EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE EL ALTO


EDICTO LA DRA. ROXANA LUPE ARUQUIPA LUNA, JUEZ DE SENTENCIA PENAL TERCERO DE LA CIUDAD DE EL ALTO.---HACE SABER AL PUBLICO EN GENERAL QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA A IRINEO COLMENA CALLE, DENTRO DEL PROCESO PENAL, SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO, A INSTANCIAS DE LA EMPRESA PUBLICA SOCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO S.A. INTERVENIDA - EPSAS S.A. INTERV., EN CONTRA DE IRINEO COLMENA CALLE Y OTRO, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE USO INDEBIDO DE BIENES Y SERVICIOS PÚBLICOS, CONDUCCIÓN PELIGROSA DE VEHÍCULOS Y DELITOS CONTRA LA SALUD, A EFECTOS DE QUE ASUMA DEFENSA Y SE HAGA PRESENTE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL EN FECHA MARTES 04 DE JULIO DE 2023 A HRS. 08:30AM., EN EL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL TERCERO DE EL ALTO, A QUIEN SE NOTIFICA CON LA SIGUIENTE PIEZA PROCESAL.- JUZGADO DE SENTENCIA PENAL TERCERO EL ALTO-LA PAZ-BOLIVIA. RESOLUCIÓN Nº 153/2023. AUTO DE APERTURA. I.- IDENTIFICACIÓN DEL CASO, LAS PARTES PROCESALES, ABOGADOS Y DOMICILIOS PROCESALES. CÓDIGO: 201502022001428. FISCAL: DR. WILSON V. MEDRANO PATTI. División: Fiscalía Especializada en persecución de Delitos de Corrupción Pública. Domicilio Procesal: Edificio Illimani, piso 3, av. Raúl Salmón. ACUSACIÓN PARTICULAR: EMPRESA PUBLICA SOCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO S.A. INTERVENIDA – EPSAS S.A. INTERV. Abogado Defensor: Dr. Freddy Martínez Cruz. Dra. Olivia Marce Fernández. Domicilio Procesal: Tercer piso (división legal) de las oficinas de EPSAS S.A., Gerencia El Alto, ubicado en la av. 16 de Julio Nº 248 zona 16 de Julio. ACUSADO: LUIS ALANOCA TICONA. Abogado Defensor: Dr. Leonardo Alberto Gonzales, Dr. Luis Adolfo Quispe Ticona. Domicilio Procesal: Av. Franco Valle Nº 111, edificio SILMAR, piso 4, of. 403. ACUSADO: IRINEO COLMENA CALLE. Abogado Defensor: Dr. Edwin Murga Condori. Domicilio Procesal: Av. Franco Valle esquina Av. Satélite, edif. Olmos, planta baja, of. 9. Delito: USO INDEBIDO DE BIENES Y SERVICIOS PÚBLICOS, CONDUCCIÓN PELIGROSA DE VEHÍCULOS Y DELITOS CONTRA LA SALUD, Arts. 26 Ley 004, arts. 210 y 216 del Código Penal. El Alto, 22 de mayo de 2023 II.-ANTECEDENTES. La acusación formal cursante a fs. 84-87, la acusación particular cursante a fs. 111-114 de obrados, y todo lo que ver convino. III.- HECHOS Y MOTIVOS DE LA ACUSACIÓN. Que, de los elementos de convicción colectados en la fase de investigación, se tiene que, conforme al Informe de Intervención Policial Preventiva - Acción Directa de fecha 09 de mayo de 2020, realizado por el Sgto. 1ro. Ausberto Ortega Mamani y Sgto. 1ro. Santos Poma Renjifo, funcionarios policiales dependientes de la Unidad Policial EPI - TARAPACA, quienes refieren que, a horas 08:30 aprox. en fecha 9 de mayo de 2020, se encontraban realizando el correspondiente servicio de turno y por instrucciones del Jefe de Seguridad de la EPI - TARAPACA, motivo por el cual se constituyeron al Comando Regional de El Alto, estando altura semáforo de la Av. 6 de marzo sector Molino Andino, donde logran observar la circulación de un vehículo Tipo Vagoneta, con el logo de la empresa EPSAS, momento en el cual el copiloto hizo un ademan demostrando una botella de licor motivo, por lo cual proceden a interceptar el vehículo más adelante, Vehículo Tipo Vagoneta de color Blanco con placa de Control 556 - SIC, con logotipo de la de la empresa EPSAS, logrando identificar al conductor como Luis Alanoca Ticona, quien al momento de la intervención no portaba licencia de conducir, asimismo presentaba aliento alcohólico, así mismo se logró identificar al copiloto como el Sr. Irineo Colmena Calle, mismo que también se encontraba con aliento alcohólico, razón por la cual se procede a su aprehensión, posteriormente siendo conducidos a dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen FELCC de la Ciudad de El Alto, para realizar las investigaciones correspondientes. IV.- FUNDAMENTO DE DERECHO Y JUICIO ORAL. Que de conformidad al art. 342 del Código de Procedimiento Penal el juicio debe abrirse sobre la base de la acusación fiscal y acusación o la del querellante, en consecuencia existiendo acusación fiscal y acusación particular, corresponde dictar auto de apertura de juicio sobre la base de los hechos contenidos en la misma y que fueron debidamente expuestos. V.- PARTE DISPOSITIVA. POR TANTO: La Juez de Sentencia Penal Tercero de la ciudad de El Alto, dispone la APERTURA DE JUICIO ORAL contra: &&& LUIS ALANOCA TICONA &&&. &&& IRINEO COLMENA COLQUE &&&. Posibles autor del delito de USO INDEBIDO DE BIENES Y SERVICIOS PÚBLICOS, CONDUCCIÓN PELIGROSA DE VEHÍCULOS Y DELITOS CONTRA LA SALUD, previsto y sancionado por el art. 26 Ley 004, arts. 210 y 216 del Código Penal. Para substanciar el juicio oral, en aplicación del art. 343 del Código de Procedimiento Penal, se señala audiencia de celebración del juicio oral, público, continuo y contradictorio para el DÍA MARTES 04 DE JULIO DE 2023, A HORAS 08:30 A.M., audiencia a efectuarse de manera virtual a través de la plataforma CISCO WEBEX, debiendo los sujetos procesales ingresar al siguiente LINK https://ojpenallpz.webex.com/meet/ea-jspenal3, y la producción de la prueba se efectuara en audiencia de juicio oral, debiendo notificarse a las partes con la presente resolución conforme a Ley. Notifíquese con la presente resolución a las partes, cítese a los testigos de cargo y descargo mediante comparendo para que se hagan presentes el día y hora del juicio oral, testigos que deberán hacerse presente a secretaria de juzgado, de no hacerse presentes los testigos se declarara por agotada la prueba testifical, asimismo se aclara que el juicio de va llevar desde su inicio hasta su conclusión, vale decir hasta dictar la sentencia correspondiente. Finalmente se deja constancia que por disposición expresa del art. 342 parágrafo IV concordante con el art. 123 de la Ley Nº 1970 el presente auto no es recurrible de apelación. REGÍSTRESE Y TÓMESE RAZÓN. FIRMA Y SELLA: Dra. Roxana Lupe Aruquipa Luna - JUEZ DE SENTENCIA PENAL 3°. Tribunal Departamental de Justicia El Alto La Paz – Bolivia.--FIRMA Y SELLA: Amparo Chui Loza. SECRETARIA ABOGADO JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 6° EL ALTO – BOLIVIA- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - LA PAZ – BOLIVIA – EN SUPLENCIA LEGAL. EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO, EN FECHA VEINTICUATRO DE MAYO DE 2023 AÑOS.---------------------


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