINGA QUISPE Y LAURA ARAMAYO, POR LA PRESUNTA COMISION DEL DELITO DE LESIONES LEVES, TIPIFICADO Y SANCIONADO POR EL ART.271 SEGUNDA PARTE DEL CODIGO PENAL, IMPUTACION PRESENTADA EN FECHA VEINTICUATRO DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRES AÑOS.------------------------------------------------------------------------------
Auto Interlocutorio No. 76/2023
Tarija, 25 de mayo del 2023
ANTECEDENTES: Que, formula imputación formal y solicita el Ministerio Público notificación a las encausadas mediante el sistema Hermes.-----------------------------------------------------------------------
PARTE CONSIDERATIVA: En lo pertinente, el art. 165 de la Ley 1970, señala, “Cuando la persona que deba ser notificada no tenga domicilio conocido o se ignore su paradero, será notificada mediante edicto, (. . .).
Los edictos serán publicados, sin ningún costo para las partes a través del sistema informático de gestión de causas, en el portal electrónico de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia (. . .)”.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
Que, en los antecedentes de la causa, no se advierte información alguna sobre el domicilio real de las encausadas, inclusive a los efectos de su declaración informativa fueron notificadas mediante edictos y no comparecieron conforme se tiene de las actas de fecha 24 del mes y año que transcurre, circunstancia que se enmarca en las previsiones del precepto legal antes aludido.-------------------------
PARTE RESOLUTIVA: En mérito a lo precedentemente expuesto, de conformidad al art. 165 de la Ley 1173, se cita, llama y emplaza a las imputadas Dominga Quispe y Laura Aramayo, por el delito de Lesiones Leves, descrito y sancionado en el art. 271 segunda parte del C.P., a denuncia de Gabriela Cazón L., para que en el término de diez días comparezcan ante éste Juzgado de Instrucción Penal 1ª de la Capital y asuman defensa dentro de la investigación penal seguida en su contra por el Ministerio Público por el delito antes mencionado, bajo conminatoria de ser declaradas rebeldes y contumaces a la ley, secuestrados sus bienes y suspensos en el ejercicio de la ciudadanía.-----------------------------------------------------------------------------------------------
Se advierte el deber que tiene toda persona de comunicar a la autoridad judicial sobre el paradero de las imputadas.----------------------------------------------------------------------------------------------
Se dispone asimismo que la notificación con la presente resolución sea mediante edicto a publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo Justicia, debiendo el personal de apoyo jurisdiccional de oficio informar respecto al cumplimiento de dicha formalidad, a los efectos de la continuidad de la secuencia procesal.- ANOTESE.-----------------------------------------------------------------------------------
FIRMADO Y SELLADO DR. WALTER CHUMACERO SALAZAR JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CAPITAL, ANTE MÍ, DRA. SUANNY CARLA QUILLA RUÍZ SECRETARIA - ABOGADA DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CAPITAL, QUE CERTIFICA.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Tarija, 25 de mayo de 2023
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