EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL


ED I C TO Nº 44/23 LA LIC. SANDRA GLADYS ALDAYUZ AVILES, JUEZ PUBLICO SEGUNDO DE MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL.-------------- Por el presente Edicto se hace saber y se notifica al (a) señor (a) (demandado) (a) LUIS ANDRES ARMAZA ALVARADO con C.I. N° 10346825., PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR dentro del fenecido proceso de HOMOLOGACIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, seguido por ANGELA NATALY ARANCIBIA ZURITA en contra de LUIS ANDRES ARMAZA ALVARADO, mediante memorial presentado en fecha 23 de FEBRERO de 2023, y decreto de fecha 24 de febrero de 2023 y memorial de fecha 16 de mayo de 2023 y decreto del 18 de mayo de 2023, advirtiéndose que si no comparece en el plazo legal a la publicación se procederá conforme a ley. SEÑORA JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA Nº 2 DE LA CAPITAL NUREJ: 1095807 I.-LIQUIDACION. - ANGELA NATALY ARANCIBIA ZURITA, de generales ya expresadas, dentro del proceso de HOMOLOGACION contra el señor LUIS ANDRES ARMAZA ALVARADO, ante Ud. con las debidas consideraciones de respeto, expongo y pido: I.- Señora Juez, siendo que el obligado no ha realizado los depósitos correspondientes a la asistencia familiar, en aplicación del artículo 415 numeral I del Código de las Familias y del Proceso Familiar y según los antecedentes del proceso se tiene: 1. Tal como consta en el expediente, se tiene una anterior planilla aprobada en el monto de Bs. 40.500 (cuarenta mil quinientos 00/100 bolivianos) al 18 de mayo de 2022, la cual NO fue cancelada en su totalidad, a pesar que el 09 de agosto de 2022 se emitió el acuerdo conciliatorio donde el obligado se comprometía a cancelar en plazos de Bs. 500 cada mes la planilla adeudada, lo cual no fue cumplido a la fecha por lo que tengo a bien actualizar la planilla de liquidación. 2. La nueva planilla de liquidación que corre desde el 18 de mayo de 2022 al 18 de febrero de 2023, han transcurrido 9 meses a razón de Bs. 1.500, haciendo un total de Bs. 13.500 (trece mil quinientos bolivianos 00/100). 3. Se tiene que, de la anterior planilla más la actual: Bs. 40.500 + Bs. 13.500 = Bs. 54.000 4. Solo existen los depósitos a cargo del obligado en el monto de Bs. 1.800 (mil ochocientos bolivianos 00/100) por lo que se debe descontar dicho monto. DE Bs. 54.000 – Bs. 1.800 = Bs. 52.200 EN CONSECUENCIA, LA ASISTENCIA FAMILIAR ADEUDA AL 18 DE FEBRERO DE 2023 ASCIENDE A LA SUMA DE BS. 52.200 (CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) Por lo expuesto solicito a su autoridad se ponga en conocimiento del demandado la asistencia devengada para que se obligue su cumplimiento. Justicia. Otrosí 1°.- El obligado es el señor LUIS ANDRES ARMAZA ALVARADO, mayor de edad, soltero, con Cedula de identidad Nº 10346825 Ch., con domicilio real en el Zona Villa Fátima en la calle sin denominación y sin número, cursa en el expediente el croquis y fotografía del domicilio, no obstante, pido a su autoridad autorice que mi persona coadyuve en la diligencia por tratarse de una dirección imprecisa. Otrosí 2°.- Reitero domicilio procesal en calle Loa Nª41 de esta ciudad, Centro Juana Azurduy, número de WhatsApp de la abogada es el 73468706. Otrosí 3 °.- La abogada que suscribe no cobrará honorarios por ser dependiente del Centro Juana Azurduy. Otrosí 4º.- Anuncio como procurador del Centro Juana Azurduy al abogado Wilfredo Oliva Sánchez. Sucre, 22 de febrero de 2023. Impetrante Sucre, 24 de febrero de 2023 A conocimiento de la persona obligada al pago la planilla presentada. Al otrosí 1.- Toda vez que el obligado se encuentra apersonado no corresponde acceder a la forma de notificación solicitada, debiendo notificarse por la Srta. Oficial de diligencias en el domicilio procesal ( fs. 86 vlta) Al otrosí 2.- Señalado su domicilio procesal. Al otrosí 3 y 4.- Se tiene presente y considérese en secretaria. SEÑORA JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA Nº2 DE LA CAPITAL NUREJ: 1095807 I.- SE PRONUNCIA Y SOLICITA. - ANGELA NATALY ARANCIBIA ZURITA, de generales ya expresadas, dentro del proceso de HOMOLOGACION contra el señor LUIS ANDRES ARMAZA ALVARADO, ante Ud. con las debidas consideraciones de respeto, expongo y pido: I.- Señora Juez, siendo que su autoridad dispuso que al existir coincidencia en ambas certificaciones, se proceda a notificar en el domicilio Zona Villa Fátima, previa coordinación de la oficial de diligencias, siendo que ya se fue a notificar al domicilio y nos indicaron que efectivamente la casa se vendió y que el obligado ya no vive allí desde hace tres meses siendo que actualmente desconozco donde vive, por lo que para que se proceda a la notificación con la planilla de liquidación, solicito a su autoridad que la misma sea mediante EDICTOS en base al Art. 308 de la ley 603, en la página electrónica www.edictos.organojudicial.gob.bo del Poder Judicial para proseguir con la presente causa. Justicia.- Sucre, 15 de mayo de 2023 Y por la impetrante momentáneamente impedida Art. 297 Ley 603 Sucre, 18 de mayo de 2023 Se tiene presente y procédase a la notificación mediante edictos, en la forma solicitada. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Es en cuanto se hace saber al señor: LUIS ANDRES ARMAZA ALVARADO con C.I. N° 10346825., PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR presentada mediante memorial de fecha 23 de FEBRERO de 2023, y decreto de fecha 24 de febrero de 2023 y memorial de fecha 16 de mayo de 2023 y decreto del 18 de mayo de 2023, emitido en el juzgado segundo público de familia de la capital-Sucre. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& presente Edicto es librado en la ciudad de Sucre, Capital del Estado Plurinacional de Bolivia, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO del año dos mil veintitrés. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& D. S. O.


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